Aprueban la creación y funcionamiento de la Mesa Multisectorial Regional por la Participación y Desarrollo Inclusivo de las Personas con Discapacidad en la Región Huancavelica
CONSEJO REGIONAL
ORDENANZA REGIONAL
Nº 524-GOB.REG-HVCA/CR
Huancavelica, 7 de marzo de 2024
POR CUANTO:
EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA:
Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:
ORDENANZA REGIONAL QUE CREA LA MESA MULTISECTORIAL REGIONAL POR LA PARTICIPACIÓN Y DESARROLLO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN LA REGIÓN HUANCAVELICA
Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, indica que los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organización del Gobierno Regional a través de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del Artículo 15º de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales.
Que, el artículo 13º de la Ley Nº 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria, establece que el Consejo Regional: “Es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional; prescribiendo en su artículo 15º una de sus atribuciones del Consejo Regional: “c) Aprobar el Plan Anual y el Presupuesto Regional Participativo, en el marco del Plan de Desarrollo Regional Concertado y de conformidad con la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y a las Leyes Anuales del Presupuesto General de la Republica y la Ley de Prudencia y Transparencia Fiscal.
Que la Constitución Política del Perú reconoce en su Artículo 7° el Derecho de la Persona con Discapacidad, el respeto de su dignidad y el goce de un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad. Igualmente, los Artículos 2° (inc. 2), Artículos 23°, 26°, 55° y 59° reafirman sus derechos y trasladan al Estado la responsabilidad de hacerlos respetar, proteger y cumplir.
Que, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada y aprobada por el Estado Peruano, prescribe en su artículo 4° que “los Estados partes se comprometen a asegurar y promover el pleno ejercicio de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas con discapacidad sin discriminación por motivos de discapacidad” y en su artículo 33° (Inc 3) precisa “La sociedad civil, y en particular las personas con discapacidad y las organizaciones que las representan, estarán integradas y participaran plenamente en todos los niveles del proceso de seguimiento al cumplimiento de la Convención de Naciones Unidad sobre personas con discapacidad”.
Que, en mérito al artículo 10° de la Ley n° 27867, Ley Orgánica de Gobierno Regionales que establece como competencia compartida de los Gobiernos Regionales, la participación ciudadana, alentando la concertación entre intereses públicos y privados en todos los niveles, el 22 de noviembre del 2012, el Gobierno Regional de Huancavelica emitió la ORDENANZA REGIONAL N° 232-GOB.REG.- VCA/CR, ORDENANZA REGIONAL QUE CREA LA MESA POR LA PARTICIPACION Y DESARROLLO INCLUSIVO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DE LA REFION HUANCAVELICA.
Que, el modelo de la prescindencia de la persona con discapacidad y el modelo médico rehabilitador bajo los cuales se ha tratado de comprender la discapacidad que sirvieron de base para la legislación nacional que sustento la creación de la Mesa por la Participación y Desarrollo Inclusivo de las Personas con Discapacidad de la Región Huancavelica, han sufrido un cambio en el paradigma que hace necesaria su actualización.
Que, la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, la define en su artículo 2° como”(…= aquella que tiene una o más deficiencias físicas, sensoriales, mentales o intelectuales de carácter permanente que, al interactuar con diversas barreras actitudinales y del entorno, no ejerza o pueda verse impedida en el ejercicio de sus derechos y su inclusión plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones que las demás”, en consonancia con el modelo social y los derechos, bajo el cual también ha sido desarrollado su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP y debe orientar la actuación estatal y de la sociedad civil.
Que, ante este nuevo paradigma resulta necesario la creación de espacios de toma de decisiones donde participen instituciones del Estado y la sociedad civil, siendo necesario contar con una instancia regional de coordinación, articulación, concertación, promoción, formulación de propuestas, seguimiento y monitoreo de políticas, normas programas, planes proyectos y presupuesto vinculado a promover mejores condiciones de vida e inclusión de la persona con discapacidad;
Que, el artículo 38° de la Ley N° 27867-Ley Orgánica de Gobierno Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su correspondencia;
Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, el Reglamento Interno del Consejo Regional; y, con el voto en mayoría de sus miembros;
ORDENA:
Artículo Primero.- APROBAR la creación y funcionamiento de la MESA MULTISECTORIAL REGIONAL POR LA PARTICIPACION Y DESARROLLO INCLUSIVO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN LA REGION HUANCAVELICA como una instancia regional de coordinación, articulación, concertación, promoción, formulación de propuestas, seguimiento y monitoreo de las políticas, normas programas, planes, proyectos y presupuesto vinculados a dar estricto cumplimiento a fin de mejorar las condiciones de vida e inclusión de las personas con discapacidad de manera permanente.
