Declaran en comisión de servicio a Rector de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, para que participe en evento a realizarse en España
Universidad nacional
de san Antonio abad del cusco
Secretaría general
RESOLUCIóN N° R-683-2024-UNSAAC
Cusco, 9 de mayo de 2024
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO.
VISTO, el Oficio S/Nro. presentado por el Sr. SANTIAGO MUÑOZ MACHADO, director de la Real Academia Española y presidente de la Asociación de Academias de la Lengua Española, cursando gentil invitación al Señor Rector de la UNSAAC al acto oficial de presentación de la RED PANHISPANICA DE LENGUAJE CLARO, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante comunicación de Visto, el Sr. SANTIAGO MUÑOZ MACHADO, director de la real Academia Española y Presidente de la Asociación de Academias de la Lengua Española, cursa gentil invitación al Dr. Eleazar Crucinta Ugarte, Rector de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco al acto oficial de presentación de la RED PANHISPÁNICA DE LENGUAJE CLARO, que, en el marco de su I Convención, se celebrará el próximo día 21 de mayo, bajo la presidencia de Su Majestad el Rey, en la sede de la Real Academia Española (RAE).
Que, asimismo indica que la Red Panhispánica de Lenguaje Claro, impulsada por la Real Academia Española, se constituyó oficialmente el 9 de junio de 2022 en un solemne acto celebrado en la Corte Suprema de Justicia de la República de Chile. Su propósito esencial es fomentar el lenguaje claro y accesible como fundamento de los valores democráticos y de ciudadanía, así como promover el compromiso de las autoridades y de las entidades que prestan servicios de interés general para asegurarlo en todos los ámbitos.
Que, del mismo modo indica que al referido acto oficial asistirán el Secretario General Iberoamericano, los directores y presidentes de las Academias de la ASALE, así como autoridades, responsables de instituciones públicas y representantes de la sociedad civil de la esfera iberoamericana, dada la relevancia de la UNSAAC, para la Real Academia Española, en su condición de anfitriona, sería un honor contar con su presencia en este acto y en el resto de las actividades de la Convención, cuyo programa se adjunta;
Que, por tal motivo el Dr. Eleazar Crucinta Ugarte, debe ser declarado en Comisión de Servicio del 17 al 25 de mayo de 2024, asimismo, se le otorgue pasajes aéreos Cusco-Lima-Madrid-Lima-Cusco y la asignación de viáticos nacionales e internacionales correspondientes;
Que, al respecto la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido la Certificación de Crédito Presupuestario Nota Nro.0000001151-2024 señalando que existe disponibilidad para atender lo solicitado por un total de S/ 8,808.16 (Ocho Mil Ochocientos Ocho con 16/100 soles), conforme el anexo que forma parte de la presente Resolución;
Que, a la fecha en lo concerniente a la ejecución de gasto público, está vigente la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; especialmente la Ley que regula viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos Nro. 27619, Reglamentado por el D.S. Nro. 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002; Normas Legales que establecen procedimientos rigurosos para dichos fines;
Que, al respecto el Art. 1º de la Ley 27619, ordena expresamente que los viajes al exterior de servidores de las Universidades Públicas, se autorizan mediante Resolución de la más alta autoridad; asimismo el Art. 3 de la referida Ley señala que las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;
Que, al respecto se debe señalar que en los últimos quince días por diferentes motivos no se han desarrollado sesiones de Consejo Universitario; razón por la cual la Autoridad Universitaria ha dispuesto se emita la resolución con cargo de dar cuenta al Consejo Universitario;
Que, en este sentido la presente resolución deberá ser suscrita por la señora Vicerrectora Académica de la Institución, por deber de abstención del señor Rector de la UNSAAC, conforme lo regulado en el Art. 99° del Texto Único Ordenado de la Ley 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General;
Estando a lo solicitado; Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, Ley 27619, D.S. 047-2002-PCM, y en uso de las atribuciones conferidas a este Consejo Universitario por la Ley y Estatuto Universitario;
RESUELVE:
Primero.- DECLARAR EN COMISIÓN DE SERVICIO al DR. ELEAZAR CRUCINTA UGARTE, Rector de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco del 17 al 25 de mayo de 2024, quien se constituirá en la ciudad de Madrid-España para participar en el acto oficial de presentación de la RED PANHISPÁNICA DE LENGUAJE CLARO organizado por la Real Academia Española y la Asociación de Academias de la Lengua Española, en merito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Segundo.- AUTORIZAR a la Dirección General de Administración, otorgue a favor del DR. ELEAZAR CRUCINTA UGARTE, lo siguiente:
- Pasajes aéreos Cusco-Lima-Madrid-Lima-Cusco
- Viáticos nacionales por dos (02) días en el importe de S/ 380.00 día
(correspondiente a los días 17 y 25 de mayo de 2024.
