Autorizan viaje de Director de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad a la República Francesa, en comisión de servicios
resolución ministerial
N° 137-2024-EF/43
Lima, 22 de abril del 2024
CONSIDERANDO:
Que, mediante correo electrónico de fecha 17 de abril de 2024, la Presidencia del Consejo de Ministros traslada al Ministerio de Economía y Finanzas la invitación del Comité de Gobernanza Pública de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) al Perú, para ser evaluado en la 69° sesión del Comité, el día 25 de abril de 2024, en la ciudad de París, República Francesa;
Que, el objetivo de la participación del Perú se centra en que pueda demostrar su compromiso, así como desarrollar un diálogo directo con los países miembros del Comité que permita transmitir un discurso sólido respecto a los avances de nuestro país en las distintas materias que comprenden la Gobernanza Pública; asimismo, en el marco del proceso de adhesión a la OCDE, el Perú será evaluado por el Comité;
Que, en tal sentido, resulta relevante la participación del señor José Alfredo La Rosa Basurco, Director de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas en el mencionado evento, toda vez que la mencionada Dirección General tiene entre sus funciones participar en el diseño e implementación de las estrategias de integración económica y comercial y asegurar la consistencia de los acuerdos internacionales en materia económica con la política económica general;
Que, en consecuencia y siendo de interés nacional e institucional, resulta pertinente autorizar el mencionado viaje, cuyos gastos son financiados con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas; y,
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modificatoria el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, que aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en la Directiva N° 002-2024-EF/43.06, Disposiciones y Procedimientos para la autorización de viajes en comisión de servicios al exterior del país del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada con Resolución Ministerial N° 131-2024-EF/43; y, en el Decreto de Urgencia N° 006-2024, que establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera para la sostenibilidad fiscal, el equilibrio presupuestario y la eficiencia del gasto público;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor José Alfredo La Rosa Basurco, Director de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de París, República Francesa, del 23 al 26 de abril de 2024, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, son con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasajes aéreos : US $ 2 942,94
Viáticos (1 + 1) : US $ 1 080,00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado comisionado debe presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del comisionado cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ ARISTA ARBILDO
Ministro de Economía y Finanzas
2282016-1