Designan Gerente General de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú
Resolución de Intendencia
Nº 037-2024-INBP
San Isidro, 21 de mayo de 2024
VISTO:
La Resolución de Intendencia N° 033-2024-INBP del 07 de mayo de 2024 del Intendente Nacional de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; la Resolución de Intendencia N° 121-2029-INBP del 02 de septiembre de 2019 de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; el Memorando N° 066-2024-INBP/IN del 08 de mayo de 2024 del Intendente Nacional de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; el Informe Técnico N° 001-2024-INBP/OA/URH/MGV del 17 de mayo de 2024 que lo complementa, ambas de la Unidad de Recursos Humanos de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; La Nota Informativa N° 345-2024-INBP/OA/URH del 17 de mayo de 2024 del Jefe de la Unidad de Recursos Humanos de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú ; la Nota Informativa N° 167-2024 INBP/OA del 20 de mayo de 2024 de la Dirección de la Oficina de Administración de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; y, la Nota Informativa N° 077-2024 INBP/OAJ del 21 de mayo de 2024 de la Dirección de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú;
Y CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Legislativo N° 1260 de fecha 08 de diciembre de 2016, se fortalece el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú como parte del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y se regula la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, como organismo público ejecutor adscrito al Ministerio del Interior y que ejerce rectoría en materia de prevención, control y extinción de incendios, atención de accidentes, rescate urbano y apoyo en incidentes con materiales peligrosos, estableciendo su ámbito de competencia, funciones generales y su estructura orgánica; y, en su artículo 22° establece que el organismo público ejecutor Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú regulado por la Ley N° 27067, modifica su denominación por “Intendencia Nacional de Bomberos del Perú” la misma que adecua su estructura orgánica y funciones conforme a la citada norma;
Que, la Séptima Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1260, dispone que a la vigencia de la presenta norma, toda disposición con mención al Organismo Público Ejecutor Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, se considera referida a la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú;
Que, por Decreto Supremo N° 025-2017-IN, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, que tiene por finalidad definir y delimitar las facultades, funciones y atribuciones de los órganos que conforman la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, así como definir su estructura orgánica hasta el tercer nivel organizacional, siendo de aplicación a todos los órganos y unidades orgánicas de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú;
Que, mediante Resolución Suprema N° 084-2024-IN, de fecha 06 de mayo de 2024, se designa al señor Juan Carlos Morales Carpio, en el cargo público de confianza de Intendente Nacional de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú;
Que, mediante Resolución de Intendencia N° 033-2024-INBP, se da por concluida la designación del CPCC Juan Carlos Morales Carpio, en el cargo de confianza de Gerente General de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú;
Que, mediante Resolución de Intendencia N° 121-2029-INBP, se designa al Abogado José Germán Medina Arzola, en el cargo de confianza de Jefe de la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú;
Que, la Jefatura - Intendente Nacional de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, mediante Memorando N° 066-2024-INBP/IN, remite ante la Unidad de Recursos Humanos de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, la hoja de vida del Abogado José Germán Medina Arzola, proponiendo ocupe el cargo de confianza de Gerente General de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, a fin que evalué y emita el Informe Técnico que a su cargo corresponde;
Que, por Resolución Ministerial N° 711-2018-IN del 24 de mayo del 2018, se aprueba el Cuadro de Asignación Provisional de la INBP, que establece entre otros cargos clasificados, el que corresponde a la Gerencia General de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, cargo de confianza que se encuentra vacante;
Que, por Resolución de Gerencia General N° 13-2022-INBP/GG del 11 de noviembre del 2022, se aprueba el Manual de Clasificador de Cargos de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, que establece como cargos de la alta dirección, el de confianza de Gerente General de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, con los requisitos y funciones que deben cumplir para ser designado;
Que, la Unidad de Recursos Humanos de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, emite Informe Técnico N° 001-2024-INBP/OA/URH/MGV, mediante el cual, la responsable de Gestión del Empleo - Profesional I de la Unidad de Recursos Humanos de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, realiza su informe de verificación de cumplimiento del perfil del puesto e impedimentos para el acceso a la función pública, cuyo análisis, concluye y recomienda, “corresponde declarar la viabilidad de la designación del citado profesional en el cargo de confianza de Gerente General de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, a fin de que se prosiga con el trámite correspondiente de designación y publicación conforme lo dispuesto por numeral 28.4. del Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419, “Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción”, cumpliendo el procedimiento su finalidad, a partir del inicio de la propuesta del Intendente Nacional para la designación del Gerente General, Verificación de cumplimiento del Perfil del puesto y de impedimentos de acceso a la función pública por parte de la Unidad de Recursos Humanos para dicho fin, en observancia de los numerales 28.1., 28.2. y 28.3. del artículo 28° del precitado Decreto Legislativo N° 053-2022-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419 “Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción”, culminando dicha verificación y evaluación, se le traslada el precitado Informe Técnico, ante la Dirección de la Oficina de Administración de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, mediante Nota Informativa N° 345-2024-INBP/OA/URH.
