Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Noroeste
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 1200-2024-MP-FN
Lima, 21 de mayo de 2024
VISTO:
El oficio Nº 001416-2024-MP-FN-PJFSLIMA NOROESTE, de fecha 22 de abril de 2024, y;
CONSIDERANDO:
Mediante escrito recepcionado el 17 de abril de 2024, el abogado Gregorio Córdova Huamán, fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, designado en el Pool de Fiscales de Ventanilla, presenta su carta de renuncia al cargo cuyo nombramiento se efectuó con reserva de su plaza administrativa de origen, por motivos personales y familiares, solicitando la exoneración del plazo de ley y señalando como último día de labores el 22 de abril de 2024.
A través del oficio de visto, el abogado Jorge Veiga Reyes, en ese entonces, presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, entre otros, eleva la citada carta de renuncia, a través de la Carpeta Electrónica Administrativa (CEA) al Despacho de la Fiscalía de la Nación.
El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, señala que el cargo de fiscal termina por motivo de renuncia, desde que es aceptada.
El artículo 183 del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, señala que: El término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma.
En ese sentido, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la revisión de los actuados, resulta necesario aceptar la renuncia del referido magistrado, debiéndose considerar como último día de labores el 22 de abril de 2024.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y modificatorias.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Gregorio Córdova Huamán, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Noroeste y su designación en el Pool de Fiscales de Ventanilla, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación n.os 638-2018-MP-FN y 462-2020-MP-FN, de fechas 22 de febrero de 2018 y 2 de marzo de 2020, respectivamente, a partir del 23 de abril de 2024; sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado Gregorio Córdova Huamán que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN, “Normas para la entrega de cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal y al abogado mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA
Fiscal de la Nación (i)
2290732-1