Aprueban la “Directiva para el Registro de la Información de las Prestaciones Otorgadas a los Asegurados del Seguro Integral de Salud (SIS) en el Formato Único de Atención (FUA)” y sus anexos
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 000050-2024-SIS/J
La Victoria, 17 de abril del 2024
VISTOS: El Acta Nº 003-2024-SIS-OGPPDO, Acta de Reunión de la Propuesta de Directiva para el Registro de la Información de las Prestaciones Otorgadas a los Asegurados del Seguro Integral de Salud (SIS) en el Formato Único de Atención (FUA; el Memorándum Nº 000593-2024-SIS/GREP, el Informe Nº 000007-2024-SIS/GREP-CFS de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones; el Informe Nº 000052-2024-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; el Informe Legal Nº 000221-2024-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2011-SA y modificado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA, señala que el Seguro Integral de Salud es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud que cuenta con personería jurídica de derecho público interno, autonomía técnica, funcional, económica, financiera y administrativa, y constituye un Pliego Presupuestal con independencia para ejercer sus funciones con arreglo a ley;
Que, la Única Disposición Complementaria Final del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1163, aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2014-SA, otorga al SIS facultades para aprobar disposiciones administrativas relacionadas a los procesos de afiliación, financiamiento, control de riesgo, control prestacional, control financiero, facturación, tarifas, mecanismos, modalidades de pago y desarrollo de planes complementarios, en el marco de la normativa vigente;
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 000022-2024-SIS/J, se aprobó la Directiva Nº 001-2024-SIS-OGPPDO-V.01 que regula la elaboración, modificación, actualización y/o aprobación de los documentos normativos del SIS y sus anexos, con el objetivo de establecer y estandarizar las disposiciones para la elaboración, aprobación, difusión, implementación, evaluación y actualización de los documentos normativos del Seguro Integral de Salud, a fin de mejorar la operatividad de los procesos de la entidad, generándose valor público en beneficio de los asegurados;
Que, con Resolución Jefatural Nº 015-2021/SIS, se aprobó la Directiva Nº 001-2021-SIS/GREP-V.01: “Directiva Administrativa para la Gestión del Formato Único de Atención (FUA) en las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) Públicas, Privadas o Mixtas en el marco de los Convenios o Contratos aprobados por el Seguro Integral de Salud”;
Que, mediante Acta Nº 003-2024-SIS-OGPPDO, Acta de Reunión de la Propuesta de Directiva para el Registro de la Información de las Prestaciones Otorgadas a los Asegurados del Seguro Integral de Salud (SIS) en el Formato Único de Atención (FUA), se acordó: “(…) Finalmente, según Acta de Reunión Nº 003 -2024-SIS-OGPPDO – Acta de Conformidad del 11 de abril del 2024, luego de una revisión final de la propuesta de directiva, cuya denominación final es: “Directiva para el Registro de la Información de las Prestaciones Otorgadas a los Asegurados del Seguro Integral de Salud (SIS) en el Formato Único de Atención (FUA)”, se acordó dar conformidad a dicha versión final, y el principal acuerdo que dicha propuesta de directiva entrará en vigencia a partir del 01 de junio del 2024, tal como consta en el Acta de Conformidad de Reunión Nº 003 -2024-SIS-OGPPDO (…)”;
Que, mediante Memorando Nº 000593-2024-SIS/GREP, Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones remite el Informe Nº 000007-2024-SIS/GREP-CFS, con el cual sustenta la propuesta de “Directiva para el Registro de la Información de las Prestaciones Otorgadas a los Asegurados del Seguro Integral de Salud (SIS) en el Formato Único de Atención (FUA)”, bajo los siguientes fundamentos: “(…) El Formato Único de Atención (FUA) Administrativo, se implementa debido a que las Unidades Desconcentradas Regionales del SIS (UDR) están dedicando parte de su capacidad operativa en la elaboración de los expedientes administrativos para el reconocimiento de la prestación por traslados de emergencia y prestación por asignación de alimentación en casas maternas para gestantes y/o puérperas. El objetivo institucional que se espera alcanzar con la implementación de la FUA administrativa es la reasignación de la mencionada carga operativa a las entidades responsables