Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Designan Director II de la Dirección de Voluntariado de la Dirección General de Población Desarrollo y Voluntariado del Ministerio

Designan Director II de la Dirección de Voluntariado de la Dirección General de Población, Desarrollo y Voluntariado del Ministerio

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 150-2024-MIMP

Lima, 18 de abril de 2024

CONSIDERANDO:

Que, se encuentra vacante el cargo de confianza de Director/a II de la Dirección de Voluntariado de la Dirección General de Población, Desarrollo y Voluntariado del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; en consecuencia, es necesario designar a la persona que desempeñará dicho cargo;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Dirección General de Población, Desarrollo y Voluntariado, de la Oficina General de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial Nº 362-2023-MIMP;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Designar al señor FRANCISCO JAVIER AMPUERO NAVARRO en el cargo de confianza de Director II de la Dirección de Voluntariado de la Dirección General de Población, Desarrollo y Voluntariado del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANGELA TERESA HERNANDEZ CAJO

Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

2281072-1