Otorgan la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura
RESOLUCIóN MINISTERIAL
N° 000186-2024-MC
San Borja, 24 de abril del 2024
VISTOS: el Proveído Nº 004002-2024-VMPCIC/MC del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe N° 000488-2024-DGIA-VMPCIC/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Informe N° 000588-2024-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el literal d) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, prevén como función exclusiva de este ministerio, convocar y conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;
Que, el artículo 77 del ROF, dispone que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene a su cargo formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos;
Que, asimismo, conforme con el numeral 78.14 del artículo 78 del ROF, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene como función emitir opinión técnica y recomendación, en materia de su competencia, para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;
Que, el numeral 82.15 del artículo 82 de la norma, dispone que, dentro de sus funciones, le corresponde a la Dirección de Artes de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes emitir opinión técnica para el otorgamiento de reconocimientos a personas naturales y jurídicas cuya labor y trayectoria en el campo de las artes constituyan un aporte al desarrollo cultural del país;
Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva N° 002-2016-MC, Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada por Resolución Ministerial N° 107-2016-MC de fecha 16 de marzo de 2016, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país. Reconocimiento que se formaliza mediante resolución ministerial a ser publicada en el diario oficial El Peruano, conforme con lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva;
Que, mediante el Oficio N° 00114-2024-MINEDU/VMGP-CASLIT, el Ministerio de Educación propone otorgar la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura al señor Teófilo Hildebrando Pérez Grande, poeta peruano de renombre, considerado como uno de los principales representantes de la Generación del 60’ en la poesía peruana;
Que, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes con el Informe N° 000488-2024-DGIA-VMPCIC/MC, con sustento en el Informe N° 000026-2024-DLL-DGIA-VMPCIC-AVC/MC de la Dirección del Libro y la Lectura y en el Informe N° 002639-2024-DIA-DGIA-VMPCIC/MC de la Dirección de Artes, emite opinión favorable para otorgar la distinción al señor Teófilo Hildebrando Pérez Grande en mérito de su amplia trayectoria intelectual y creadora en el aporte a la Nación y su compromiso con la difusión de la literatura peruana;
Que, el señor Teófilo Hildebrando Pérez Grande posee una extensa e intensa vida poética que se traduce en diversos campos. Fue profesor principal de la Facultad de Letras y Ciencias Humanas de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, llegando a ocupar el cargo de Director de la Escuela de Literatura. Asimismo, en la década de los 70 funda y dirige hasta su retiro el taller de poesía de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, institución que en el año 2015 lo distingue como profesor emérito. Además, fue docente por tres años en Grenoble, Francia. Y, actualmente, se desempeña como profesor en la Universidad Antonio Ruiz de Montoya, institución que también lo ha distinguido como profesor emérito;
Que, el señor Teófilo Hildebrando Pérez Grande ha sabido promover el interés y cultivar la sensibilidad poética en las generaciones de los jóvenes. Adicionalmente, cuenta con varios libros publicados y ha recibido diversos reconocimientos, tales como el Premio Poesía Casa de las Américas, 1978, por su libro Aguardiente y otros cantares, el Premio Internacional de Poesía Rafael Alberti (La Habana, Andalucía, mayo de 2013) por su infatigable vida dedicada a la poesía y Pluma de Oro, una distinción concedida por el Consejo Internacional de las Artes (noviembre de 2013);
Que, estando a lo desarrollado, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento como Personalidad Meritoria de la Cultura, en tal sentido, el análisis y las conclusiones de los informes citados constituyen parte integrante de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;
Con los vistos del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, y la Directiva N° 002-2016/MC, Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada por la Resolución Ministerial N° 107-2016-MC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgar la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura al señor TEÓFILO HILDEBRANDO PÉREZ GRANDE en mérito de su amplia trayectoria intelectual y creadora en el aporte a la Nación y su compromiso con la difusión de la literatura peruana.
Artículo 2.- Remitir copia de la resolución a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional para los fines pertinentes.
Artículo 3.- Disponer la publicación de esta resolución en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA
Ministra de Cultura
2283009-1