Autorizan viaje de alcalde y regidoras a Brasil, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 0026-2024-CM-MDQ/LC.
Quellouno, 22 de abril del 2024
EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE QUELLOUNO.
VISTO:
El Libro de Actas de Sesiones Ordinarias del Concejo Municipal Nº 0013 – 2024, de fecha 19 de abril del 2024; así también se tiene la invitación con documento ingresado por Mesa de Partes de la Municipalidad con registro Nº 4921 – 2024, de fecha 11 de abril del 2024, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 94º de la Constitución Política del Perú modificado por la Ley de reforma Constitucional, Ley Nº 27680, concordante con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú, establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos, con sujeción al ordenamiento jurídico nacional;
Que, de la misma forma el Art. 41º de Ley Nº 27972, establece que: “Los acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional que expresa la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma Institucional”, concordante con el Artículos 39º del mismo cuerpo normativo, en cuyo texto establece que “Los gobiernos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos(...)”;
Que, el numeral 11º del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que son atribuciones del concejo municipal “Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario”;
Que, la Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificados por Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM y Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, regulan la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos o representantes del Estado que irroguen gastos al Tesoro Público, así como la forma de sustentación de los mismos; estableciendo en el artículo 5 que los gastos por concepto de viáticos que ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados conforme a la Escala de Viáticos por Zonas Geográficas (…);
Que, mediante Carta ingresado por Mesa de Partes de la Municipalidad con Registro Nº 4921, de fecha 11 de abril del 2024, Industrias Mecánicas Rochfer Ltda., formula invitación institucional al Alcalde de la Municipalidad distrital de Quellouno, a efectos de participar en la “Visita Técnica de Campo para Visualizar los Sistemas de Bombeo y Monitoreo en la feria de Tecnología en el Estado de Sao Paulo, conocer la fábrica de Bombas Hidráulicas, Turbinas, Bomba de Rueda de Agua y otras tecnologías, y la operatividad en campo (…)”, toda vez que se tiene la necesidad de atender las demandas de agua en el distrito de Quellouno para la producción agrícola y poblacional, precisando que dichas tecnologías podrían ser de mucha utilidad para solucionar la escasez de agua en el distrito de Quellouno, actividades que se realizaran lo días 28 de abril al 03 de mayo del año en curso, en el Estado de Sao Paulo – Brasil;
Que, estando a la vista el Libro de Actas de Sesiones Ordinarias del Concejo Municipal Nº 0013 – 2024, de fecha 19 de abril del 2024, se tiene que fue puesto a consideración del Pleno del Concejo Municipal, la autorización de viaje en comisión de servicios al exterior del país, del Titular del Pliego, Econ. C. Edwin Cabrera Cortés, y de las señoras regidoras: Sra. Ruth Mery Carhuaslla Rozas, y la señora Norith Molleapaza Quispe, a efectos de participar en la “Visita Técnica de Campo para Visualizar los Sistemas de Bombeo y Monitoreo en la feria de Tecnología en el Estado de Sao Paulo, conocer la fábrica de Bombas Hidráulicas, Turbinas, Bomba de Rueda de Agua y otras tecnologías, y la operatividad en campo (…)”, y celebrar la Intención del “Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad Distrital de Quellouno y la Empresa Industrias Mecánicas Rochfer LTDA”, cuyo objeto es establecer las pautas, lineamientos y compromisos generales que regulen de manera eficiente las relaciones de cooperación entre las partes sin fines de lucro, por lo que habiéndose deliberado y luego de un amplio debate se acuerda por unanimidad autorizar el viaje en comisión de servicios al exterior del país, del Sr. Alcalde de la Municipalidad distrital de Quellouno y de las señoras regidoras: Sra. Ruth Mery Carhuaslla Rozas, y la señora Norith Molleapaza Quispe, quienes participaran en las actividades que se realizaran los días 28 de abril al 03 de mayo del año en curso. Así como suscribir la intención de “Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad Distrital de Quellouno y la Empresa Industrias Mecánicas Rochfer LTDA”;
Que, estando a las consideraciones el cuerpo edil con las atribuciones otorgadas por la Ley Orgánica de Municipalidades, y estando a lo establecido en el artículo 41º de la Ley Nº 27972 y contando con la aprobación de los miembros del Concejo Municipal y el voto aprobatorio de los Regidores y con la dispensa del trámite de aprobación y lectura del Acta;
ACUERDAN:
Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje en comisión de servicios del Sr. Alcalde de la Municipalidad Distrital de Quellouno, Econ. C. Edwin Cabrera Cortés y de las señoras regidoras: Sra. Ruth Mery Carhuaslla Rozas, y la Sra. Norith Molleapaza Quispe, a efectos de participar en la “Visita Técnica de Campo para Visualizar los Sistemas de Bombeo y Monitoreo en la feria de Tecnología en el Estado de Sao Paulo, conocer la fábrica de Bombas Hidráulicas, Turbinas, Bomba de Rueda de Agua y otras tecnologías, y la operatividad en campo (…)” a realizarse los días 28 de abril al 03 de mayo del presente año en el Estado Sao Paulo – Brasil, autorización que se efectivizará de conformidad al siguiente detalle:
- Del Titular del Pliego a partir del 27 de abril de 2024 al 01 de mayo de 2024.
- De las señoras regidoras ya citadas líneas arriba, a partir del 28 de abril al 04 de mayo de 2024.
En sujeción a los fundamentos señalados en la parte considerativa del presente Acuerdo de Concejo Municipal.
Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Dirección de Planeamiento y Presupuesto, Dirección de Administración y demás áreas competentes, las acciones administrativas pertinentes en el marco de la Ley para el cumplimiento de lo establecido en el presente acuerdo de concejo.
Artículo Tercero.- DESE CUENTA, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Infraestructura - MDQ, Oficina de Asesoría Jurídica, y demás Unidades Orgánicas a afectos de realizar los trámites que correspondan, debiendo actuar en el marco normativo para el presente caso en concreto.
Artículo Cuarto.- DISPONER, a la Oficina de Secretaria General, remita copias del presente acuerdo a las Unidades Orgánicas competentes, y ENCARGAR, a la UTIC, proceda a la publicación en el Portal Web de la Municipalidad Distrital de Quellouno.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
EDWIN CABRERA CORTÉS
Alcalde
2283180-1