Modifican el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por la Ordenanza
Nº 476/MDSM
ORDENANZA Nº 493/MDSM
San Miguel, 1 de abril de 2024
EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL
El Concejo Municipal de San Miguel, en Sesión de fecha 26 de marzo del presente año;
VISTOS, el Memorando Nº 343-2024-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, el Informe Nº 082-2024-OAJ/MDSM emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 205-2024-OPP/MDSM emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando Nº 093-2024-GESECI/MDSM emitido por la Gerencia de Seguridad Ciudadana, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, Leyes de Reforma Constitucional, y el artículo II del Título Preliminar de Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el Reglamento de Organización y Funciones “ROF” de la Municipalidad Distrital de San Miguel, aprobada por Ordenanza Nº 476/MDSM, está orientada al esfuerzo institucional y al cumplimiento de su misión y objetivos institucionales, asimismo contiene las funciones generales y específicas de cada nivel de organización.
Que, la Municipalidad Distrital de San Miguel, en concordancia con el Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, que aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno en todos sus niveles, se encuentra orientada a la adopción de un enfoque de gestión basado en procesos, el cual se vincula directamente con el objetivo general de “Orientar, articular e impulsar en todas las entidades públicas, el proceso de modernización hacia una gestión pública para resultados que impacte positivamente en el bienestar del ciudadano y el desarrollo del país”, para lo cual se han tomado en cuenta los procesos necesarios para el funcionamiento de la Institución, considerando los objetivos y resultados esperados planteados en el Plan Estratégico Institucional.
Que, con fecha 11 de marzo del 2024, mediante Memorando Nº 093-2024-GESECI/MDSM la Gerencia de Seguridad Ciudadana remite la propuesta de Modificación de la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones-ROF, respecto al numeral 6 del artículo 96º relacionado al Centro de Operaciones de Emergencia Distrital “COED”; esta modificación pretende desconcentrar las funciones de la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastre (dependiente a la Gerencia de Seguridad Ciudadana) al COED, distribuyendo las competencias del COED, de tal modo que, se haga más eficiente a esta administración púbica, evitando la acumulación de carga documentaria a la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, y con ello, la ineficiencia de la actividad de esta administración.
Que, en el artículo 46º del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, relacionado a la modificación del ROF establece que: “Se requiere la modificación de un ROF, en los siguientes supuestos. Por Modificación parcial. Este supuesto se da por la reasignación o modificación de funciones entre unidades de organización sin que se afecte la estructura orgánica o cuando la afectación de la estructura orgánica se debe a una disminución del número de unidades de organización por nivel organizacional”.
Que, contando con el pronunciamiento favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente;
ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA
Nº 476/MDSM, QUE APRUEBA EL REGLAMENTO
DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
Artículo 1º.- MODIFICAR el numeral 6 del artículo 96º de la Ordenanza Nº 476/MDSM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 96º.- Funciones de la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres
(…)
6. Implementar, supervisar y orientar el continuo funcionamiento del centro de Operaciones de Emergencia Distrital (COED), para la oportuna toma de decisiones ante emergencias y desastres.
(…)
Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia de Municipal, Gerencia de Seguridad Ciudadana y demás unidades orgánicas competentes, el cumplimiento y monitoreo de la presente ordenanza.
Artículo 3º.- PUBLICAR la presente Ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano”, así como en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www.munisanmiguel.gob.pe).
Regístrese, publíquese y cúmplase.
Eduardo Bless Cabrejas
Alcalde
2277133-1