Aprueban la tercera modificación del Manual del Clasificador de Cargos de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento
RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL
N° 00061-2024-SUNASS-GG
Lima, 16 de abril de 2024
VISTOS:
Los Informes Nos. 0022-2024-SUNASS-OAF- URH y 00005-2024-SUNASS-OPPM-UM de la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración y Finanzas; y de la Unidad de Modernización de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, así como el Memorándum Complementario N° 00468-2024-SUNASS-OAF-URH1 de la Unidad de Recursos Humanos y el Memorándum N° 00279-2024-SUNASS-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 6 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil (en adelante, Ley N° 30057), señala que las oficinas de recursos humanos de las entidades públicas, o las que hagan sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector, teniendo entre sus funciones, ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por Autoridad Nacional del Servicio Civil- SERVIR y por la entidad; supervisar, desarrollar y aplicar iniciativas de mejora continua en los procesos que conforman el Sistema de Gestión de Recursos Humanos; así como gestionar los perfiles de puestos.
Que, el artículo 3 del Reglamento General de la Ley N° 30057, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM y sus modificatorias (en adelante, Reglamento de la Ley N° 30057), señala que el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos se encuentra conformado por siete (7) subsistemas, de los cuales, el Subsistema de organización del trabajo y su distribución define las características y condiciones de ejercicio de las funciones, así como los requisitos de idoneidad de las personas llamadas a desempeñarlas; asimismo, los procesos que se consideran dentro de este subsistema son: a) Diseño de los puestos, y, b) Administración de puestos.
Que, la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción (en adelante, Ley Nº 31419), tiene por objeto establecer los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fin de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función; señala, entre otros, en su Segunda Disposición Complementaria Final que las entidades públicas, cuando corresponda, formulan o adecúan, de manera gradual, sus instrumentos de gestión en el marco del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, conforme a lo dispuesto en la referida ley.
Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley N° 31419, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, precisa que para el cumplimiento de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31419, cuando corresponda, las entidades actualizan o modifican sus instrumentos de gestión de recursos humanos, en el marco de los lineamientos aprobados por SERVIR para la elaboración, aprobación, actualización y modificación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional o el Cuadro de Puestos de la entidad y el Manual de Clasificador de Cargos o el Manual de Perfiles de Puestos, según corresponda.
Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, SERVIR formalizó la aprobación de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, denominada “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional” (en adelante, la Directiva), la cual contiene, entre otras, las reglas que permiten a las entidades públicas, elaborar, aprobar, modificar y actualizar su Manual de Clasificador de Cargos, asimismo, establece que SERVIR brinda, a través de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, asistencia técnica y/o capacitaciones a las entidades públicas para el cumplimiento de los lineamientos emitidos.
Que, el literal c) del numeral 5.1. del acápite 5 de la Directiva, define al Manual de Clasificador de Cargos (MCC) como el documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasificación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad.
Que, asimismo, el numeral 6.1.4 de la Directiva señala que la información dispuesta sobre los cargos estructurales debe contener, como mínimo, lo referente a clasificación, sigla, denominación, funciones y requisitos (Anexo N° 5); debiendo recurrir, en adición a los documentos citados en el numeral 6.1.3 de la misma, a la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, y al Manual de Organización y Funciones (MOF) vigente de la entidad, de corresponder.
Que, el numeral 6.1.7 de la Directiva, señala que “la Oficina de Recursos Humanos o la que haga las veces debe elevar la propuesta de MCC al/a titular de la entidad, previa opinión favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia; asimismo, dispone que de obtener la validación, el/a titular de la entidad aprueba el MCC y gestiona la publicación de la resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia; y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales en la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad”.
Que, de acuerdo con el numeral 6.1.10 de la citada Directiva “Las modificaciones que se den en el MCC, motivadas por la inclusión o eliminación de cargos estructurales, y/o el aseguramiento del cumplimiento de lo señalado en los numerales 6.1.4, 6.1.6 y 6.1.11 de la presente directiva, se aprueban y publican siguiendo las reglas dispuestas en los numerales 6.1.7, 6.1.8 y 6.1.9 de la presente Directiva”.
