Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban modificación de diversos Servicios de la Carta de Servicios de PROMPERÚ comprendidos en la Sección: Dirección de Promoción del Turismo; y del Formato FO-DT-TUR-021: Aceptación de las Condiciones Generales de Uso de la Plataforma Digital Y TÚ QUÉ PLANES? (versión 2)

Aprueban modificación de diversos Servicios de la Carta de Servicios de PROMPERÚ, comprendidos en la Sección: Dirección de Promoción del Turismo; y del Formato FO-DT-TUR-021: Aceptación de las Condiciones Generales de Uso de la Plataforma Digital Y TÚ QUÉ PLANES? (versión 2)

Resolución de Gerencia General

Nº 000040-2024-PROMPERÚ/GG

San Isidro, 16 de abril del 2024

VISTOS: El Informe N° 021-2024-PROMPERÚ/DT-STI de la Subdirección de Promoción del Turismo Interno de la Dirección de Promoción del Turismo, el Memorando Nº 172-2024-PROMPERU/DT de la Dirección de Promoción del Turismo, el Informe Nº 023-2024-PROMPERÚ/GG-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 128-2024-PROMPERÚ/GG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, según el artículo 2 de la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, la entidad es competente para formular, aprobar y ejecutar estrategias y planes de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones, de conformidad con las políticas, estrategias y objetivos sectoriales;

Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala en el numeral 43.4 del artículo 43 que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de una Resolución de su Titular, establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y los respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal;

Que, por Resolución de Secretaría General Nº 178-2015- PROMPERÚ/SG y modificatorias, se aprobó la Carta de Servicios de PROMPERÚ, como documento de gestión que contiene la descripción de los servicios no exclusivos brindados por PROMPERÚ, así como las condiciones y limitaciones para su prestación, incluyendo el precio de venta y descuentos en los servicios que corresponden;

Que, a través del literal c) del artículo 66 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ, corresponde a la Subdirección de Promoción del Turismo Interno promover a nivel nacional, los productos, circuitos y destinos turísticos, mediante los diversos instrumentos de promoción que conlleven al fortalecimiento del turismo interno; asimismo, según el literal f) del mencionado artículo, la citada Subdirección tiene como una de sus funciones el promover la implementación y uso de plataformas tecnológicas para la promoción nacional de turismo entre los actores involucrados en la promoción del turismo interno;

Que, mediante documentos de Vistos, la Subdirección de Promoción de Turismo Interno, a conformidad de la Dirección de Promoción del Turismo, propone la modificación de los Servicios N° 3, N° 4 y N° 6 de la Carta de Servicios de PROMPERÚ, Sección: Dirección de Promoción del Turismo;

Que, conforme al literal f) del artículo 22 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ, corresponde a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, conducir y supervisar el proceso de formulación y actualización de políticas, directivas, procedimientos, manuales y otros documentos necesarios para la gestión institucional;

Que, a través del informe de Vistos, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, evalúa y emite opinión favorable respecto a la propuesta realizada por la Subdirección de Promoción del Turismo Interno de la Dirección de Promoción del Turismo recomendando aprobar la modificación de los siguientes: (i) Servicio N° 3: Participación en Ferias Nacionales de Turismo, versión 04; (ii) Servicio N° 4: Participación en Ruedas de Negocios Nacionales de Turismo, versión 04; y, (iii) Servicio N° 6: Publicación de Ofertas de Servicios Turísticos y Complementarios en la Plataforma Digital Y TÚ QUÉ PLANES?, versión 02. De igual forma, la citada Oficina luego de evaluar la propuesta realizada y en mérito a las modificaciones propuestas por la citada Subdirección, recomiendan actualizar el Formato FO-DT-TUR-021 “Aceptación de las condiciones generales de uso de la plataforma digital Y TÚ QUÉ PLANES? (Versión 02);

Que, a través del documento de Vistos, la Oficina de Asesoría Jurídica, señala que resulta viable legalmente la emisión del acto administrativo a fin de aprobar la recomendación realizada por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto;

Que, mediante el literal b) del numeral 1.2. del artículo 1 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 001-2024-PROMPERÚ/PE, se delega al Gerente General la facultad de aprobar las directivas, manuales, políticas internas, procedimientos, incluyendo la Carta de Servicios de la Entidad, sus modificatorias, y otros documentos necesarios para la gestión institucional;

De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; el literal g) del artículo 15 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ, aprobado por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 060-2019-PROMPERÚ/PE, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 001-2024-PROMPERÚ/PE; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 032-2024-PROMPERÚ/PE;

Con el visto bueno de la Dirección de Promoción del Turismo, la Subdirección de Promoción del Turismo Interno, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la modificación de los siguientes Servicios de la Carta de Servicios de PROMPERÚ, comprendidos en la Sección: Dirección de Promoción del Turismo:

- Servicio N° 3: Participación en Ferias Nacionales de Turismo; y, en consecuencia, aprobarse la Ficha del citado Servicio N° 3 – versión 4 (3 folios); que, como anexo, forma parte de la presente resolución.

