Aprueban el Cronograma del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año 2025 en el distrito de El Agustino
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 007-2024-MDEA
El Agustino, 15 abril del 2024
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO
VISTOS:
El memorándum N° 0929-2024-GM-MDEA, emitido por la Gerencia Municipal, el informe N° 286-2024-OGAJ-MDEA, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica y Estado Civil; el informe N°108-2024-OGPP/MDEA, emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, respecto a la aprobación del Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año Fiscal 2025, en el distrito de El Agustino, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señalan que las municipalidades provinciales y distritales son “Los órganos de gobierno local. Tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”;
Que, de acuerdo al Artículo VIII del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N°27972, los Gobiernos Locales están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y en conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del sector público; así como a las normas referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado que, por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio;
Que, el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N°27972, establece que, los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal;
Que, mediante Decreto Supremo N°097-2009-EF se establece los criterios de alcance, cobertura y montos de ejecución para delimitar los proyectos de inversión pública de impacto regional, provincial y distrital, a ser considerados por los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en sus respectivos Presupuestos Participativos;
Que, mediante Decreto Supremo N°142-2009-EF, se aprobó el Reglamento de la Ley N° 28056 Ley Marco del Presupuesto Participativo, en cuyo literal a) del artículo 2°, señala que el Presupuesto Participativo, es un proceso que fortalece las relaciones Estado-Sociedad, mediante el cual se definen las prioridades sobre las acciones o proyectos de inversión a implementar en el Nivel de Gobierno Local, con la participación de la sociedad organizada, generando compromisos de todos los agentes participantes para la consecución de los objetivos estratégicos;
Que, mediante Ordenanza N° 727-2023-MDEA, de fecha 25 de marzo 2023, se aprueba el Reglamento de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Distrito de El Agustino, asimismo, la segunda disposición señala: “Facultar al señor Alcalde a dictar mediante Decreto de Alcaldía, las disposiciones normativas complementarias necesarias para el eficiente y eficaz desarrollo del Proceso de Presupuesto Participativo;
Que, con informe N°108-2024-OGPP/MDEA, emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, propone el Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año Fiscal 2025, considerando los lineamientos estipulados;
Que, con informe N°286-2024-OGAJ/MDEA, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica y Estado Civil, es de la opinión que es viable la aprobación del Cronograma del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el distrito de El Agustino para el año 2025, mediante Decreto de Alcaldía;
Que, mediante memorándum N°0929-2024-GM-MDEA, emitido por la Gerencia Municipal, remite los informes de vistos, y lo opinado por la Oficina General de Asesoría Jurídica y Estado Civil, relacionado al Cronograma del proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del distrito de El Agustino para el año 2025, al respecto agradeceré se elabore el Decreto de Alcaldía respectivo.;
Estando a lo dispuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 06 del artículo 20°, el artículo 39° y el 42° de la Ley N° 27972 -Ley Orgánica de Municipalidades;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- APROBAR el Cronograma del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año 2025 en el distrito de El Agustino, que forma parte integrante de la presente norma.
Artículo Segundo.- PÚBLICAR en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de El Agustino, el Cronograma del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año 2025 en el distrito de El Agustino, el mismo día de la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO cualquier dispositivo que se oponga al presente Decreto de Alcaldía.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina General de Secretaría y a la Oficina General de Administración, disponer las acciones para su publicación en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Oficina de Tecnologías de la Información su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de El Agustino (www.mdea.gob.pe).
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
RICHARD SORIA FUERTE
Alcalde
2280463-1