Que, en atención a ello, mediante Resolución de Gerencia General N° 025-2023-SUNASS-GG se aprobó el Manual de Clasificador de Cargos de la Sunass, el cual fue modificado a través de la Resolución de Gerencia General N° 00118-2023-SUNASS-GG y la Resolución de Gerencia General N° 0140-2023-SUNASS-GG.
Que, a través del Informe N° 0022-2024- SUNASS-OAF-URH de vistos, la Unidad de Recursos Humanos manifestó que el 2 de agosto de 2023, SERVIR realizó una asistencia técnica a la Sunass, concluyéndose que, actualmente, las entidades públicas para actualizar o modificar los perfiles de puestos incluidos en el MOF, pueden modificar el MCC, asimismo, sustentó la modificación del contenido del MCC2 modificando cuatro (4) fichas de cargos estructurales del MCC, de acuerdo con la estructura del anexo 5 de la Directiva y con lo establecido en la Ley N° 31419 y su Reglamento, respectivamente.
Que, mediante el Informe N° 00005-2024- SUNASS-OPPM-UM de vistos, la Unidad de Modernización otorgó opinión favorable a la propuesta de modificación del MCC, indicando que las fichas de cargos estructurales específicas se encuentran alineadas al Reglamento de Organización y Funciones de la entidad y han sido elaboradas conforme a la Directiva y recomienda continuar con el trámite de aprobación de la propuesta de modificación del MCC.
Que, a través del Memorándum N° 00279- 2024-SUNASS-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica, considera que resulta legalmente viable aprobar la tercera modificación del MCC mediante resolución de Gerencia General.
Que, el literal j) del Artículo IV del Título Preliminar del Reglamento de la Ley N° 30057, establece la definición del Titular de la entidad, señalando que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la Entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública.
Que, el artículo 11 de la sección primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunass, aprobado mediante Decreto Supremo N° 145-2019-PCM dispone que el Gerente General es la máxima autoridad administrativa y como tal, ostenta la competencia para aprobar la modificación del MCC de la SUNASS.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y sus modificatorias; el Reglamento General de la Ley N° 30057, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM y sus modificatorias; la Directiva N° 006-2021- SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, cuya aprobación fue formalizada con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE; y, la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunass, aprobado por Decreto Supremo N° 145-2019-PCM; y con la opinión favorable y vistos de la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración y Finanzas, de la Unidad de Modernización de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y la Oficina de Asesoría Jurídica.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- APROBAR la tercera modificación del Manual del Clasificador de Cargos de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento aprobado por Resolución de Gerencia General N° 025-2023-SUNASS-GG y modificado mediante Resoluciones de Gerencia General N° 00118-2023-SUNASS-GG y N° 0140-2023-SUNASS-GG, que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2°.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el Portal de Transparencia, en el Portal Institucional de la SUNASS (www.sunass.gob.pe).
Artículo 3°.- DISPONER la publicación del Manual de Clasificador de Cargos que forma parte integrante de la resolución en el Portal de Institucional, el mismo día en que se publica la presente resolución en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MANUEL FERNANDO MUÑOZ QUIROZ
Gerente General
1 Cabe mencionar que, a través del Memorándum 00468-2024-SUNASS-OAF-URH la Unidad de Recursos Humanos precisó que, si bien mediante el Informe No. 0022-2024-SUNASS-OAF-URH se hizo referencia a la primera modificación del Manual de Clasificador de Cargos; lo correcto es señalar que dicha modificación corresponde a la tercera modificación del Manual.
2 A través de la comunicación electrónica de fecha 25 de agosto de 2023, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de SERVIR, a través del señor Alfredo Rivas Montenegro manifestó entre otros aspectos que: ”Sobre ello, consideramos que lo dispuesto en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y Cuadro para asignación de Personal Provisional” no limita a la elaboración de solo una ficha de información por cada cargo estructural del MCC, por lo cual, si la entidad presenta la necesidad de incluir más de una, se considera posible”.
2280330-1