Aprueban transferencia financiera por la Retribución Económica, mediante el SIAF, seleccionando el tipo de operación TF (Transferencia Financiera Otorgada), a favor de la Unidad Ejecutora 002-1698: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades, para el periodo 2023
UNIVERSIDAD NACIONAL DE JULIACA
COMISIÓN ORGANIZADORA
RESOLUCIÓN DE CONSEJO
DE COMISIÓN ORGANIZADORA
Nº 126-2024-CCO-UNAJ
Juliaca, 14 de marzo de 2024
VISTOS:
El Oficio N° 000998-2024-CG/GRECE, de fecha 29 de febrero de 2024; Informe N° 106-2024-OPP-CO/UNAJ, de fecha 06 de marzo de 2024; Informe N° 064-2024-DGA-P-CO/UNAJ, de fecha 08 de marzo de 2024; Acuerdo N° 207-2023-SO-CCO-UNAJ de Sesión Ordinaria de Consejo de Comisión Organizadora de fecha 13 de marzo de 2024; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto por el Art. 18°, 4to párrafo de la Constitución Política del Estado, cada Universidad es autónoma en su régimen normativo de gobierno, académico, administrativo y económico. Las Universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la constitución y las leyes;
Que, la Ley Universitaria Ley N° 30220, en su Art. 8°, establece que el Estado reconoce la autonomía Universitaria, la autonomía inherente a las Universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable, esta autonomía se manifiesta en los siguientes regímenes: Normativo, de Gobierno, Académico, Administrativo y Económico;
Que, el segundo párrafo del Art. 29°, de la norma en marras establece que la Comisión Organizadora tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamento y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que, de acuerdo a la presente Ley le correspondan;
Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final, de la Ley 30742, establece “[…], Las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina general de administración y el jefe de la oficina de presupuesto o los que hagan sus veces en el pliego. La resolución del titular del pliego y el acuerdo de consejo regional se publican en el diario oficial El Peruano y el acuerdo del concejo municipal se publica en la página web del gobierno local respectivo”;
Que, mediante la Directiva N° 005-2022-CG/GAD, en el numeral 7.2 Proceso de Designación de las Sociedades de Auditoria, el proceso de designación de las SOA para efectuar auditoria financiera gubernamental a las entidades es administrado por la GAD y ejecutado por la Unidad de Gestión de Sociedades de Auditoria. El proceso de designación de las SOA comprende: a) Actos previos, b) Concurso Público de Méritos o Concurso de Méritos por Invitación, c) Designación de SOA. Las entidades son incorporadas en los CPM luego que han pagado por el derecho por designación y que la transferencia financiera por retribución económica ha sido incorporada al presupuesto de la CGR, conforme a los establecido en la Ley N° 27785 y su modificatoria, […];
Que, mediante Oficio N° 000998-2024-CG/GRECE, de fecha 29 de febrero de 2024, el Gerente de Recursos Estratégicos de la Contraloría General de la República, reitera por segunda vez la solicitud de transferencia financiera e información para designar y contratar una Sociedad de Auditoría, por los periodos 2023 y 2024;
Que, mediante Informe N° 106-2024-OPP-CO/UNAJ, de fecha 06 de marzo de 2024, el Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, informa que la entidad cuenta con disponibilidad presupuestal a efectos de proceder con la atención de transferencia de la retribución económica por la Auditoría-Financiera Gubernamental del periodo 2023, en el marco presupuestal institucional del presente año fiscal 2024, asimismo precisa que respecto a la transferencia de retribución económica del periodo 2024, por el monto de S/ 40,479.00, se da previsión presupuestal para el año fiscal 2025;
Que, mediante Informe N° 064-2024-DGA-P-CO/UNAJ, de fecha 08 de marzo de 2024, la Dirección General de Administración, de la verificación de la documentación obrante en el expediente, remite los mismos a efecto de que sea tratado en sesión de consejo y sea aprobado mediante acto resolutivo;
Que, mediante Acuerdo N° 207-2023-SO-CCO-UNAJ de Sesión Ordinaria de Consejo de Comisión Organizadora de fecha 13 de marzo de 2024, se acordó POR UNANIMIDAD; APROBAR la transferencia financiera de la Retribución Económica, mediante el SIAF, seleccionando el tipo de operación TF (Transferencia Financiera Otorgada), a favor de la Unidad Ejecutora 002-1698: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades, por el periodo 2023; APROBAR el pago del derecho de designación en la cuenta corriente de la Unidad Ejecutora 002 de la CGR-Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades, N° 00-068-379121 del Banco de la Nación CCI:018-068-00006837912174, RUC 20603348541;
En uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Art. 18°, de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 30220, Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU modificado mediante Resolución Viceministerial N° 055-2022-MINEDU, modificado mediante Resolución Viceministerial N° 053-2023-MINEDU y el Estatuto de la UNAJ;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR la transferencia financiera por la Retribución Económica, mediante el SIAF, seleccionando el tipo de operación TF (Transferencia Financiera Otorgada), a favor de la Unidad Ejecutora 002-1698: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades, para el periodo 2023, según el siguiente detalle:
CONCEPTO |
MONTO A TRANSFERIR S/ |
100% Retribución económica (incluye IGV) del periodo 2023 |
40,479.00 |
Artículo Segundo.- NOTIFICAR a la Dirección General de Administración, el presente acto resolutivo, a fin de que tome las acciones pertinentes, con el objeto de concretar lo dispuesto en el presente acto resolutivo, ello bajo responsabilidad.
Artículo Tercero.- DISPONER que el responsable del Portal de Gestión y Atención al Cliente-PGA, realice la publicación del presente acto resolutivo en el Diario Oficial el Peruano.
Artículo Cuarto.- DISPONER que la Oficina de Tecnologías de la Información, publique el presente acto resolutivo en el portal web de la institución (www.unaj.edu.pe).
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
EDELFRÉ FLORES VELÁSQUEZ
Presidente
Comisión Organizadora
JOSÉ LUIS PACHECO CÁCERES
Secretario General
2271893-1