Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan la reducción del Presupuesto Institucional del Pliego 113: Biblioteca Nacional del Perú

Autorizan la reducción del Presupuesto Institucional del Pliego 113: Biblioteca Nacional del Perú

RESOLUCIÓN JEFATURAL

N° 000039-2024-BNP

Lima, 26 de abril de 2024

VISTOS:

El Informe N° 000311-2024-BNP-GG-OA-EAF de fecha 10 de abril de 2024, del Equipo de Trabajo de Administración Financiera de la Oficina de Administración; el Memorando N° 000391-2024-BNP-GG-OA de fecha 10 de abril de 2024, de la Oficina de Administración; el Informe Técnico N° 000016-2024-BNP-GG-OPP-EPR de fecha 16 de abril de 2024, del Equipo de Trabajo de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000068-2024-BNP-GG-OPP de fecha 16 de abril de 2024, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Legal N° 000098-2024-BNP-GG-OAJ de fecha 24 de abril de 2024, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, Ley N° 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú, dispone que la Biblioteca Nacional del Perú es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Cultura y es el ente rector del Sistema Nacional de Bibliotecas, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas, tiene personería jurídica pública, autonomía económica, administrativa y financiera; y, ajusta su actuación a lo dispuesto en la Ley N° 30570 y en las normas aplicables que regulan el sector Cultura;

Que, mediante la Ley N° 31953, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024. En ese marco, a través de la Resolución Jefatural N° 000175-2023-BNP se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 113: Biblioteca Nacional del Perú;

Que, el numeral 11.1 artículo 11 del Decreto Urgencia N° 006-2024, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera para la sostenibilidad fiscal, el equilibrio presupuestario y la eficiencia del gasto público, dispone que en los casos que fuera necesario una modificación en las estimaciones de ingresos y saldos de balance por las fuentes de financiamiento Donaciones y Transferencias y Recursos Directamente Recaudados, se autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, hasta el 30 de abril de 2024, para reducir su presupuesto institucional aprobado respecto de los recursos correspondientes a las mencionadas fuentes de financiamiento;

Que, el numeral 11.2 del artículo 11 del citado Decreto Urgencia N° 006-2024, precisa que la modificación del presupuesto institucional autorizada en el numeral precedente se aprueba mediante resolución del titular del pliego para el caso de las entidades del Gobierno Nacional. Dicha resolución se publica en el Diario Oficial El Peruano y se remite copia de la misma dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

Que, mediante el Memorando N° 000391-2024-BNP-GG-OA y el Informe N° 000311-2024-BNP-GG-OA-EAF, la Oficina de Administración y su Equipo de Trabajo de Administración Financiera informan sobre el saldo de balance 2023 por la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias cuyo monto asciende a S/ 6 945,92 (Seis mil novecientos cuarenta y cinco con 92/100 soles);

Que, a través del Informe N° 000068-2024-BNP-GG-OPP y del Informe Técnico N° 000016-2024-BNP-GG-OPP-EPR, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y su Equipo de Trabajo de Presupuesto emiten opinión, señalando la necesidad de realizar una modificación (reducción) al presupuesto institucional modificado en la fuente de financiamiento 4. Donaciones y Transferencias por el importe de S/ 4 952,00 (Cuatro mil novecientos cincuenta y dos con 00/100 soles), a fin de garantizar el equilibrio presupuestario entre el presupuesto de ingresos y gastos en el presente año fiscal; así como, lograr niveles adecuados de ejecución presupuestal en dicha fuente de financiamiento;

Que, por medio del Informe Legal N° 000098-2024-BNP-GG-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión y recomienda la emisión del acto resolutivo que apruebe la referida reducción;

Que, en aplicación del artículo 11 del Decreto Urgencia N° 006-2024, resulta necesario autorizar la reducción del marco presupuestal en el Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora 001: Biblioteca Nacional del Perú hasta por la suma de S/ 4 952,00 (Cuatro mil novecientos cincuenta y dos con 00/100 soles), por la fuente de financiamiento 4. Donaciones y Transferencias;

Con el visado de la Gerencia General, de la Oficina de Administración, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina de Asesoría Jurídica, del Equipo de Trabajo de Administración Financiera de la Oficina de Administración; y, del Equipo de Trabajo de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto;

De conformidad con la Ley N° 31953, que aprueba el Presupuesto para el Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2024; el Decreto Urgencia N° 006-2024, que establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera para la sostenibilidad fiscal, el equilibrio presupuestario y la eficiencia del gasto público; la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobada por el Decreto Supremo N° 002-2024-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Reducción del Marco Presupuestal

Autorizar la reducción del Presupuesto Institucional del Pliego 113: Biblioteca Nacional del Perú, en aplicación del artículo 11 del Decreto Urgencia N° 006-2024, hasta por la suma de S/ 4 952,00 (Cuatro mil novecientos cincuenta y dos con 00/100 soles), en la Unidad Ejecutora 001: Biblioteca Nacional del Perú, por la fuente de financiamiento 4. Donaciones y Transferencias, de acuerdo al siguiente detalle:

INGRESOS En soles

Fuente de Financiamiento : 4 Donaciones y Transferencias

1 : Ingresos Presupuestarios

1.9 : Saldos de Balance

1.9.1 : Saldos de Balance

1.9.1.1 : Saldos de Balance

1.9.1.1.1 : Saldos de Balance

1.9.1.1.1.1 : Saldos de Balance

TOTAL UNIDAD EJECUTORA 4,952.00

TOTAL PLIEGO 4,952.00

EGRESOS En soles

Sección Primera : Gobierno Central

Pliego : 113 Biblioteca Nacional del Perú

Unidad Ejecutora : 001 Biblioteca Nacional del Perú

Categoría Presupuestaria : 9002 Asignaciones Presupuestarias que No Resultan En Productos

Producto : 3999999 Sin producto

Actividad : 5000972 Mejoramiento del Sistema Bibliotecario

Fuente de Financiamiento : 4 Donaciones y Transferencias

Categoría de gasto : Gastos corrientes

2.3. Bienes y servicios 4,952.00

TOTAL UNIDAD EJECUTORA 4,952.00

TOTAL PLIEGO 4,952.00

Artículo 2.- Notas de modificación presupuestaria

La Oficina de Planeamiento y Presupuesto instruirá a la Unidad Ejecutora de la Biblioteca Nacional del Perú, para que elabore las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo 3.- Remisión

Disponer que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto remita copia de la presente Resolución dentro de los cinco (5) días calendario siguientes de aprobada a los Organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

Artículo 4.- Publicación

Encargar a la Oficina de Tecnologías de la Información la publicación de la presente Resolución en el portal web institucional (http://www.bnp.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

BORIS GILMAR ESPEZUA SALMON

Jefe Institucional

2283696-1