Artículo Segundo.- CONFORMAR LA MESA MULTISECTORIAL REGIONAL POR LA PARTICIPACION Y DESARROLLO INCLUSIVO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN LA REGION HUANCAVELICA, la cual estará integrada por las siguientes instituciones, además del o la representante alterna o alterno con capacidad de toma de decisiones.
- Un representante del Consejo Regional de Huancavelica.
- Gerente Regional de Desarrollo Social, quien estará encargada de la Secretaria Técnica de esta instancia.
- 01 representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a través del CONADIS en calidad de miembro asesor.
- Gerente Regional de Presupuesto, Planificación y Acondicionamiento Territorial.
- Gerente Regional de Desarrollo Económico.
- Gerente Regional de Infraestructura.
- 01 representante de OMAPED de cada Provincia de la Región Huancavelica.
- Director (a) Regional de Educación.
- Director (a) Regional de Salud.
- Director (a) Regional de Trabajo y Promoción del Empleo.
- Director (a) de Transportes y Comunicaciones.
- 01 representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a través de la Oficina de Enlace Territorial de Huancavelica.
- 01 representante acreditado/a del Instituto Peruano del Deporte.
- 01 representante acreditado/a de la Mesa de Concertación de Lucha Contra la Pobreza.
- 01 representante acreditado/a de las Organizaciones de Personas con Discapacidad con ámbito de acción a nivel regional.
- 01 representante acreditado/a de las Organizaciones de las Personas con Discapacidad de cada Provincia.
- 01 representante acreditado/a de Organismos No Gubernamentales con presencia en la región.
- 01 representante de la Defensoría del Pueblo.
- 01 representante de SUNAFIL.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría Técnica la instalación de la MESA MULTISECTORIAL REGIONAL POR LA PARTICIPACION Y DESARROLLO INCLUSIVO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN LA REGION HUANCAVELICA, dentro de un plazo no mayor a quince días (15) días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente Ordenanza.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría Técnica la instalación de la MESA MULTISECTORIAL REGIONAL POR LA PARTICIPACION Y DESARROLLO INCLUSIVO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN LA REGION HUANCAVELICA. que en un plazo de sesenta (60) días calendario contados a partir del día siguiente de la instalación elabore el Reglamento Interno, que deberá ser aprobado por los integrantes de esta instancia regional y mediante Resolución Ejecutiva Regional; asimismo, deberá elaborar el respectivo Plan de Trabajo y demás documentos de gestión.
Artículo Quinto.- ESTABLECER que el financiamiento de la MESA MULTISECTORIAL REGIONAL POR LA PARTICIPACION Y DESARROLLO INCLUSIVO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN LA REGION HUANCAVELICA, corresponderá a cada una de las entidades e instancias pertinentes, quedando sujeto a su presupuesto institucional autorizado de conformidad con sus prioridades, objetivos y metas, sin demandar recursos adicionales al tesoro Público.
Artículo Sexto.- El Gobierno Regional de Huancavelica se obliga a garantizar como mínimo el estricto cumplimiento de presupuesto asignado por las Leyes o Decretos de Urgencia de a favor de las Personas con Discapacidad de la Región.
Artículo Séptimo.- Las reuniones de la MESA MULTISECTORIAL REGIONAL POR LA PARTICIPACION Y DESARROLLO INCLUSIVO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN LA REGION HUANCAVELICA, se realizarán con periodicidad trimestral.
Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Huancavelica realizar los trámites para la publicación de la presente Ordenanza Regional en el diario de mayor circulación de esta región y en el Diario Oficial El Peruano, previa promulgación del Gobernador Regional del Gobierno Regional de Huancavelica.
Artículo Noveno.- DERÓGUESE O DÉJESE sin efecto legal, las normas o actos administrativos que se opongan a la presente ordenanza regional.
Comuníquese al señor Gobernador Regional de Huancavelica para su promulgación.
En Huancavelica, a los siete días del mes de marzo de 2024.
JOSÉ TORRES HUAMANÍ
Presidente del Consejo Regional
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los catorce días del mes de marzo de dos mil veinticuatro.
LEONCIO HUAYLLANI TAYPE
Gobernador Regional
2280940-1