Que, la Dirección de la Oficina de Administración de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, mediante la Nota Informativa N° 167-2024 INBP/OA; Eleva la propuesta de designación de directivo público de libre designación y remoción, así como la documentación y acreditación de la evaluación efectuada por parte de la Unidad de Recursos Humanos, la cual es una Unidad Técnica a su cargo, acoge en todos sus extremos el Informe Técnico N° 001-2024-INBP/OA/URH/MGV precitado, del cual se avoca según refiere por conflicto en ejercicio de la competencia entre el Jefe de Recursos Humanos que se propone designar como Gerente General, al ser la misma persona que se evalúa para el perfil del puesto y como tal dicho propuesto a ser designado, mantiene personalmente interés en el asunto que se trata, por lo cual recomienda se pronuncie al respecto la Oficina de Asesoría Jurídica;
Que, la Dirección de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, mediante Nota Informativa N° 077-2024 INBP/OAJ, sustenta que acorde numeral 2.1., artículo 2° del Reglamento de Ley 31419 “Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción”, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, establece: Las Oficinas de Recursos Humanos, o las que hagan sus veces en las entidades públicas, son responsables de verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos para el acceso a cargos o puestos de funcionarios/as y directivos/as públicos/as de libre designación y remoción, en consecuencia es dicha Unidad de organización la responsable de verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos para el acceso a cargos o puestos de funcionarios/as y directivos/as de libre designación y remoción, como el cargo de Gerencia General. Así mismo indica que según el literal d) del artículo 5° de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que el proceso modernización de gestión de Estado, sustenta fundamentalmente entre otras, las siguientes acciones: Mayor eficacia en el logro de los objetivos y en la utilización de los recursos del Estado, eliminando la duplicidad o superposición de competencias, funciones y atribuciones; En tal sentido, 2 unidades de organización no deben emitir evaluación del mismo tema, por lo que la opinión legal que se solicita a la Oficina de Asesoría Jurídica no puede versar sobre verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos para el acceso al cargo de Gerente General, función que ya cumplió la Unidad de Recursos Humanos por competencia, así como acorde el numeral 28.4. del artículo 28° del Reglamento de la Ley N° 31419 establece que emitido el informe que contiene la revisión al cumplimiento del perfil y de impedimentos para el acceso a la función pública, la entidad puede continuar con el procedimiento para la emisión de la Resolución de designación, y en relación a ello, como la Unidad de Recursos Humanos emitió el Informe que contiene la revisión al cumplimiento del perfil e impedimentos para al acceso de la función pública, la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, puede emitir la resolución que designa al abogado José Germán Medina Arzola como Gerente General, Opinando por que se continue el trámite correspondiente;
Que, el inciso l) del artículo 27° del Decreto Legislativo N° 1260 “Decreto Legislativo que fortalece el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú como parte del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y Regula la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú”, concordante con el inciso 14) del artículo 8° del Decreto Supremo Nº 025-2017-IN que aprueba el “Reglamento de Organización y Funciones de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú”, establece como función del Intendente Nacional de Bomberos del Perú, la de designar y remover a los funcionarios, directivos públicos y servidores de confianza de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú;
Que, en uso de las facultades de las que está investido el representante legal de la Institución de acuerdo al Decreto Legislativo N° 1260 y en concordancia con el Reglamento de Organización y Funciones de la INBP, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2017-IN; y con el visto de la Gerencia General1, la Oficina de Asesoría Jurídica, la Oficina de Administración y la Unidad de Recursos Humanos de la INBP, que integran la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- DESIGNAR al abogado José Germán Medina Arzola, en el cargo de confianza de Gerente General de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú.
Artículo 2°.- DAR POR CONCLUIDA, la designación del Abogado José Germán Medina Arzola, en el cargo de confianza de Jefe de la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú.
Artículo 3°.- DISPONER que la Unidad de Tecnologías de la Información realice la publicación de la presente Resolución en el Portal de la página web de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú (www.inbp.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JUAN CARLOS MORALES CARPIO
Intendente Nacional
1 En observancia del numeral 84.3., artículo 84° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 Ley que regula el Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que prevé: “Si no es designado titular o suplente, el cargo es asumido transitoriamente por quien le sigue en jerarquía en dicha unidad; y ante la existencia de más de uno con igual nivel, por quien desempeñe el cargo con mayor vinculación a la gestión del área que suple; y, de persistir la equivalencia, el de mayor antigüedad; en todos los casos con carácter de interino”, por lo que corresponde la suscripción de esta Resolución, según la jerarquía dispuesta en el Reglamento de Organización y Funciones de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, a la Jefatura - Intendente Nacional.
2291155-1