Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

resolución ministerial

Nº 0100-2024-JUS

Lima, 26 de abril de 2024

VISTOS:

El Oficio N° 127-2024-PMSAJ-EJENOPENAL-UMSP, de la Unidad de Monitoreo y Supervisión de Proyectos del Programa de Mejoramiento de los Servicios de Justicia No Penales a través de la implementación del Expediente Judicial Electrónico – Programa EJE No Penal; Informe N° 0068-2024-JUS/OGPM/OPMI, de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones; el Informe N° 019-2024-JUS/OPRE, de la Oficina de Presupuesto; el Memorando N° 866-2024-JUS/OGPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N°465-2024-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 31953, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 y con Resolución Ministerial N° 0397-2023-JUS, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos por la suma de S/ 611 946 857,00 (Seiscientos Once Millones Novecientos Cuarenta y Seis Mil Ochocientos Cincuenta y Siete y 00/100 Soles);

Que, el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, modificado por la Décima Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley N° 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023, establece que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías financieras o no financieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, entre otros, bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (Cinco Millones y 00/100 Soles), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República;

 Que, el artículo 2 de la referida Ley N° 31358, dispone que para el financiamiento de la aplicación del mecanismo de control gubernamental en las inversiones, se destina hasta el 2% (dos por ciento) de su valor total, desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al financiamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental;

Que, asimismo, los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4 de la referida Ley N° 31358, autorizan a los Pliegos involucrados del gobierno nacional, entre otros, a realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fin de poder realizar transferencias financieras a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fiscalizadora superior; disponiendo que las referidas transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional, la cual se publica en el diario oficial El Peruano;

Que, el numeral 14.1 del artículo 14 del Decreto de Urgencia N° 006-2024, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera para la sostenibilidad fiscal, el equilibrio presupuestario y la eficiencia del gasto público, establece que el monto a transferir durante el Año Fiscal 2024, para la aplicación de las transferencias financieras a las que hace referencia el artículo 2 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, corresponde únicamente al cinco décimas por ciento (0.5%) del valor mínimo entre el Presupuesto Institucional Modificado y el monto programado de ejecución para el año fiscal de acuerdo con el registro del Formato 12-B de la inversión materia de la transferencia;

Que, el literal b) del numeral 17.1 del artículo 17 de la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01, establece que, el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias financieras, cuando la ejecución corresponda a la aplicación del artículo 4 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, para el financiamiento del control concurrente de inversiones, se registra en el respectivo código único de inversión, en la Acción de Inversión “6000053. Control Concurrente”, en la Finalidad “0348747. Control Concurrente” y en la Específica del Gasto “2.4.2.3.1.1. A Otras Unidades del Gobierno Nacional”;

Que, mediante Oficio N° 127-2024-PMSAJ-EJENOPENAL-UMSP, la Unidad de Monitoreo y Supervisión de Proyectos del Programa EJE No Penal remite a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el costo total del control concurrente para el financiamiento del control gubernamental de dos (02) proyectos de inversión, por el importe total de S/ 102 764,00 (Ciento Dos Mil Setecientos Sesenta y Cuatro y 00/100 Soles), para la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, en el marco de lo establecido en la Ley N° 31358;

Que, mediante Informe N° 0068-2024-JUS/OGPM/OPMI, la Oficina de Programación Multianual de Inversiones emite opinión favorable respecto al monto a transferir para el control concurrente a favor de la Contraloría General de la República para las inversiones con CUI N° 2412541 y 2412545, por la suma total de S/ 102 764,00 (Ciento Dos Mil Setecientos Sesenta y Cuatro y 00/100 Soles), el mismo que concuerda con la programación actualizada de la ejecución de dichas inversiones y con la información proporcionada por la Unidad Ejecutora 003: Programa Modernización del Sistema de Administración de Justicia y lo corroborado en el respectivo Formato 12-B Seguimiento a la ejecución de Inversiones;

Que, con el Memorando N° 866-2024-JUS/OGPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite el Informe N° 019-2024-JUS/OPRE de la Oficina de Presupuesto, mediante el cual se emite opinión favorable en materia presupuestal y se propone un proyecto de Resolución Ministerial que autoriza la transferencia financiera del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, hasta por la suma de S/ 102 764,00 (Ciento Dos mil setecientos sesenta y cuatro y 00/100 soles) por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinada a financiar las acciones de control concurrente de dos (02) inversiones;

Que, en consecuencia, es necesario autorizar la transferencia financiera del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por la suma de S/ 102 764,00 (Ciento Dos Mil Setecientos Sesenta y Cuatro y 00/100 Soles), para los fines señalados en los considerandos precedentes;

Con el visado del Programa de Mejoramiento de los Servicios de Justicia No Penales a través de la implementación del Expediente Judicial Electrónico – Programa EJE No Penal; de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley N° 27885, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por la Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01;y, el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Autorizar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos hasta por la suma de S/ 102 764,00 (Ciento Dos Mil Setecientos Sesenta y Cuatro y 00/100 Soles), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, destinado a financiar las acciones de control concurrente a los proyectos con CUI N° 2412541 y 2412545, en el marco de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente.

Artículo 2.- Financiamiento

La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional aprobado del Año Fiscal 2024 del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Unidad Ejecutora 003: Programa Modernización del Sistema de Administración de Justicia, de acuerdo al siguiente detalle:

CATEGORÍA PRESUPUESTAL

PROYECTO-CUI

NOMBRE DE LA INVERSIÓN

CATEGORÍA DE GASTO

GENÉRICA DE GASTO

CLASIFICADOR DE GASTO

TRANSFERIR Al PLIEGO 019. CGR S/

9002: Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos

2412541

MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE LA JUNTA NACIONAL DE JUSTICIA-JNJ, EN EL MARCO DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL EXPEDIENTE JUDICIAL ELECTRÓNICO-EJE, DISTRITO DE SAN ISIDRO - PROVINCIA DE LIMA - DEPARTAMENTO DE LIMA

6.GASTOS DE CAPITAL

2.4 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS

2.4.2.3.1.1.A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL

44,740.00

9002: Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos

2412545

MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE ASESORÍA LEGAL GRATUITA (ALEGRA) PARA LOGRAR LA ADECUADA IMPLEMENTACIÓN DEL EXPEDIENTE JUDICIAL ELECTRÓNICO (EJE) DISTRITO DE - TODOS - - PROVINCIA DE - TODOS - - DEPARTAMENTO DE -MUL.DEP-

6.GASTOS DE CAPITAL

2.4 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS

2.4.2.3.1.1.A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL

58,024.00

TOTAL

102,764.00

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución en la Sede Digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), el mismo día de su publicación en el Diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO MELCHOR ARANA YSA

Ministro de Justicia y Derechos Humanos

2283836-1