Autorizan la reducción del presupuesto institucional del Año Fiscal 2024 del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0099-2024-MIDAGRI
Lima, 18 de abril de 2024
VISTOS:
El Memorando N° 0777-2024-MIDAGRI-SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 227-2024-MIDAGRI-SG/OGPP-OPRES de la Oficina de Presupuesto y el Informe N° 0420-2024-MIDAGRI-SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 31953 se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 y con la Resolución Ministerial N° 0423-2023-MIDAGRI se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego;
Que, el Decreto de Urgencia N° 006-2024, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera para la sostenibilidad fiscal, el equilibrio presupuestario y la eficiencia del gasto público, establece en el numeral 11.1 de su artículo 11 que, en los casos que fuera necesario una modificación en las estimaciones de ingresos y saldos de balance por las fuentes de financiamiento Donaciones y Transferencias y Recursos Directamente Recaudados, se autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, hasta el 30 de abril de 2024, a reducir su presupuesto institucional aprobado respecto de los recursos correspondientes a las mencionadas fuentes de financiamiento; asimismo, el numeral 11.2 del mismo artículo señala que la modificación del presupuesto institucional autorizada en el numeral 11.1 se aprueba mediante resolución del titular del pliego para el caso de las entidades del Gobierno Nacional, que se publica en el diario oficial El Peruano y se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;
Que, la Oficina de Presupuesto ha emitido el Informe N° 227-2024-MIDAGRI-SG/OGPP-OPRES, con el que propone aprobar la reducción del Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, hasta por la suma de S/ 2 633 034,00 (Dos Millones Seiscientos Treinta y Tres Mil Treinta y Cuatro y 00/100 Soles) en la Fuente de Financiamiento 4. Donaciones y Transferencias, en la Unidad Ejecutora 001. Ministerio de Agricultura - Administración Central, en aplicación del artículo 11 del Decreto de Urgencia N° 006-2024;
Que, la referida propuesta de reducción cuenta con la opinión favorable de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emitida con el Memorando N° 0777-2024-MIDAGRI-SG/OGPP;
Con los respectivos visados del Secretario General, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
Que, de conformidad con la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público Para el Año Fiscal 2024; el Decreto de Urgencia N° 006-2024, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera para la sostenibilidad fiscal, el equilibrio presupuestario y la eficiencia del gasto público; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto; la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 0009-2024-EF/50.01; la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por la Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorización
Autorizar una modificación presupuestal en el nivel institucional, en el marco de lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto de Urgencia N° 006-2024, reduciendo el presupuesto institucional del Año Fiscal 2024, del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, en la Fuente de Financiamiento 4. Donaciones y Transferencias, hasta por la suma de S/ S/ 2 633 034,00 (Dos Millones Seiscientos Treinta y Tres Mil Treinta y Cuatro y 00/100 Soles) de acuerdo al Anexo que forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2.- Notas para Modificación Presupuestaria
La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución.
Artículo 3.- Remisión
Remitir copia de la presente Resolución, dentro de los cinco (05) días calendario siguientes de aprobada, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, a la Contraloría General de la República y a la Dirección General de Presupuesto Público, de acuerdo a lo previsto en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
Artículo 4.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano; y, en el mismo día, la publicación de dicha Resolución y del Anexo que aprueba en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS
Ministro de Desarrollo Agrario y Riego
2280654-1