Autorizan viaje de cadetes navales a España, en misión de estudios
Resolución Ministerial
Nº 00350-2024-DE
Lima, 15 de abril del 2024
VISTOS:
El Oficio Nº 2253/52 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio Nº 00810-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal Nº 00528-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Carta s/n de fecha 30 de enero de 2024, el Director de la Escuela Naval Militar de Marín de la Armada Española hace extensiva la invitación para que una delegación de la Escuela Naval del Perú, conformada por tres (3) Cadetes Navales para que participen en la “VI Regata Internacional de Academias Navales”, a realizarse en la Escuela Naval Militar de Marín, ubicada en la villa de Marín, Reino de España, del 19 al 21 de abril de 2024; asimismo, la Escuela Naval Militar del Reino de España proveerá el alojamiento, manutención y el transporte desde y hacia los aeropuertos de Vigo (VGO) o Santiago de Compostela (SCQ) a los cadetes navales participantes;
Que, con Oficio Nº 364/52, el Director General de Educación de la Marina de Guerra del Perú hace de conocimiento al Comandante General de la referida Institución Armada que, se ha designado a la Cadete de Cuarto Año Nicole Maricielo CHIRINOS FUENTES, al Cadete de Segundo Año Carlos Alonso LAJO FLORES y a la Cadete de Primer Año Yildyz Ymasumac CORNELIO CELESTINO, para que participen en la citada actividad;
Que, a través del Informe Legal Nº 010-2024/AS-DGE, la Jefatura de la Oficina de Asesoría Legal de la Dirección General de Educación de la Marina opina que es viable autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal naval antes mencionado, para que participen en la “VI Regata Internacional de Academias Navales”, a realizarse en la Escuela Naval Militar de Marín, ubicada en la villa de Marín, Reino de España, del 19 al 21 de abril de 2024;
Que, conforme a lo señalado en la Exposición de Motivos, suscrita por el Jefe de Secretaría de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, de los cadetes navales que participarán en la “VI Regata Internacional de Academias Navales”; por cuanto, les permitirá adquirir nuevos conocimientos, los cuales contribuirán significativamente en la instrucción náutica de los referidos cadetes navales, con la finalidad de posteriormente verter los conocimientos adquiridos en provecho de su Institución;
Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 046-2024, suscrita por el Jefe de la Oficina General de Administración, el Director General de Educación de la Marina y el Jefe de Secretaría de la Secretaría de la Comandancia General de dicha Institución Armada, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;
Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 062-2024, la Oficina de Planes, Programas y Presupuestos de la Sub-Unidad Ejecutora 01 “Personal y Bienestar” de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente viaje al exterior, en misión de estudios; asimismo, con la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0000000101, emitida por la Dirección de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina de Guerra del Perú, se garantiza el financiamiento del presente viaje al exterior;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de garantizar la participación oportuna de los cadetes designados durante la totalidad del referido programa, resulta necesario autorizar su salida del país con dos (2) días de anticipación, así como su retorno dos (2) días después del término del mismo, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;
Que, con el Oficio Nº 00810-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico Nº 209-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización del citado viaje al exterior;
Que, con Informe Legal Nº 00528-2024-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en misión de estudios, de la Cadete de Cuarto Año Nicole Maricielo CHIRINOS FUENTES, del Cadete de Segundo Año Carlos Alonso LAJO FLORES y de la Cadete de Primer Año Yildyz Ymasumac CORNELIO CELESTINO, para que participen en el Programa de Intercambio para Academias Extranjeras, en la “VI Regata Internacional de Academias Navales”, a realizarse en la Escuela Naval Militar de Marín, ubicada en la villa de Marín, Reino de España, del 19 al 21 de abril de 2024; así como, autorizar su salida del país el 17 de abril y su retorno el 23 de abril de 2024, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, de la Cadete de Cuarto Año Nicole Maricielo CHIRINOS FUENTES, identificada con CIP Nº 00230091 y DNI Nº 74422028, del Cadete de Segundo Año Carlos Alonso LAJO FLORES, identificado con CIP Nº 00212295 y DNI Nº 74132703, y de la Cadete de Primer Año Yildyz Ymasumac CORNELIO CELESTINO, identificada con CIP Nº 00215326 y DNI Nº 74963722, para que participen en el Programa de Intercambio para Academias Extranjeras, en la “VI Regata Internacional de Academias Navales”, a realizarse en la Escuela Naval Militar de Marín, ubicada en la villa de Marín, Reino de España, del 19 al 21 de abril de 2024, así como autorizar su salida del país el 17 de abril y su retorno al país el 23 de abril de 2024.
Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos: Lima – Vigo (Reino de España) – Lima
Clase económica
US$ 2,371.84 x 3 personas US$ 7,115.52
Total a pagar: US$ 7,115.52
Artículo 3.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de personal autorizado.
Artículo 4.- Los gastos de alojamiento, manutención y transporte desde y hacia los aeropuertos, serán sufragados por la Escuela Naval Militar del Reino de España, no incluyendo pasajes aéreos internacionales que serán sufragados por la Marina de Guerra del Perú.
Artículo 5.- El Cadete Naval más antiguo deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 6.- Los citados Cadetes Navales, revistarán en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período de tiempo que dure la misión de estudios en el extranjero.
Artículo 7.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Walter Enrique Astudillo Chávez
Ministro de Defensa
2279688-1