- Servicio N° 4: Participación en Ruedas de Negocios Nacionales de Turismo; y, en consecuencia, aprobarse la Ficha del citado Servicio N° 4 – versión 4 (3 folios); que, como anexo, forma parte de la presente resolución.

- Servicio N° 6: Publicación de Ofertas de Servicios Turísticos y Complementarios en la Plataforma Digital Y TÚ QUÉ PLANES?; y, en consecuencia, aprobarse la Ficha del citado Servicio N° 6 – versión 2 (4 folios); que, como anexo, forma parte de la presente resolución.

Artículo 2.- Aprobar la modificación del Formato FO-DT-TUR-021: Aceptación de las Condiciones Generales de Uso de la Plataforma Digital Y TÚ QUÉ PLANES? (versión 2), que como Anexo (06 folios) forma parte de la presente resolución.

Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Administración la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación.

Artículo 4.- Disponer que el responsable de la actualización de la información del Portal de Trasparencia Estándar de PROMPERÚ, realice la publicación correspondiente en el mencionado Portal, el mismo día de publicada la presente Resolución en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS E. CASTILLO SÁNCHEZ

Gerente General

Carta de Servicios de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ

Dirección de Promoción del Turismo

Servicio N° 3: Participación en Ferias Nacionales de Turismo

1. Descripción:

Evento dirigido al consumidor final, en el que se congrega en un único lugar a un grupo de agencias de viajes y turismo y/o establecimientos de hospedajes con el objetivo de difundir e impulsar la comercialización de la oferta turística de los destinos a nivel nacional.

2. Alcance:

El servicio se desarrolla a nivel nacional.

3. Unidad orgánica responsable de brindar el servicio:

Subdirección de Promoción del Turismo Interno.

Requisitos

Precio de venta

Forma de pago

Inscripción/Presentación de documentos

1. Ser una agencia de viaje y turismo, o un establecimiento de hospedaje.

2. Contar con un mínimo de experiencia específica de dos (2) años prestando servicios turísticos a nivel nacional, contabilizados a partir de la fecha de inicio de actividades registrada en la SUNAT1.

3. Haberse registrado como socios de la plataforma web “Y tú qué planes” accediendo a: https://bit.ly/4cbfPxh2

4. Completar el Formulario de Solicitud de Participación a la Feria Nacional de Turismo, el mismo que estará activo conforme a la programación del evento, a través del siguiente enlace: https://bit.ly/3Pg5beO.

5. No tener adeudos en PROMPERÚ.

Gratuito

No aplica

Para la participación en Ferias Nacionales de Turismo

Completar y enviar el formulario de participación a través del siguiente enlace:

https://bit.ly/3Pg5beO

Para la aceptación de condiciones generales

Enviar a través de Ventanilla Virtual de PROMPERÚ:

https://ventanillavirtual.promperu.gob.pe/

Carta de Servicios de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ

Dirección de Promoción del Turismo

Servicio N° 3: Participación en Ferias Nacionales de Turismo

Notas:

I. Participación:

1.1 Las agencias de viajes y turismo, y establecimientos de hospedajes que deseen participar en una Feria Nacional de Turismo, deberán completar el formulario de solicitud de participación en Ferias Nacionales de Turismo, el mismo que estará publicado y activo conforme a la programación del evento, a través del siguiente enlace: https://bit.ly/3Pg5beO. Cabe señalar que, antes de completar el formulario deberá estar inscrito como socio en la plataforma “Y tú qué planes” y cumplir con los requisitos de participación.

1.2 Una vez recibida la Solicitud, PROMPERÚ revisará la información registrada y realizará la evaluación correspondiente de las agencias de viajes y turismo, y establecimientos de hospedaje postulantes a fin de determinar su admisión en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la fecha de cierre de la convocatoria. Los resultados de la selección de participantes serán comunicados vía correo electrónico.

