Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
N° 000039-2024-OTASS-DE
Lima, 19 de abril de 2024
VISTO:
El Informe Nº 000151-2024-OTASS-UF de la Unidad de Finanzas; el Memorando Nº 000098-2024-OTASS-OA de la Oficina de Administración; el Informe Técnico Nº 000009-2024-OTASS-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal N° 000107-2024-OTASS-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica y;
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, mediante Resolución Directoral N° 0199-2023-OTASS-DE, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024, del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, por Categoría de Gasto ascendente a S/ 152,629,233.00 (Ciento Cincuenta y Dos Millones Seiscientos Veintinueve Mil Doscientos Treinta y Tres con 00/100 Soles);
Que, la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias, en adelante la Ley Orgánica, tiene por objeto, propender al apropiado, oportuno y efectivo ejercicio del control gubernamental, para prevenir y verificar, mediante la aplicación de principios, sistemas y procedimientos técnicos, la correcta, eficiente y transparente utilización y gestión de los recursos y bienes del Estado, el desarrollo honesto y probo de las funciones y actos de las autoridades, funcionarios y servidores públicos, entre otros;
Que, el segundo párrafo del artículo 20 de la Ley Orgánica, señala que las entidades del gobierno nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego;
Que, asimismo, en el tercer párrafo del artículo 20 de la Ley Orgánica, establece que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo de consejo regional se publican el diario oficial El Peruano;
Que, mediante Resolución de Contraloría N° 035-2022-CG, la Contraloría General de la República, aprueba la Directiva Nº 05-2022-CG/GAD “Gestión de Sociedades de Auditoría para la ejecución de Auditorías Financieras Gubernamentales, en adelante la Directiva, que de acuerdo a su artículo 1, tiene la finalidad de establecer el marco normativo de los procesos de la Gestión de Sociedades de Auditoría, que comprenden el registro, designación y contratación de las Sociedades de Auditoria, a fin de desarrollar las atribuciones de la Contraloría General de la República en el marco de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y modificatorias, que permita contribuir oportunamente con la eficiencia, economía y legalidad en el uso y destino de los recursos y bienes del Estado;
Que, mediante Oficio Nº 001307-2023-CG/GRECE de fecha 22 de diciembre de 2023, la Gerencia de Recursos Estratégicos de la Contraloría General de la República, solicita al Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, realizar la transferencia financiera de la retribución económica (incluye IGV) a la Contraloría General de la República, correspondiente a la auditoría financiera gubernamental del periodo 2024, por el importe de S/73,103.00 (Setenta y tres mil ciento tres y 00/100 soles);
Que, sobre la citada normativa, la Unidad de Finanzas de la Oficina de Administración a través del Informe Nº 000151-2024-OTASS-UF de fecha 10 de abril del 2024, contando con la aprobación del Certificado de Crédito Presupuestario N° 011-2024, solicita que se gestione la transferencia financiera para la retribución económica (incluye IGV) a favor de la Contraloría General de la República, correspondiente a la auditoría financiera gubernamental del periodo 2024, por el importe de S/ 73,103.00;
Que, a través del Informe Técnico Nº 000009-2024-OTASS-OPP de fecha 16 de abril del 2024, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable en materia presupuestal, respecto a la transferencia financiera requerida por la Contraloría General de la República, señalando, entre otros, que “(…), ha evaluado la solicitud de la OA y la UF, encontrándose conforme a lo establecido por el artículo 76 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, el artículo 17 de la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y sus modificatorias, y el artículo 7 de la Directiva N° 05-2022-CG/GAD, Gestión de Sociedades de Auditoria para la ejecución de Auditorias Financieras Gubernamentales; en ese sentido, corresponde autorizar una transferencia financiera para la retribución económica (incluye IGV) a favor de la CGR, correspondiente a la auditoría financiera gubernamental del periodo 2024, por el importe de S/ 73,103.00, con cargo a los recursos del Pliego 207:OTASS”;
Que, con Informe Legal N° 000107-2024-OTASS-OAJ de fecha 18 de abril del 2024, la Oficina de Asesoría Jurídica, contando con los respectivos informes de la Unidad de Finanzas y de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable para la autorización de la transferencia financiera solicitada por la Contraloría General de la República a través del Oficio Nº 001307-2023-CG/GRECE;
Con el visado de la Gerencia General, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina de Administración, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Unidad de Finanzas;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y sus modificatorias; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto; la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, y la Directiva Nº 05-2022-CG/GAD, Gestión de Sociedades de Auditoría para la ejecución de auditorías financieras gubernamentales.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorización de transferencia financiera
Autorizar la Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional 2024 del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, hasta por la suma de S/73,103.00 (Setenta y Tres Mil Ciento Tres y 00/100 Soles), a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, destinada a financiar el pago de la retribución económica (incluye IGV), para la realización de la auditoría financiera gubernamental del periodo 2024, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y sus modificatorias.
Artículo 2.- Financiamiento
Disponer que la transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución, se realice con cargo al Presupuesto Institucional 2024 del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Producto 3999999: Sin Producto, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Meta Presupuestal 0041: Acciones Administrativas, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Categoría de Gasto 5: Gasto Corriente, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Sub Genérica de Gasto 2.4.1: Donaciones y Transferencias Corrientes, Específica Detallada de Gasto 2.4.1.3.1.1: A Otras Unidades del Gobierno Nacional.
Artículo 3.- Limitación de recursos
Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Seguimiento
La Oficina de Administración es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines para los cuales se realiza la presente transferencia financiera; por consiguiente, efectuará las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
Artículo 5.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS (www.gob.pe/otass) y en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS HERNAN CONTRERAS BONILLA
Director Ejecutivo
2281358-1