Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

RESOLUCIÓN JEFATURAL

N° 000066-2024/JNAC/RENIEC

Lima, 22 de abril del 2024

VISTOS:

El Memorando N° 000309-2024/OAF/RENIEC (11MAR2024) de la Oficina de Administración y Finanzas, el Memorando N° 000604-2024/OPP/RENIEC (15ABR2024) de la Oficina de Planificación y Presupuesto (hoy Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización), el Informe N° 000261-2024/OPP/UP/RENIEC (15ABR2024) de la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planificación y Presupuesto (hoy Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización)y el Informe N° 000457-2024/OAJ/RENIEC (16ABR2024) de la Oficina de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que mediante Ley N° 31953, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, que entre otros incluye el Pliego 033: Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC);

Que por Resolución Jefatural N° 000215-2023/JNAC/RENIEC (28DIC2023), se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos para el Año Fiscal 2024 del Pliego 033: Registro Nacional de Identificación y Estado Civil;

Que el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica el Sistema Nacional de Control y la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3° de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o el que haga que sus veces en el pliego;

Que asimismo el artículo 20 de la referida Ley, establece que las transferencias financieras se aprueban mediante Resolución del titular del pliego, en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad;

Que a través del Oficio N° 000836-2024-CG/GRECE de fecha 07FEB2024, el Gerente de Recursos Estratégicos de la Contraloría General de la República solicita al Pliego 033: Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, efectuar la transferencia financiera a su favor por la suma total de S/ 117.585,00 para el período 2024, a fin de financiar la contratación de Sociedad de Auditoría Externa;

Que mediante el Memorando N° 000604-2024/OPP/RENIEC (15ABR20214) y el Informe N° 000261-2024/OPP/UP/RENIEC la Oficina de Planificación y Presupuesto (hoy Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización), emite opinión técnica favorable, concluyendo que se cuenta con recursos presupuestarios disponibles por el monto ascendente a S/ 117.585,00 (Ciento Diecisiete Mil Quinientos Ochenta y Cinco y 00/100 Soles), en la especifica de gasto 2.4.1.3.1.1 Transferencias a Otras Unidades del Gobierno Nacional, destinados a financiar la contratación de una Sociedad de Auditoría para el período 2024, en ese contexto la Oficina de Planificación y Presupuesto (hoy Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización) señala que en materia presupuestal resulta viable la Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República;

Que en ese sentido, resulta necesario autorizar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República para la contratación de una Sociedad de Auditoría, para la realización de la auditoria financiera gubernamental del pliego RENIEC para el período 2024;

Con el visto bueno de la Secretaria General, de la Oficina de Administración y Finanzas, de la Oficina de Planificación y Presupuesto (hoy Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización) y de la Oficina de Asesoría Jurídica y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica el Sistema Nacional de Control y la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3° de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control y con las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y por el Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobado por Resolución Jefatural Nº 000061-2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024);

SE RESUELVE:

Articulo Primero.- TRANSFERENCIA FINANCIERA A FAVOR DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Autorizar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 del Pliego 033: Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, por la suma de S/ 117.585,00 (Ciento Diecisiete Mil Quinientos Ochenta y Cinco y 00/100 Soles), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 002 – 1698: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Jefatural.

Artículo Segundo.- FINANCIAMIENTO

La Transferencia Financiera autorizada en el Artículo 1° de la presente Resolución Jefatural se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 del Pliego 033: Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, de acuerdo con el siguiente detalle:

Categoría Presupuestal

: 9001. Acciones Centrales

Producto

: 3999999. Sin Producto

Actividad

: 5000003. Gestión Administrativa

Fuente de Financiamiento

: RO

Especifica de Gasto

: 2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional

Meta

: 122

S/

: 117,585.00

Artículo Tercero.- LIMITACIÓN AL USO DE LOS RECURSOS

Los recursos de la Transferencia Financiera que hace referencia el Artículo Primero de la presente Resolución Jefatural no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo Cuarto.- PUBLICACIÓN

Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano, en el portal institucional del Pliego 033: Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC (www.reniec.gob.pe), en el plazo máximo de dos (2) días hábiles contados desde su emisión.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN

Jefa Nacional

2282070-1