Prorrogan fecha de vencimiento de pago de cuotas del Impuesto Predial y de Arbitrios Municipales del ejercicio 2024, y la vigencia del descuento del diez por ciento (10%) de los Arbitrios Municipales de los predios cuyo uso sea Casa Habitación
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 003-2024-MDB
Bellavista, 26 de marzo del 2024
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE BELLAVISTA.
VISTO; el Informe N° 0006-2024-MDB/GATR, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, el cual solicita la ampliación del Beneficio Tributario contenidas en la Ordenanza Municipal N°011-2023-MDB-AL, a favor de los vecinos del distrito y;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 194 dispone que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, en su articulo 20 inciso 6 señala que es atribución del alcalde dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas;
Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por el Decreto Supremo N° 156-2004-EF, en sus artículos 14 y 15 faculta a la administración a prorrogar a fecha de presentación de la declaración jurada, así como que el Impuesto Predial podrá cancelarse al contado, hasta el último día hábil del mes de febrero de casa año o en forma fraccionada hasta un máximo de cuatro (04) cuotas;
Que, mediante Ordenanza Municipal N°011-2023-MDB/AL, del 18 diciembre del 2023, se estableció las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales y, Beneficio por pronto Pago facultándose, en la misma, al alcalde a disponer ampliación de plazo, mediante Decreto de
Alcaldía;
Que mediante Informe del visto de fecha 26 de marzo de 2024, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas propone que la vigencia del descuento de 10% (pronto pago) de los Arbitrios Municipales se debe prorrogar hasta el 30 de abril del 2024, siempre que se cumpla con el pago total anual correspondiente al ejercicio 2024, además de prorrogar la fecha de vencimiento de la cuota 01 del Impuesto Predial al 30 de abril del 2024 y así como la cuota 01, 02 y 03 de los Arbitrios Municipales al 30 de abril del 2024;
ESTANDO A LO EXPUESTO, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 20 INCISO 6 DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES:
DECRETA:
Artículo 1.- Prorrogar hasta el 30 de abril del 2024 la fecha de vencimiento de pago de la primera cuota del Impuesto Predial, así como de la primera, segunda y tercera cuota de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2024, contenidas en la disposición complementaria única de la Ordenanza Municipal N°011-2023-
MDB-AL.
Artículo 2.- Prorrogar hasta el 30 de abril del 2024 la vigencia del descuento del diez por ciento (10%) de los Arbitrios Municipales de los predios cuyo uso sea Casa Habitación, siempre que cumplan con el pago total anual correspondiente a los Arbitrios Municipales del ejercicio 2024, contenida en la disposición transitoria tercera de la Ordenanza Municipal N°011-2023-MDB-AL.
Artículo 3.- Encargar a la Secretaria General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el diario Oficial “El Peruano” y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones su difusión a través del portal web de la Municipalidad Distrital de Bellavista. (www.munibellavista.gob.pe).
Registrese, comuniquese, publíquese y cúmplase.
ALEXANDER MIGUEL CALLAN CALLAN
Alcalde
2279094-1