Aprueban la extensión del horizonte temporal del Plan Estratégico Institucional – PEI del Ministerio de Educación al 2027; quedando denominado como “Plan Estratégico Institucional - PEI del Ministerio de Educación, periodo 2019 – 2027”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 167-2024-MINEDU
Lima, 15 de abril de 2024
VISTOS, los documentos contenidos en el Expediente N° UPP2024-INT-0223078; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, la función de dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes;
Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN como organismo de derecho público cuya finalidad es constituirse como órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico;
Que, el numeral 7.2 de la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional“, aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 026-2017-CEPLAN/PCD, modificada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00009-2021/CEPLAN/PCD, dispone que las Políticas de Estado, en consonancia con la visión de país, se concretan en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional – PEDN; las políticas nacionales, sectoriales y multisectoriales, en el marco de las Políticas de Estado y de conformidad con la Política General de Gobierno, se concretan en los planes estratégicos sectoriales - PESEM y los planes estratégicos multisectoriales – PEM; las políticas territoriales, a nivel regional y local, se concretan en los planes de desarrollo regional concertado - PDRC y planes de desarrollo local concertado – PDLC y las políticas institucionales en el marco de las políticas nacionales y territoriales según corresponda, se concretan en los planes estratégicos institucionales - PEI y los planes operativos institucionales – POI;
Que, la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada mediante la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD y modificatorias (en adelante, la Guía para el Planeamiento Institucional), tiene como objetivo establecer las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modificación del Plan Estratégico Institucional – PEI y el Plan Operativo Institucional – POI, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua;
Que, los numerales 4.1 y 4.2 de la Guía para el Planeamiento Institucional, establecen que el PEI es un instrumento de gestión que define la estrategia del Pliego para lograr sus objetivos, en un periodo mínimo de tres (3) años, a través de iniciativas diseñadas para producir una mejora en el bienestar de la población a la cual sirve; y que, para el planeamiento institucional, el Titular de la entidad conforma una Comisión de Planeamiento Estratégico bajo su liderazgo, en la cual participan tanto funcionarios de la Alta Dirección como aquellos a cargo de los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo, y otros órganos que el órgano resolutivo designe, dependiendo de la estructura organizacional de la entidad;
Que, el numeral 5.7 de la Guía para el Planeamiento Institucional, dispone que el Pliego remite su PEI por correo electrónico al CEPLAN, el cual verifica y valida la metodología, la consistencia y coherencia del PEI con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional y la Política General de Gobierno, y emite un informe técnico, el cual contiene la Evaluación de Diseño del PEI; asimismo, se dispone que luego de contar con dicho informe, el Titular del Pliego emite el acto resolutivo de aprobación del PEI y dispone su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 675-2018-MINEDU, se conforma la Comisión de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio de Educación (MINEDU), de carácter permanente, encargada de la aplicación del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; así como, el Equipo Técnico de Planeamiento Estratégico Institucional del MINEDU, el cual tiene por función asistir a la Comisión en la elaboración o modificación del PEI y POI;
Que, con la Resolución Ministerial N° 737-2018-MINEDU, se aprueba el Plan Estratégico Institucional – PEI del Ministerio de Educación para el periodo 2019 – 2022; el mismo que fue actualizado con las Resoluciones Ministeriales N° 253-2020-MINEDU, N° 180-2021-MINEDU y N° 187-2022-MINEDU. Asimismo, mediante la Resolución Ministerial N° 344-2022-MINEDU, se aprueba el Plan Estratégico Institucional – PEI del Ministerio de Educación, periodo 2019 – 2026 modificado;
Que, conforme a lo establecido en el literal a) del artículo 30 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, es función de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, formular, proponer y evaluar el plan estratégico sectorial multianual y el plan estratégico institucional, así como las políticas y los planes de corto, mediano y largo plazo, en el marco de sus competencias y en concordancia con la normatividad vigente;
Que, mediante el Comunicado N° 0003-2024/CEPLAN, el CEPLAN comunica que, con el objetivo de garantizar la vinculación de los Planes Estratégicos Institucionales con los PESEM aprobados; y con la finalidad de iniciar la implementación de estos y de facilitar la elaboración, el registro y la aprobación del POI Multianual 2025-2027, informa a las entidades las consideraciones con respecto a los Planes Estratégicos Institucionales, asimismo, se dispone facilitar el proceso de ampliación de la temporalidad del PEI;
Que, con el Oficio N° 00027-2024-MINEDU/SPE, la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación solicita al CEPLAN, emitir opinión técnica sobre la propuesta de ampliación del Plan Estratégico Institucional - PEI del Ministerio de Educación, periodo 2019 – 2026 modificado, el cual se sustenta a través del Informe N° 00035-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, elaborado por la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto;
Que, mediante el Oficio N° 000213-2024-CEPLAN-DNCP, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN, remite el Informe Técnico Nº 000061-2024-CEPLAN-DNCPPEI, a través del cual verifica y valida que el Plan Estratégico Institucional del Ministerio de Educación, periodo 2019-2027, ha sido ampliado en aplicación a las orientaciones que establece el Comunicado N° 0003-2024/CEPLAN y la Guía para el Planeamiento Institucional;
Que, a través del Oficio N° 00348-2024-MINEDU/SPE-OPEP, la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto remite a la Secretaría de Planificación Estratégica, el Informe N° 00420-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, por el cual la Unidad de Planificación y Presupuesto sustenta la propuesta de ampliación del Plan Estratégico Institucional - PEI del Ministerio de Educación, periodo 2019 – 2027, precisando que cuenta con la validación del CEPLAN;
Que, con el Acta del Equipo Técnico de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio de Educación, de fecha 20 de marzo de 2024, se valida el contenido de la propuesta de ampliación del Plan Estratégico Institucional - PEI del Ministerio de Educación, periodo 2019 – 2027; asimismo, con los Memorándums N° 00038-2024-MINEDU/VMGP, N° 00043-2024-MINEDU/VMGI, N° 00093-2024-MINEDU/SG y N° 00037-2024-MINEDU/SPE, la Viceministra de Gestión Pedagógica, la Viceministra de Gestión Institucional, la Secretaria General y el Secretario de Planificación Estratégica, respectivamente, en su calidad de miembros de la Comisión de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio de Educación, validan la citada propuesta;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 026-2017-CEPLAN/PCD, que aprueba la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, y modificatoria; y la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD, que aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación
Aprobar la extensión del horizonte temporal del Plan Estratégico Institucional – PEI del Ministerio de Educación al 2027; quedando denominado como “Plan Estratégico Institucional - PEI del Ministerio de Educación, periodo 2019 – 2027”, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MORGAN NICCOLO QUERO GAIME
Ministro de Educación
2279651-1