Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 a favor del Servicio Nacional de Sanidad Agraria

Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 a favor del Servicio Nacional de Sanidad Agraria

DECRETO SUPREMO

Nº 055-2024-EF

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley Nº 31954, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, establece que cuando, luego de la evaluación periódica de los recursos previstos en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, resulte necesario realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, incluyendo, de ser el caso, las contrapartidas asociadas a las operaciones de endeudamiento contratadas y no ejecutadas, el Poder Ejecutivo queda autorizado para que, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, realice las mencionadas modificaciones presupuestarias, únicamente, respecto de aquellos Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito en proceso de desembolso o con contratos de préstamo suscritos; precisando en el numeral 3.2 del citado artículo que dicha acción deberá ser informada a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República durante los primeros cinco (05) días hábiles de haber sido realizada;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 207-2018-EF, se aprueba la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), hasta por la suma de US$ 100 000 000,00 (CIEN MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS) destinada a financiar parcialmente el “Programa de Desarrollo de la Sanidad Agraria y la Inocuidad Agroalimentaria – Fase II”, con cargo a la Línea de Crédito Condicional - CCLIP acordada con el citado Banco, aprobada mediante el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 174-2008-EF; suscribiéndose el Contrato de Préstamo Nº 4457/OC-PE;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 099-2021-EF, se aprueba la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el BID, hasta por la suma de US$ 114 300 000,00 (CIENTO CATORCE MILLONES TRESCIENTOS MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente el Programa de Infraestructura Vial para la Competitividad Regional - PROREGION 1; suscribiéndose el Contrato de Préstamo Nº 5247/OC-PE;

Que, mediante el Oficio Nº 0034-2024-MTC/09, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) comunica al Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) que la Unidad Ejecutora 010: Provías Descentralizado del Ministerio de Transportes y Comunicaciones cuenta con saldos de libre disponibilidad por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, en el proyecto de inversión “Mejoramiento de la carretera EMP PE-38 (DV. MAMUTA) – EMP PE-40A; EMP PE-40A – EMP PE.40 (ANCOCHULPO TRIPARTITO); EMP PE.1S DV. SAMA GRANDE) – EMP PE-38 (DV. CHUCATAMANI); EMP TA-529 (HUANUARA) - EMP TA-515; EMP.TA-511- EMP TA-524 (CAIRANI); EMP TA-529 (ANCOCALA) - DV ANCOCALA; EMP.TA-517 – EMP TA – 518 (YARABAMBA); EMP TA-530 - EMP.TA-104; EMP.TA-544 (CAICO) - EMP.PE-36A; EMP.TA-105 (PAMPUYO) - EMP.TA-103, por niveles de servicios; distrito de Sama - provincia de Tacna - departamento de Tacna”, con Código Único de Inversiones (CUI) Nº 2527998, por la suma de S/ 25 838 957,00 (VEINTICINCO MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES);

Que, mediante el Oficio Nº 0783-2024-MIDAGRI-SG, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI) solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, a favor del SENASA, con cargo a los saldos de libre disponibilidad del MTC, por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, para financiar los proyectos de inversión “Mejoramiento de la inocuidad de los alimentos agropecuarios de producción y procesamiento primario y piensos” con Código Único de Inversiones (CUI) Nº 2344004 y “Erradicación de la mosca de la fruta en los departamentos de Piura, Tumbes, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas, Apurímac, Cusco y Puno” con Código Único de Inversiones (CUI) Nº 2343984, los mismos que forman parte del Programa de Desarrollo de la Sanidad Agraria e Inocuidad Agroalimentaria – Fase II; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº 103-2024-MIDAGRI-SG/OGPP-OPRES de la Oficina de Presupuesto y el Informe Nº 0123-2024-MIDAGRI-SG/OGPP-OPMI de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del MIDAGRI, así como el Informe Nº D000004-2024-MIDAGRI-SENASA-OPDI-UPP de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional del SENASA, con los respectivos sustentos;

Que, mediante el Memorando Nº 0112-2024-EF/52.04, la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de sus competencias, opina favorablemente respecto a la Transferencia de Partidas del MTC a favor del SENASA, por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, para financiar la ejecución de los proyectos de inversión “Mejoramiento de la inocuidad de los alimentos agropecuarios de producción y procesamiento primario y piensos” con Código Único de Inversiones (CUI) Nº 2344004 y “Erradicación de la mosca de la fruta en los departamentos de Piura, Tumbes, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas, Apurímac, Cusco y Puno” con Código Único de Inversiones (CUI) Nº 2343984;

