Designan Auxiliar Coactiva de la Subgerencia de Ejecución Coactiva de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 116
San Isidro, 15 de mayo del 2020
EL ALCALDE DE SAN ISIDRO
VISTOS: El Memorando Vía Remota N° 005-2020-1100-GR/MSI de la Gerencia de Rentas, el Informe Vía Remota N° 005-2020-1130-SEC-GR/MSI de la Subgerencia de Ejecución Coactiva, y el Informe Vía Remota N° 004-2020-0900-GGP/MSI de la Gerencia de Gestión de Personas; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 7°, numeral 7.1, del TUO de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, Ley Nº 26979, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2008-JUS, establece que la designación del Auxiliar Coactivo se efectuará mediante concurso público de méritos, y mediante Ley Nº 27204 se precisó dicha disposición señalando que el Auxiliar Coactivo es funcionario nombrado o contratado, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representa, y que su designación no implica que dicho cargo sea de confianza;
Que, el Decreto Legislativo N° 1057 que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM y modificatorias, establecen reglas de ingreso al régimen especial de contratación administrativa de servicios – CAS, para garantizar los principios de méritos y capacidad, igualdad de oportunidades y profesionalismo de la administración pública, prescribiendo que el acceso a dicho régimen se realiza obligatoriamente mediante concurso público;
Que, a su vez, la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, con Informe Técnico N° 987-2019-SERVIR/GPGSC, señala que excepcionalmente, por causas debidamente justificadas, se podrá contratar auxiliares coactivos mediante el régimen laboral del Contrato Administrativo de Servicios (CAS), así como que los puestos bajo el régimen CAS no se ubican en el Cuadro de Asignación de Personal de la entidad;
Que, al respecto, mediante Acta de “Resultados Finales” del 25 de febrero de 2020 se declaró ganadora del Proceso CAS N° 044-2020-MSI “Convocatoria para la contratación administrativa de servicios de un/a (01) Auxiliar coactivo” para la Subgerencia de Ejecución Coactiva, a doña JANETH TOLEDO ACEVEDO, y con fecha 06 de marzo de 2020 se suscribió el Contrato Administrativo de Servicios N° 190-2020 con el objeto que dicha servidora se desempeñe como Auxiliar Coactiva de la Subgerencia de Ejecución Coactiva;
Que, por su parte, mediante los artículos 7°, numeral 7.1, y 17°, numeral 17.1, del TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, se faculta la posibilidad de disponer en el mismo acto administrativo o de administración interna, que tenga eficacia anticipada a su emisión;
Que, en este contexto, de acuerdo con los documentos del visto, la Gerencia de Gestión de Personas opina que corresponde designar, con eficacia anticipada al 06 de marzo de 2020, como Auxiliar Coactiva de la Subgerencia de Ejecución Coactiva, a doña JANETH TOLEDO ACEVEDO, en su condición de ganadora del Proceso CAS N° 044-2020-MSI “Convocatoria para la contratación administrativa de servicios de un/a (01) Auxiliar coactivo” y contratada mediante Contrato Administrativo de Servicios N° 190-2020;
Que, por tales consideraciones, a fin de garantizar el normal desenvolvimiento de la gestión de las acciones coercitivas, corresponde designar, con eficacia anticipada a partir del 06 de marzo de 2020, a doña JANETH TOLEDO ACEVEDO, como Auxiliar Coactiva de la Subgerencia de Ejecución Coactiva;
Que, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica con Informe Vía Remota Nº 024-2020-0400-GAJ/MSI; y,
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20°, numeral 6, de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 y modificatorias;
RESUELVE:
Artículo Primero.- DESIGNAR, con eficacia anticipada a partir del 06 de marzo de 2020, en el cargo de AUXILIAR COACTIVA de la Subgerencia de Ejecución Coactiva de la Municipalidad de San Isidro, a doña JANETH TOLEDO ACEVEDO, servidora contratada mediante el régimen laboral especial regulado por el Decreto Legislativo N° 1057.
Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a la Gerencia de Rentas, Subgerencia de Ejecución Coactiva, Gerencia de Gestión de Personas y demás unidades orgánicas que resulten competentes.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, en el portal institucional www.munisanisidro.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
AUGUSTO CACERES VIÑAS
Alcalde
1866480-1