Autorizan viaje de funcionario diplomático para participar en la Segunda Reunión de Altos Funcionarios de APEC y sus eventos conexos
Resolución Ministerial
Nº 0321-2024-RE
Lima, 22 de abril de 2024
VISTOS:
El Memorándum Nº RAF000582024 del Presidente de las Reuniones de Altos Funcionarios APEC 2024, de 9 de abril de 2024; la Hoja de Trámite (GAC) Nº 1500 del Despacho Viceministerial, de 11 de abril de 2024; el Memorándum Nº OPP011762024 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 15 de abril de 2024, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje; y, el Memorándum Nº OAP012132024 de la Oficina de Administración de Personal, de 16 de abril de 2024;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 0303-2023-RE, de 18 de abril de 2023, se designó al Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Carlos Javier Obando Peralta, funcionario de la Embajada del Perú en la República de Singapur, como Funcionario de Enlace con la Secretaría Ejecutiva del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacifico (APEC), a partir del 1 de setiembre de 2023 y hasta el 31 de diciembre de 2024;
Que, la “Segunda Reunión de Altos Funcionarios de APEC” y sus eventos conexos (SOM2 por sus siglas en inglés), se realizarán en la ciudad de Arequipa, departamento de Arequipa, del 4 al 18 de mayo de 2024;
Que, durante la referida ronda de reuniones, se realizarán aproximadamente 62 eventos de APEC, entre talleres de capacitación, grupos de trabajo, partenariados de políticas, comités, la reunión plenaria del SOM2, así como el Diálogo de Alto Nivel de Políticas sobre la Mujer y la Economía, la Reunión Conjunta de Ministros de la Mujer y de Comercio y la Reunión de Ministros Responsables de Comercio;
Que, en estos encuentros participarán las oficinas del SOM Perú y del SOM Chair APEC 2024; la directora ejecutiva de APEC; los directores de programa de la Secretaría de APEC; así como los funcionarios de los sectores que tienen a su cargo el desarrollo de las prioridades y entregables del APEC PERU 2024;
Que, en ese sentido, se estima importante la participación en los referidos eventos, del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Carlos Javier Obando Peralta, funcionario de la Embajada del Perú en la República de Singapur, como Funcionario de Enlace con la Secretaría Ejecutiva del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacifico (APEC);
Que, por razones de itinerario, el viaje del citado funcionario diplomático a la ciudad de Arequipa, departamento de Arequipa, se realizará del 1 al 21 de mayo de 2024;
De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM en la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-2010-RE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Carlos Javier Obando Peralta, funcionario de la Embajada del Perú en la República de Singapur y Funcionario de Enlace con la Secretaría Ejecutiva del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacifico (APEC), a la ciudad de Arequipa, departamento de Arequipa, del 1 al 21 de mayo de 2024.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137175 (305) Representación Diplomática y Defensa de los Intereses Nacionales en el Exterior - Asia y Oceanía; y, Código POI AOI00004500233 Garantizar la Ampliación y Profundización de las Relaciones con los Mecanismos Multilaterales del Asia y la Cuenca del Pacífico., debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos |
Pasaje Aéreo Clase Económica USD |
Viáticos por día S/. |
Número de días |
Total viáticos S/. |
Carlos Javier Obando Peralta |
3,159.75 |
320.00 |
18 |
5,760.00 |
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Javier González-Olaechea Franco
Ministro de Relaciones Exteriores
2282243-1