- Viáticos internacionales por cuatro (04) días en el importe de $540.00 día, al cambio en moneda nacional TC 3.726 (correspondiente a los días 19,20,21 y 22 de mayo de 2024
Tercero.- EL EGRESO se atenderá de acuerdo a la Certificación de Crédito Presupuestario Nota Nro.0000001151-2024 de acuerdo a los anexos que forman parte de la presente Resolución.
Cuarto.- DISPONER, que la Unidad de Abastecimiento de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad con lo establecido en el Art. 3º de la Ley 27619.
Quinto.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación del Sr. Rector de presentar ante la Dirección General de Administración, el Formato Nro. 1 Declaración de Compromiso; asimismo está en la obligación de presentar la rendición de cuenta documentada con los comprobantes de pago que constituyen la sustentación del gasto (Facturas, Boletas de Venta y/o Electrónica, Tickets, Boletos de Viaje y Declaración de Gastos realizados solamente por movilidad local y otros gastos diversos en el lugar de Comisión de Servicio e hasta por el 30 % del monto total y el 70% deberá de sustentarse con alimentación y alojamiento (caso de no adjuntar gastos de alojamiento se tomara hasta un 40% en alimentación), debidamente girados a nombre de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco-UNSAAC, por concepto de ALIMENTACIÓN, ALOJAMIENTO Y/O MOVILIDAD LOCAL; rendición de cuentas que debe ser presentada en el plazo máximo de diez (10) días hábiles, computados desde su retorno a la ciudad del Cusco, perdiendo el derecho luego del citado periodo, el Formato 3 deberá ser remitido de manera virtual al Correo Electrónico Institucional área.integracioncontable@unsaac.edu.pe el mismo día de la presentación de la documentación física, con tenor “Rendición de Cuentas, Resolución Nro., Nombre del Beneficiario, Formatos Nros. 02, 03 y 04 aprobados con Resolución Nro. CU-309-2020-UNSAAC de fecha 10 de setiembre de 2020 proporcionados por el Área de Tesorería de la Dirección General de Administración; igualmente presentará ante el Área de Escalafón copia del certificado correspondiente, asimismo informe ante el Despacho Rectoral y Consejo Universitario, respectivamente.
Sexto.- DISPONER que al vencimiento del plazo establecido, la Dirección General de Administración, deberá comunicar el incumplimiento a la Unidad de Talento Humano, para la correspondiente retención en Planilla Única de Pagos y demás acciones contempladas en el Numeral 7.1.6.3 de la DIRECTIVA PARA AUTORIZACIÓN DE VIAJES Y OTORGAMIENTO DE VIÁTICOS POR COMISIÓN DE SERVICIO DENTRO Y FUERA DEL PAÍS de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, aprobada por Resolución Nro. CU-309-2020-UNSAAC.
El Vicerrectorado Académico adoptará las medidas complementarias del caso, para el cumplimiento de la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y archívese.
PAULINA TACO LLAVE
Rectora (e)
MARIA MYLUSKA VILLAGARCIA ZERECEDA
Secretaria General (e)
2288342-1