Aceptan renuncia de fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de la Selva Central
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 1207-2024-MP-FN
Lima, 21 de mayo de 2024
VISTOS:
Los oficios N°s. 1014, 972 y 927-2024-MP-FN-PJFS SELVACENTRAL, de fechas 10, 5 y 2 de abril de 2024, respectivamente, y;
CONSIDERANDO:
Mediante escritos recepcionados el 1 y 5 de abril de 2024, la abogada Karen Mayte Aparcana Valdivia, fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de la Selva Central, designada en el despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Puerto Bermúdez - Oxapampa, presenta su carta de renuncia al cargo, por motivos estrictamente de salud, solicitando la exoneración del plazo de ley y señalando como último día de labores el 29 de abril de 2024.
Asimismo, la referida carta de renuncia, cuenta con el visto bueno de su jefe inmediato, la abogada Yovana Quinto Corilloclla, fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de la Selva Central, designada en el despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Puerto Bermúdez - Oxapampa.
A través de los oficios de vistos, el abogado José Luis Díaz Artica, en ese entonces, encargado del despacho de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de la Selva Central y la abogada Janet Rossana Almeyda Escobar, presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de la Selva Central, elevan la citada carta de renuncia, a través de la Carpeta Electrónica Administrativa (CEA) al Despacho de la Fiscalía de la Nación, otorgando el visto bueno respectivo.
El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, señala que el cargo de fiscal termina por motivo de renuncia, desde que es aceptada.
El artículo 183 del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, señala que: El término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma.
En ese sentido, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la revisión de los actuados, resulta necesario aceptar la renuncia de la referida magistrada, debiéndose considerar como último día de labores el 29 de abril de 2024.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y modificatorias.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Karen Mayte Aparcana Valdivia, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de la Selva Central y su designación en el despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Puerto Bermúdez - Oxapampa, por consiguiente dejar sin efecto, la prórroga de la vigencia de su nombramiento y designación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N°s. 2800-2023-MP-FN y 3634-2023-MP-FN, de fechas 25 de octubre y 27 de diciembre de 2023, respectivamente, a partir del 30 de abril de 2024; sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento a la abogada Karen Mayte Aparcana Valdivia que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN, “Normas para la entrega de cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de la Selva Central, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal y a la abogada mencionada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA
Fiscal de la Nación (i)
2290745-1