de que se brinden los servicios relacionados con dicha prestación administrativa (DIRESA, GERESA, DIRIS, UGIPRESS, IPRESS y Unidades ejecutoras) y que las mismas digiten en los aplicativos institucionales la información que le es necesaria a la Gerencia de Negociación y Financiamiento (GNF) para la autorización o denegación de financiamiento a dichas prestaciones, haciéndose un uso más eficiente de la capacidad operativa de las UDR. Por lo tanto, la propuesta de mejora del FUA para las prestaciones de salud e implementación de un FUA para las prestaciones administrativas (prestaciones por traslado de emergencia y prestaciones por asignación de alimentación en casas maternas para gestantes y/o puérperas), brindaría la oportunidad de mejorar la calidad de la atención a nuestros asegurados
(…)”;
Que, mediante Informe Nº 0000052-2024-SIS/OGPPDO, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional del Seguro Integral de Salud emite opinión técnica favorable respecto de la la propuesta de “Directiva para el Registro de la Información de las Prestaciones Otorgadas a los Asegurados del Seguro Integral de Salud (SIS) en el Formato Único de Atención (FUA)”;
Que, con Informe Legal Nº 000221-2024-SIS/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, sobre la base a las opiniones de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones del Seguro Integral de Salud, y conforme al marco normativo aplicable, considera que resulta viable que la Jefatura del Seguro Integral de Salud emita la Resolución Jefatural que: i) deje sin efecto la versión actualizada de la Directiva Nº 001-2021-SIS/GREP-V.01: “Directiva Administrativa para la Gestión del Formato Único de Atención (FUA) en las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) Públicas, Privadas o Mixtas en el marco de los Convenios o Contratos aprobados por el Seguro Integral de Salud; y ii) apruebe la Directiva Nº 002-2024-SIS/GREP-V.01: “Directiva para el Registro de la Información de las Prestaciones Otorgadas a los Asegurados del Seguro Integral de Salud (SIS) en el Formato Único de Atención (FUA)” y sus anexos;
Que, el numeral 11.5 del artículo 11 del aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2011-SA y modificado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA, establece que corresponde a la Jefatura del Seguro Integral de Salud aprobar las normas, directivas, procedimientos y actividades que posibiliten el cumplimiento de los objetivos institucionales;
Con el visto del Gerente de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones; de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Secretario General; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1163, Decreto Legislativo que aprueba disposiciones para el fortalecimiento del Seguro Integral de Salud; en el Decreto Supremo Nº 030-2014-SA, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1163 y sus modificatorias; en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modificado por el Decreto Supremo Nº 002-2016-SA; en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; y, en la Resolución Jefatural Nº 000022-2024-SIS/J, que aprueba la Directiva Nº 001-2024-SIS-OGPPDO-V.01 que regula la elaboración, modificación, actualización y/o aprobación de los documentos normativos del SIS y sus anexos.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Directiva Nº 002-2024-SIS/GREP-V.01: “Directiva para el Registro de la Información de las Prestaciones Otorgadas a los Asegurados del Seguro Integral de Salud (SIS) en el Formato Único de Atención (FUA)” y sus anexos, el cual entrará en vigencia a partir del 01 de junio del 2024.
Artículo 2.- Dejar sin efecto, desde el 31 de mayo del 2024, la Directiva Nº 001-2021-SIS/GREP-V.01: “Directiva Administrativa para la Gestión del Formato Único de Atención (FUA) en las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) Públicas, Privadas o Mixtas en el marco de los Convenios o Contratos aprobados por el Seguro Integral de Salud”, aprobada con Resolución Jefatural Nº 015-2021/SIS.
Artículo 3.- Encargar a la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones la implementación de la Directiva aprobada en el artículo de la presente resolución.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución jefatural en el diario oficial El Peruano, y en la misma fecha, la Resolución y sus anexos en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FLOR DE MARÍA PHILIPPS CUBA
Jefa del Seguro Integral de Salud
2280831-1