Autorizan viaje de representantes del Ministerio a Canadá, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 107-2024-MINCETUR
Lima, 17 de abril de 2024
VISTO, el Memorándum Nº 285-2024-MINCETUR/VMCE, del Viceministerio de Comercio Exterior; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo público competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; en tal sentido, negocia, suscribe y pone en ejecución los acuerdos o convenios internacionales, en materia de comercio exterior e integración, y otros en el ámbito de su competencia; por tanto, el titular del Sector es quien dirige las negociaciones comerciales internacionales del Estado, y está facultado para suscribir convenios en el marco de su competencia;
Que, el Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (CPTPP, por sus siglas en inglés), firmado el 8 de marzo de 2018, desde el 12 de julio de 2023 entró en vigor para las once economías que lo integran;
Que, en la ciudad de Toronto, Canadá, del 22 al 24 de abril de 2024, se llevará a cabo la Segunda Reunión de Altos Funcionarios del CPTPP de 2024, durante la cual se abordarán temas tales como: la revisión general del CPTPP, el cronograma, estructura de trabajo y los entregables del mencionado proceso de revisión; así como la evaluación de las solicitudes de adhesión de nuevas Economías, el estado de la ratificación del protocolo de adhesión del Reino Unido al CPTPP y la preparación de la reunión de los Ministros del CPTPP en el marco de la Reunión de Ministros Responsables de Comercio de APEC (MRT), a realizarse en la ciudad de Arequipa en mayo de 2024, entre otros;
Que, resulta de interés institucional la participación en dicha Reunión del señor Gerardo Antonio Meza Grillo, Director (e) de la Dirección de Asia, Oceanía y África de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales, representante del Perú ante la CPTPP, y de la señorita Celia Pamela Beatriz Huamán Linares, profesional de la Dirección de Asia, Oceanía y África, y coordinadora de la administración del CPTPP, a fin de representar los intereses del Perú en el proceso de revisión general y en los demás asuntos a tratar en el evento mencionado;
De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Gerardo Antonio Meza Grillo, Director (e) de la Dirección de Asia, Oceanía y África de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales, y de la señorita Celia Pamela Beatriz Huamán Linares, profesional de la Dirección de Asia, Oceanía y África de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales, a la ciudad de Toronto, Canadá, del 20 al 25 de abril de 2024, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participen en la Segunda Reunión de Altos Funcionarios del Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico de 2024, a que se refiere la parte considerativa de la presente resolución ministerial.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, están a cargo del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y Apellidos |
Pasajes aéreos Clase Económica US$ |
Viáticos por día US$ |
Total Viáticos US$ |
Gerardo Antonio Meza Grillo |
1 600,00 |
440,00 x 4 |
1 760,00 |
Celia Pamela Beatriz Huamán Linares |
1 600,00 |
440,00 x 4 |
1 760,00 |
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante la presente resolución, presenta a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asiste; asimismo, presenta la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.
Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ELIZABETH GALDO MARÍN
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
2280627-1