Designan Asesor de la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS)
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
N° D000088-2024-CONADIS-PRE
Lima, 21 de mayo del 2024
VISTOS:
La Nota N° D000323-2024-CONADIS-GG de la Gerencia General, el Informe Técnico N° D000001-2024-CONADIS-URH-EETY y el Informe N° D000122-2024-CONADIS-URH, emitidos por la Unidad de Recursos Humanos; la Nota N° D000257-2024-CONADIS-OAJ y el Informe N° D000257-2024-CONADIS-OAJ, emitidos por la Oficina de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de dicha Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad, la cual surte efecto a partir de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia;
Que, respecto a la contratación de personal directivo, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales, determina que el personal establecido en los numerales 1, 2, e inciso a) del numeral 3 del artículo 4 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público (Funcionario Público, Empleado de Confianza y Directivo Superior), contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 del referido decreto legislativo; siendo que este personal solamente puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la entidad;
Que, además, el numeral 28.3 del artículo 28 del Reglamento de la Ley N° 31419, aprobado con Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, establece que, respecto a la verificación de impedimentos para el acceso a la función pública, el informe que emita la Oficina de Recursos Humanos, o la que haga sus veces, debe contener la verificación de que la persona propuesta no cuente con impedimentos para el acceso a la función pública. Para tal efecto se revisa obligatoriamente la información proporcionada por la Plataforma de Debida Diligencia del Sector Público, el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles, el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles y el Registro de Deudores Alimentarios Morosos. Adicionalmente, debe considerarse los registros disponibles vinculados a cargos y funciones específicas creadas con normas con rango de ley, según se detalla en el Compendio Normativo sobre Impedimentos para el Acceso a la Función Pública, Anexo Nº 01 al citado Reglamento;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 310-2022-MIMP, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional, del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), el cual contempla el cargo estructural de Asesor/a de Presidencia, considerándolo como empleado de confianza;
Que, asimismo, mediante Resolución de Gerencia General N° D000003-2024-CONADIS-GG publicado en el diario oficial “El Peruano” el 10 de enero de 2024, se aprueba el Manual Clasificador de Cargos (MCC) del CONADIS;
Que, con Resolución de Presidencia N° D000054-2024-CONADIS-PRE del 8 de abril de 2024, se aceptó la renuncia del señor Tomás Jesús Gutiérrez Sánchez al cargo de confianza de Asesor de Presidencia del CONADIS;
Que, la Unidad de Recursos Humanos, a través del Informe Técnico N° D000001-2024-CONADIS-URH-EETY, y el Informe N° D000122-2024-CONADIS-URH, sustenta que la propuesta de designación del señor César Augusto Torres Acuña como Asesor de Presidencia, cumple con los requisitos previstos en el Manual de Clasificador de Cargos del CONADIS, aprobado con Resolución de Gerencia General N° D000003-2024-CONADIS-GG y el Reglamento de la Ley N° 31419, respectivamente; resultando viable su designación en el citado cargo de confianza. Asimismo, precisa que no se encuentra impedido o inhabilitado para el ejercicio de la función pública;
Que, la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante Nota N° D000257-2024- CONADIS-OAJ y el Informe N° D000257-2024-CONADIS-OAJ, emite opinión legal sobre la procedencia legal de la designación del señor César Augusto Torres Acuña como Asesor de Presidencia del CONADIS;
Que, en ese sentido, corresponde emitir el acto resolutivo para designar al profesional que ocupe el cargo de confianza de Asesor de Presidencia del CONADIS;
Con el visto bueno de la Gerencia General, de la Unidad de Recursos Humanos y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2014- MIMP; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo N° 1057, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM, modificado por Decreto Supremo N° 065-2011-PCM; la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales; el Reglamento de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, aprobado con Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), aprobado por la Resolución de Presidencia N° D000052-2022-CONADIS-PRE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- DESIGNAR al señor CÉSAR AUGUSTO TORRES ACUÑA como Asesor de la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS).
Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente Resolución de Presidencia en el Diario Oficial “El Peruano” y en la Sede Digital del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (https://www.gob.pe/conadis).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SANDRA PILAR PIRO MARCOS
Presidenta
Consejo Nacional para la Integración de la
Persona con Discapacidad
2290825-1