Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Modifican el Anexo N° 04 de la R.M. N° 069-2020-MIDIS Conceptos previstos para las Transferencias Financieras del MIDIS a entidades

Modifican el Anexo N° 04 de la R.M. N° 069-2020-MIDIS, “Conceptos previstos para las Transferencias Financieras del MIDIS a entidades”

RESOLUCION MINISTERIAL

Nº 088-2020-MIDIS

Lima, 19 de mayo de 2020

VISTOS:

El Memorando Nº 094-2020-MIDIS/VMPES, emitido por el Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; el Informe Nº 013-2020-MIDIS/VMPES/DGIPAT, emitido por la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial; el Memorando Nº 309-2020-MIDIS/SG/OGPPM, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº 136-2020-MIDIS/SG/OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 028-2020-MIDIS/VMPES/DGIPAT/DAT, emitido por la Dirección de Articulación Territorial de la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial; y, el Informe Nº 047-2020-MIDIS/SG/OGPPM/OP, emitido por la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se establece que el sector Desarrollo e Inclusión Social comprende todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, inclusión y equidad;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 285-2019-MIDIS, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al año fiscal 2020 del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;

Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 026-2020, Decreto de Urgencia que establece diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del Coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional, autoriza para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, con cargo a los recursos a los que hace referencia el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, hasta por la suma de S/ 40 000 000,00 (CUARENTA MILLONES Y 00/100 SOLES) a favor del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para la contratación de los servicios necesarios para la organización y desarrollo de una Red de Soporte para el Adulto Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa; asimismo, dispone que dichos recursos se transfieren utilizando el procedimiento establecido en el artículo 54 del citado Decreto Legislativo Nº 1440;

Que, asimismo, el numeral 2.2 del acotado artículo 2 autoriza al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social a realizar transferencias financieras a favor del Ministerio de Salud, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, de los Gobiernos Regionales y de los Gobiernos Locales definidos principalmente por tamaño de población, para financiar la contratación de los servicios que se requieran para la organización y desarrollo de un servicio de visitas domiciliarias y seguimiento nominal en sus jurisdicciones; siendo aprobadas, tales transferencias financieras autorizadas, mediante Resolución de la Titular del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego, la cual se publica en el Diario Oficial El Peruano;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 060-2020-EF, se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 40 000 000,00 (CUARENTA MILLONES Y 00/100 SOLES) a favor del pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para financiar la contratación de los servicios necesarios para la organización y desarrollo de una Red de Soporte para el Adulto Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa, en el marco de lo establecido en el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 026-2020;

Que, bajo ese marco y teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 005-2020-MIDIS, que aprueba el diseño de la Red de Soporte para la Persona Adulta Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa, así como en la Directiva Nº 005-2020-MIDIS denominada “Documento Técnico para la implementación de la Red de Soporte para la Persona Adulta Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa, frente al COVID-19”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 066-2020-MIDIS, se expide la Resolución Ministerial Nº 069-2020-MIDIS, que autoriza una transferencia financiera del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, hasta por la suma de S/ 33 101 500,00 (TREINTA Y TRES MILLONES CIENTO UN MIL QUINIENTOS Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Salud, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para la organización y desarrollo de un servicio de visitas domiciliarias y seguimiento nominal en sus jurisdicciones para implementar la Red de Soporte para la Persona Adulta Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa, conforme a los Anexos Nºs 01, 02 y 03 de dicha Resolución Ministerial, para financiar los conceptos previstos en el Anexo Nº 04 de la citada norma, de acuerdo a lo establecido en el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 026-2020;

Que, mediante Oficio Nº 900-2020-SG/MINSA, la Secretaría General del Ministerio de Salud solicita al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, la modificación del Anexo Nº 04 de la Resolución Nº 069-2020-MIDIS, con la finalidad de una adecuada ejecución presupuestal a nivel del Ministerio de Salud y Gobiernos Regionales, en el marco de la implementación de la Red de Soporte para la Persona Adulta Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa establecida por Decreto de Urgencia Nº 026-2020; sustentándose tal modificación en el Informe Nº 027-2020-JC-DPROM-DGIESP/MINSA, de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública del Ministerio de Salud;

Que, mediante Informes Nº 013-2020-MIDIS/VMPES/DGIPAT y Nº 028-2020-MIDIS/VMPES/DGIPAT/DAT, la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial y la Dirección de Articulación Territorial, respectivamente, en base a lo requerido y sustentado por el Ministerio de Salud, proponen modificar el Anexo Nº 04, “Conceptos previstos para las Transferencias Financieras del MIDIS a entidades” de la Resolución Ministerial Nº 069-2020-MIDIS, en lo correspondiente a los conceptos correspondientes al Ministerio de Salud y Gobiernos Regionales por estar vinculados a las acciones de prevención y promoción de la salud previstas a ser desarrolladas por las Direcciones Regionales de Salud o quien haga sus veces; como parte de la Red de Soporte para la Persona Adulta Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa, lo cual cuenta con la conformidad del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, de acuerdo con lo expresado en el Memorando Nº 094-2020-MIDIS/VMPES;

Que, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y la Oficina de Presupuesto, en el Memorando Nº 309-2020-MIDIS/SG/OGPPM e Informe Nº 047-2020-MIDIS/SG/OGPPM/OP, respectivamente, emiten su conformidad a la propuesta de modificación del Anexo Nº 04 de la Resolución Ministerial Nº 069-2020-MIDIS;

Que, en el marco de las normas antes citadas, resulta pertinente modificar el Anexo Nº 04, “Conceptos previstos para las Transferencias Financieras del MIDIS a entidades”, de la Resolución Ministerial Nº 069-2020-MIDIS, en lo correspondiente a los conceptos, detalles y montos correspondientes al Ministerio de Salud y Gobiernos Regionales;

Con los visados del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial;

De conformidad con lo dispuesto en Decreto de Urgencia Nº 026-2020, Decreto de Urgencia que establece diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del coronavirus (covid-19) en el territorio nacional; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y las Secciones Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobadas mediante Decreto Supremo Nº 003-2020-MIDIS y Resolución Ministerial Nº 046-2020-MIDIS, respectivamente;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificación del Anexo Nº 04 de la Resolución Ministerial Nº 069-2020-MIDIS

Modificar el Anexo Nº 04, “Conceptos previstos para las Transferencias Financieras del MIDIS a entidades”, de la Resolución Ministerial Nº 069-2020-MIDIS, en lo correspondiente a los conceptos del Ministerio de Salud así como de los Gobiernos Regionales por estar vinculados a las acciones de prevención y promoción de la salud previstas a ser desarrolladas como parte de la implementación de la Red de Soporte para la Persona Adulta Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa, de acuerdo al detalle que consta en el Anexo, que forma parte de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el portal institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ARIELA MARÍA DE LOS MILAGROS LUNA FLOREZ

Ministra de Desarrollo e Inclusión Social

1866551-1