1.3 Las agencias de viajes y turismo, y establecimientos de hospedaje admitidos deberán remitir la Aceptación de las Condiciones Generales de Participación en Eventos Nacionales e Internacionales de Turismo, debidamente completada y suscrita, en original y en formato PDF, a través de la Ventanilla Virtual de PROMPERÚ: https://ventanillavirtual.promperu.gob.pe/, a más tardar dentro de los tres (3) días hábiles siguientes desde su notificación vía correo electrónico. Solo en caso que se requiera que se precise, subsane o complete alguna información consignada en la “Aceptación de las Condiciones Generales de Participación en Eventos Nacionales e Internacionales de Turismo”, PROMPERÚ otorgará al solicitante un plazo máximo de tres (3) días hábiles contados a partir de su notificación para que este precise, subsane o complete la información indicada. En caso que la agencia de viajes y turismo, y el establecimiento de hospedaje no cumpla con precisar, subsanar o completar la información en el plazo establecido, se considerará como no presentada la solicitud y, por ende, sin efecto para su participación en la feria.

1.4 Los cupos serán asignados una vez admitida la Solicitud de Participación, máximo un (1) cupo por agencia de viajes y turismo, y establecimiento de hospedaje.

II. Disponibilidad de cupos:

II.1. Los cupos disponibles para cada Feria Nacional de Turismo serán distribuidos entre las regiones Nor Amazónica3, Centro4 y Sur5, según corresponda el objetivo y estrategia del evento.

II.2. La fecha máxima para la presentación de la Solicitud y documentación requerida, serán establecidos para ambos casos en el aviso de convocatoria.

II.3. Las agencias de viajes y turismo, y establecimientos de hospedaje que no lograron ser admitidos, podrán ser incluidas en una lista de espera. La inclusión en dicha lista no asegura un espacio en la feria.

1 Este requisito solo aplica para las agencias de viaje y turismo.

2 Como parte de los requisitos para ser empresa socia de la plataforma web “Y tú qué planes” deberá contar con:

1) Manual de ventas y material promocional, digital, que detalle los productos o paquetes del destino Perú, o servicios turísticos, redactado en idioma español y

2) Encontrarse inscrita en el Directorio Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos del MINCETUR o quien haga sus veces.

3 Comprende los siguientes departamentos del país: Amazonas, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, San Martín, Loreto, Piura y Tumbes.

4 Comprende los siguientes departamentos del país: Lima, Callao, Huancavelica, Ancash, Huánuco, Ucayali, Ica, Junín y Pasco.

5 Comprende los siguientes departamentos del país: Cusco, Tacna, Moquegua, Arequipa, Madre de Dios, Puno, Ayacucho y Apurímac.

Carta de Servicios de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ

Dirección de Promoción del Turismo

Servicio N° 3: Participación en Ferias Nacionales de Turismo

PENALIDADES POR DESISTIMIENTO

Comunicación del desistimiento

Penalidad

Menos de 15 días calendario antes de la fecha de inicio del evento.

PROMPERÚ se reserva el derecho de no admitir su participación en próximos eventos nacionales de turismo promovidos por la entidad por un periodo no menor a dos (2) años contados desde la fecha de su notificación.

Carta de Servicios de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ

Dirección de Promoción del Turismo

Servicio N° 4: Participación en Ruedas de Negocios Nacionales de Turismo

1. Descripción:

Evento dirigido a la cadena comercial, en el que se congrega en un único lugar a un grupo de agencias de viajes y turismo y/o establecimientos de hospedajes en calidad de expositores y compradores con el objetivo de concretar citas de negocios e impulsar la comercialización de la oferta turística de los destinos a nivel nacional.

2. Alcance:

El servicio se desarrolla a nivel nacional.

3. Unidad orgánica responsable de brindar el servicio:

Subdirección de Promoción del Turismo Interno.

Requisitos

Precio de venta

Forma de pago

Inscripción/Presentación de documentos

1. Ser una agencia de viaje y turismo, o un establecimiento de hospedaje.

2. Contar con un mínimo de experiencia específica de dos (2) años prestando servicios turísticos a nivel nacional, contabilizados a partir de la fecha de inicio de actividades registrada en la SUNAT1.

3. Haberse registrado como socios de la plataforma web “Y tú qué planes” accediendo a: https://bit.ly/4cbfPxh2

4. Completar el Formulario de Solicitud de Participación a la Rueda de Negocios Nacional de Turismo, el mismo que estará activo conforme a la programación del evento, a través del siguiente enlace: https://bit.ly/3Pg5beO.

