Modifican el Presupuesto Institucional del Pliego 331: Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología para el Año Fiscal 2024
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
Nº 038-2024-SENAMHI/PREJ
Lima, 18 de abril de 2024
VISTOS:
El Informe Nº D000026-2024-SENAMHI-UC de fecha 5 de marzo de 2024, de la Unidad de Contabilidad; el Informe Nº D000022-2024-SENAMHI-UP de fecha 17 de abril de 2024, de la Unidad de Presupuesto; el Informe Nº D000069-2024-SENAMHI-OAJ de fecha 18 de abril de 2024, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI, es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio del Ambiente, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía técnica, administrativa y económica, dentro de los límites del ordenamiento legal del Sector Público;
Que, mediante Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, se aprobó el Presupuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2024;
Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 155-2023-SENAMHI/PREJ, de fecha 27 de diciembre de 2023, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de los gastos correspondientes al Año Fiscal 2024 del Pliego 331. Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología, el cual asciende a S/ 94 417 055,00 (NOVENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS DIECISIETE MIL CINCUENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), por toda fuente de financiamiento;
Que, mediante el numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto Urgencia Nº 006-2024, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera para la sostenibilidad fiscal, el equilibrio presupuestario y la eficiencia del gasto público, dispone que en los casos que fuera necesario una modificación en las estimaciones de ingresos y saldos de balance por las fuentes de financiamiento Donaciones y Transferencias y Recursos Directamente Recaudados, se autoriza a las entidades del gobierno nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, hasta el 30 de abril de 2024, para reducir su presupuesto institucional aprobado respecto a los recursos correspondientes a las mencionadas fuentes de financiamiento;
Que, en el numeral 11.2 del Decreto de Urgencia antes mencionado, precisa que la modificación del presupuesto institucional autorizada en el párrafo precedente se aprueba mediante Resolución del Titular del pliego, la misma que se publica en el diario oficial El Peruano y la copia se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;
Que, mediante el Informe Nº D000026-2024-SENAMHI-UC, la Unidad de Contabilidad de la Oficina de Administración informa acerca del saldo de balance final al 31 de diciembre 2023;
Que, con el Informe Nº D000022-2024-SENAMHI-UP, la Unidad de Presupuesto propone que del Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 001-474. Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología-SENAMHI del Pliego 331. Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología, se efectúe una reducción del marco presupuestal hasta por la suma de S/ 636 686,00 (SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), por la fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias; posición que también es adoptada por la Directora de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto mediante el Memorando Nº D000194-2024-SENAMHI-OPP, a efectos de emitir el acto resolutivo correspondiente que modifique el presupuesto institucional en la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias, a fin de autorizar la reducción del Presupuesto Institucional del Pliego;
Que, mediante el Informe Nº D000069-2024-SENAMHI-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica recomienda emitir el acto resolutivo conforme a lo señalado por la Unidad de Presupuesto y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y de acuerdo a lo previsto en el artículo 11 del Decreto Urgencia Nº 006-2024;
Que, cabe señalar, que el literal f) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del SENAMHI aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2016-MINAM, establece que la Presidencia Ejecutiva puede expedir Resoluciones Presidenciales Ejecutivas en el ámbito de su competencia;
Con el visado del Gerente General, de la Directora de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y del Director de la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con la Ley Nº 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú–SENAMHI, su modificatoria Ley Nº 27188 y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2016-MINAM; y el Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera para la sostenibilidad fiscal, el equilibrio presupuestario y la eficiencia del gasto público, aprobado por el Decreto Urgencia Nº 006-2024.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modifíquese el Presupuesto Institucional del Pliego 331: Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología para el Año Fiscal 2024, en aplicación del artículo 11 del Decreto de Urgencia Nº 006-2024, el mismo que se reduce hasta por la suma de S/ 636 686,00 (SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento 4. Donaciones y Transferencias de la Unidad Ejecutora 001-474. Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología - SENAMHI, de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS (En Soles)
FTE. FTO. : 4. DONACIONES Y TRANSFERENCIAS
1 Ingresos Presupuestarios
1.9 Saldos de Balance
1.9.1 Saldos de Balance
1.9.1.1 Saldos de Balance
1.9.1.1.1 Saldos de Balance
1.9.1.1.1.1 Saldos de Balance 636 686,00
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TOTAL INGRESOS 636 686,00
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EGRESOS (En Soles)
SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL
PLIEGO : 331 SERVICIO NACIONAL DE METEOROLOGÍA E HIDROLOGÍA
UNIDAD EJEC. : 001 SERVICIO NACIONAL DE METEOROLOGÍA E HIDROLOGÍA - SENAMHI
CATEGORÍA PPTAL : 0068 REDUCCIÓN DE VULNERABILIDAD Y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS POR DESASTRES
PRODUCTO : 3000737. ESTUDIOS PARA LA ESTIMACIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES
ACTIVIDAD : 5005571. DESARROLLO DE ESTUDIOS PARA ESTABLECER EL RIESGO A NIVEL TERRITORIAL
FTE. FTO. : 4. DONACIONES Y TRANSFERENCIAS
GASTO DE CAPITAL
2.6 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 636 686,00
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TOTAL EGRESOS 636 686,00
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Artículo 2.- La Oficina de Planeamiento y Presupuesto deberá elaborar las correspondientes “Notas para la Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución.
Artículo 3.- La Oficina de Planeamiento y Presupuesto debe presentar copia de la presente Resolución dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Web Institucional del SENAMHI (www.senamhi.gob.pe) y en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GABRIELA TEÓFILA ROSAS BENANCIO
Presidenta Ejecutiva
2281160-1