Modifican la R.M. N° 161-2022-PCM, a fin de ampliar el período de vigencia de Grupo de Trabajo de naturaleza temporal denominado “Mesa Técnica para el Desarrollo de la provincia de Condorcanqui del departamento de Amazonas”
resolución ministerial
N° 152-2024-PCM
Lima, 23 de mayo de 2024
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial N° 161-2022-PCM, se crea el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal denominado “Mesa Técnica para el Desarrollo de la provincia de Condorcanqui del departamento de Amazonas”, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, según lo dispuesto en el artículo 2 de la citada Resolución Ministerial, el Grupo de Trabajo tiene por objeto plantear soluciones para una adecuada atención de las principales demandas de la población, así como revisar la priorización de la inversión pública que posibilite el cierre de brechas sociales, lo cual contribuirá al desarrollo de la provincia de Condorcanqui del departamento de Amazonas;
Que, el artículo 11 de la Resolución Ministerial Nº 161-2022-PCM, modificado por las Resoluciones Ministeriales N° 319-2022-PCM, N° 083-2023-PCM y N° 158-2023-PCM, dispone que el mencionado Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 25 de mayo de 2024;
Que, en dicho contexto, la Secretaría de Descentralización informa que el Grupo de Trabajo, en el marco de su función de apoyar en la implementación de la estrategia de intervención territorial que contribuya a la atención de las principales demandas de la población de la provincia de Condorcanqui, tiene registrado un avance del 41% en el cumplimiento del total de los compromisos asumidos, el 7% ha ingresado a evaluación, y el 52% restante se encuentra en proceso de cumplimiento; en consecuencia, se evidencia la necesidad de que el Grupo de Trabajo continúe ejerciendo sus funciones, a fin de dar cumplimiento a su objeto de creación;
Que, en ese sentido la referida Secretaría, en su condición de Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, propone y sustenta la necesidad de modificar el artículo 11 de la Resolución Ministerial N° 161-2022-PCM, modificado por las Resoluciones Ministeriales N° 319-2022-PCM, N° 083-2023-PCM y N° 158-2023-PCM, a fin de ampliar el período de vigencia del Grupo de Trabajo hasta el 31 de diciembre de 2024; precisando que para ello se cuenta con el consentimiento de las entidades que lo integran;
Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial, de la Secretaría de Descentralización, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificación del artículo 11 de la Resolución Ministerial Nº 161-2022-PCM, modificado por las Resoluciones Ministeriales N° 319-2022-PCM, N° 083-2023-PCM y N° 158-2023-PCM
Modificar el artículo 11 de la Resolución Ministerial Nº 161-2022-PCM, modificado por las Resoluciones Ministeriales N° 319-2022-PCM, N° 083-2023-PCM y N° 158-2023-PCM, el cual queda redactado en los siguientes términos:
“Artículo 11.- Período de vigencia
El Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024.”
Artículo 2.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GUSTAVO L. ADRIANZÉN OLAYA
Presidente del Consejo de Ministros
2291645-1