5. No tener adeudos en PROMPERÚ.

Gratuito

No aplica

Para la participación en Ruedas de Negocios Nacionales de Turismo

Completar y enviar el formulario de participación a través del siguiente enlace:

https://bit.ly/3Pg5beO

Para la aceptación de Condiciones Generales

Enviar a través de Ventanilla Virtual de PROMPERÚ:

https://ventanillavirtual.promperu.gob.pe/

Carta de Servicios de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ

Dirección de Promoción del Turismo

Servicio N° 4: Participación en Ruedas de Negocios Nacionales de Turismo

Notas:

I. Participación:

1.1. Las agencias de viajes y turismo, y establecimientos de hospedajes que deseen participar en una Rueda de Negocio Nacional de Turismo, deberán completar el formulario de solicitud de participación en Ruedas de Negocios Nacionales de Turismo, el mismo que estará publicado y activo conforme a la programación del evento, a través del siguiente enlace: https://bit.ly/3Pg5beO. Cabe señalar que, antes de completar el formulario deberá estar inscrito como socio en la plataforma “Y tú qué planes” y cumplir con los requisitos de participación.

1.2. Una vez recibida la Solicitud, PROMPERÚ revisará la información registrada y realizará la evaluación correspondiente de las agencias de viajes y turismo, y establecimientos de hospedaje postulantes a fin de determinar su admisión en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la fecha de cierre de la convocatoria. Los resultados de la selección de participantes serán comunicados vía correo electrónico.

1.3. Las agencias de viajes y turismo, y establecimientos de hospedaje admitidos deberán remitir la Aceptación de las Condiciones Generales de Participación en Eventos Nacionales e Internacionales de Turismo, debidamente completada y suscrita, en original y en formato PDF, a través de la Ventanilla Virtual de PROMPERÚ: https://ventanillavirtual.promperu.gob.pe/, a más tardar dentro de los tres (3) días hábiles siguientes desde su notificación vía correo electrónico. Solo en caso que se requiera que se precise, subsane o complete alguna información consignada en la “Aceptación de las Condiciones Generales de Participación en Eventos Nacionales e Internacionales de Turismo”, PROMPERÚ otorgará al solicitante un plazo máximo de tres (3) días hábiles contados a partir de su notificación para que este precise, subsane o complete la información indicada. En caso que la agencia de viajes y turismo, y el establecimiento de hospedaje no cumpla con precisar, subsanar o completar la información en el plazo establecido, se considerará como no presentada la solicitud y, por ende, sin efecto para su participación en la Rueda de Negocios Nacional de Turismo.

1.4. Los cupos serán asignados una vez admitida la Solicitud de Participación, máximo un (1) cupo por agencia de viajes y turismo, y establecimiento de hospedaje.

II. Disponibilidad de cupos:

II.1. Los cupos disponibles para cada Rueda de Negocios Nacional de Turismo serán distribuidos entre las regiones Nor Amazónica3, Centro4 y Sur5, según corresponda el objetivo y estrategia del evento.

II.2. La fecha máxima para la presentación de la Solicitud y documentación requerida, serán establecidos para ambos casos en el aviso de convocatoria.

II.3. Las agencias de viajes y turismo, y establecimientos de hospedaje que no lograron ser admitidos, podrán ser incluidas en una lista de espera. La inclusión en dicha lista no asegura un espacio en la Rueda de Negocios Nacional de Turismo.

ACEPTACIÓN DE LAS CONDICIONES GENERALES DE USO DE LA PLATAFORMA DIGITAL Y TÚ QUÉ PLANES?

1 Algo de Valor, incluye, pero no se limita a dinero (efectivo, descuentos, créditos), servicios (médicos, educación u otros), regalos (joyas, autos, ropa, arte, equipos, tratamientos, etc.), viajes (boletos de avión, hoteles, etc.), donaciones benéficas, entre otros.

2 Funcionario Público, significa: (1) Cualquier persona que ocupe un cargo oficial, como empleado (a tiempo completo o parcial), funcionario o director, con cualquier gobierno, agencia, departamento o instrumento de la misma, incluyendo una empresa propiedad del estado o controlada por el Estado; (2) Miembros de las Fuerzas Armadas; (3) Funcionarios de organizaciones internacionales públicas como las Naciones Unidas, el Fondo Monetario Internacional u otras similares; (4) cualquier persona que “desempeñe una función oficial”, como una delegación de autoridad del gobierno para desempeñar funciones oficiales, incluida una asignación específica del proyecto.

3 Persona de interés, significa: (a) un funcionario público como se define líneas arriba; (b) un partido político, un funcionario de un partido político (incluyendo miembros de consejo consultivo o consejo ejecutivo de un partido político) o un candidato a un cargo político; (c) un miembro de familia inmediata, como un padre, cónyuge, hermano, hijo o los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad de una persona en la categoría (a) o (b).

4 Terceros involucrados: Accionistas, directores, afiliados, agentes, representantes, empleados, consultores, intermediarios, contratistas, socios comerciales y a los parientes de estos hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad que actúen en nombre de LA EMPRESA para la ejecución del presente Contrato.

2280462-1