Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República

Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° D000068-2024-MIDIS

San Isidro, 24 de abril del 2024

VISTOS:

El Proveído N° D0002348-2024-MIDIS/VMPS del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; el Informe N° D000156-2024-MIDIS-OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000103-2024-MIDIS-OP de la Oficina de Presupuesto; y el Informe N° D000167-2024-MIDIS-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica, asimismo, se estableció que constituye un organismo con personería jurídica de derecho público y pliego presupuestal;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 235-2023-MIDIS se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en el marco de la Ley N° 31953, la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024;

Que, el artículo 3 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente señala que toda ejecución de cualquier iniciativa de contratación de bienes y servicios que no constituyan inversión, por parte de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del FONAFE, fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos convocados superen los diez millones de soles, son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República. Para este efecto, los pliegos comprendidos en dicha modalidad de control gubernamental deben destinar para su financiamiento hasta el 2% del monto convocado con cargo a su presupuesto institucional en la categoría de gasto corriente;

Que, el numeral 4.1 del artículo 4 de la citada norma precedente, dispone que para el cumplimiento de la presente ley, autorizase a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se refieren los artículos 1 y 3 de la presente ley, a realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fin de poder realizar transferencias financieras a favor del pliego 019 - Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fiscalizadora superior, conforme a los cronogramas de ejecución de obras anuales valorizadas vigentes, programa de ejecución de obras, planes de inversión, plan anual de contrataciones o documentos de similar naturaleza;

Que, asimismo, el numeral 4.2 del referido artículo precisa que las transferencias a que se refiere el párrafo precedente, se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional, o con resolución ejecutiva regional o resolución de alcaldía, en el caso de los gobiernos regionales y locales, respectivamente. La resolución del titular del pliego del gobierno nacional y la resolución ejecutiva regional se publican en el diario oficial El Peruano;

Que, mediante Oficio N° 000172-2024-CG/SGE y Oficio N° 000213-2024-CG/PLPREPI, la Contraloría General de la República comunica al MIDIS que, en el marco de los alcances de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, se ha priorizado treinta y siete (37) procesos de compras que superan los diez (10) millones de soles, por lo cual solicita efectuar la Transferencia Financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por el monto de S/ 15 275 482.00 (QUINCE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00 /100 SOLES), considerando lo establecido en el numeral 7.4 de la Directiva N° 016-2023-CG/GMPL “Directiva externa que establece disposiciones complementarias de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente”, aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 419-2023-CG;

Que, mediante Memorando Nº D000873-2024-MIDIS/PNAEQW-UA-CC, la Coordinación de Contabilidad de la Unidad de Administración del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma solicita la aprobación de la Certificación de Crédito Presupuestario por la suma de S/ 15 275 482,00 (QUINCE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00 /100 SOLES), para la atención de la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, en el marco de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente;

Que, mediante Memorando Nº D001564-2024-MIDIS/PNAEQW-UPPM, la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma emite la Certificación de Crédito Presupuestario N° 03051, en el marco de sus competencias y funciones estrictamente presupuestales, para la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República por un monto de S/ 15 275 482.00 (QUINCE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00 /100 SOLES), fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, de la Unidad Ejecutora 007: Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, del Pliego 040 Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;

Que, en ese contexto, mediante el Informe N° D000106-2024-MIDIS/PNAEQW-DE, la Dirección Ejecutiva del citado programa, solicita se gestione una Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 15 275 482.00 (QUINCE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00 /100 SOLES), a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente y conforme a lo establecido en el numeral 8.3 de la Directiva N° 001-2023-MIDIS/SG “Directiva para la Ejecución Presupuestaria del Pliego 040: Ministerio De Desarrollo e Inclusión Social;

Que, considerando lo mencionado, mediante Informe N° D000103-2024-MIDIS-OP la Oficina de Presupuesto del MIDIS informa que ha verificado la existencia de recursos presupuestales en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias por la suma de S/ 15 275 482,00, para efectivizar la Transferencia Financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General (Unidad Ejecutora 001- 196: Contraloría General), orientado a las acciones del control concurrente, en concordancia a lo dispuesto en el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley N° 31358;

Que, en atención a las consideraciones expuestas y en el marco de las normas descritas, resulta pertinente aprobar la Transferencia Financiera, hasta por la suma de S/ 15 275 482.00 (QUINCE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00 /100 SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, destinada a financiar los servicios de control gubernamental a través de control concurrente, de 37 iniciativas de procesos de compras del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma;

Con el visado de la Secretaría General, del Viceministerio de Prestaciones Sociales, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para expansión del Control Concurrente; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y, la Resolución Ministerial N° 073-2021-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorización de Transferencia Financiera

Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Unidad Ejecutora 007: Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma hasta por la suma de S/ 15 275 482.00 (QUINCE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00 /100 SOLES), en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, para los fines señalados en los considerandos de la presente Resolución Ministerial, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para expansión del Control Concurrente.

Artículo 2.- Financiamiento

La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fiscal del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Unidad Ejecutora 007: Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, según Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3.- Limitación al Uso de los Recursos

Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Acciones Administrativas

Remitir copia de la presente Resolución se remite a la Unidad Ejecutora 007: Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, para que efectúe las acciones administrativas que correspondan.

Artículo 5.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en la Sede Digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis) en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES

Ministro de Desarrollo e Inclusión Social

2283353-1