Que, asimismo, mediante los Memorandos Nº 0104-2024-EF/63.04 y Nº 0160-2024-EF/63.04, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, señala que como resultado de la revisión de la información registrada en el Banco de Inversiones, los proyectos de inversión “Mejoramiento de la inocuidad de los alimentos agropecuarios de producción y procesamiento primario y piensos” con Código Único de Inversiones (CUI) Nº 2344004 y “Erradicación de la mosca de la fruta en los departamentos de Piura, Tumbes, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas, Apurímac, Cusco y Puno” con Código Único de Inversiones (CUI) Nº 2343984 se encuentran viables, en estado activo y sin observaciones;

Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 25 838 957,00 (VEINTICINCO MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) a favor del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA), para financiar lo señalado en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo establecido en el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley Nº 31954, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto

Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 25 838 957,00 (VEINTICINCO MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), a favor del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA), para financiar la ejecución de los proyectos de inversión “Mejoramiento de la inocuidad de los alimentos agropecuarios de producción y procesamiento primario y piensos” con Código Único de Inversiones (CUI) Nº 2344004 y “Erradicación de la mosca de la fruta en los departamentos de Piura, Tumbes, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas, Apurímac, Cusco y Puno” con Código Único de Inversiones (CUI) Nº 2343984, los mismos que forman parte del Programa de Desarrollo de la Sanidad Agraria e Inocuidad Agroalimentaria – Fase II, vinculado a la operación de endeudamiento externo aprobada mediante Decreto Supremo Nº 207-2018-EF, con cargo a los recursos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 036 : Ministerio de Transportes y Comunicaciones

UNIDAD EJECUTORA 010 : Provías Descentralizado

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 0138 : Reducción del costo, tiempo e inseguridad en el sistema de transporte.

PROYECTO 2527998 : MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA EMP PE-38 (DV. MAMUTA)–EMP PE- 40 A; EMP PE-40A–EMP PE.40 (ANCOCHULPO TRIPARTITO); EMP PE.1S DV. SAMA GRANDE)–EMP PE-38 (DV. CHUCATAMANI); EMP TA-529 (HUANUARA) - EMP TA -515; EMP. TA- 511–EMP TA -524 (CAIRANI); EMP TA-529 (ANCOCALA) – DV ANCOCALA; EMP. TA-517–EMP TA-518 (YARABAMBA); EMP TA-530 – EMP. TA-104; EMP. TA-544 (CAICO) – EMP. PE-36A; EMP. TA-105 (PAMPUYO) – EMP. TA-103, POR NIVELES DE SERVICIOS; DISTRITO DE SAMA - PROVINCIA DE TACNA - DEPARTAMENTO DE TACNA

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito

GASTOS DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 25 838 957,00

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TOTAL EGRESOS 25 838 957,00

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A LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 160 : Servicio Nacional de Sanidad Agraria

UNIDAD EJECUTORA 002 : Programa de Desarrollo de Sanidad Agropecuaria - PRODESA

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 0040 : Mejora y Mantenimiento de la Sanidad Vegetal

PROYECTO 2343984 : Erradicación de la mosca de la fruta en los departamentos de Piura, Tumbes, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas, Apurímac, Cusco y Puno

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito

GASTOS DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 20 520 797,00

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 0041 : Mejora de la Inocuidad Agroalimentaria

PROYECTO 2344004 : Mejoramiento de la inocuidad de los alimentos agropecuarios de producción y procesamiento primario y piensos

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito

GASTOS DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 5 318 160,00

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TOTAL EGRESOS 25 838 957,00

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Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional

2.1 El Titular del Pliego habilitador y del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2. La desagregación de los ingresos de los recursos autorizados en la presente Transferencia de Partidas, en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, se registra en la partida de ingresos 1.8.1.1.2.1 “Banco Interamericano de Desarrollo - BID”; y, se presenta junto con la resolución a la que se hace referencia en el numeral precedente.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.4 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de abril del año dos mil veinticuatro.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

JOSE BERLEY ARISTA ARBILDO

Ministro de Economía y Finanzas

2281071-1