Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento para el funcionamiento de Kioscos y/o Módulos en la vía pública para el expendio de diarios revistas loterías golosinas complementarios y afines en el Cercado del Callao

Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento para el funcionamiento de Kioscos y/o Módulos en la vía pública para el expendio de diarios, revistas, loterías, golosinas, complementarios y afines en el Cercado del Callao

Ordenanza Municipal

Nº 013-2024/MPC

Callao, 4 de abril de 2024

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO

VISTO, en Sesión Ordinaria de Concejo celebrada en la fecha, el Dictamen N° 002-2024-MPC-SR-CODELO-MYPES de fecha 22 de febrero de 2024 de la Comisión de Desarrollo Económico Local, Integración Empresarial y Micro y Pequeñas Empresas - MYPES; y sus antecedentes, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 194 modificado por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 9 numeral 8) de la Ley N° 27972, prescribe que corresponde al Concejo Municipal, entre otras atribuciones, aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos;

Que, mediante Informe N° 10-2024/MPC-GDELC-SGRC de fecha 01 de febrero de 2024, la Subgerencia de Regulación del Comercio, remite a la Gerencia de Desarrollo Económico Local y Comercialización, la propuesta de la Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento para el funcionamiento de Kioscos y/o Módulos en la vía pública para el expendio de diarios, revistas, loterías, golosinas complementarios y afines en el Cercado del Callao; indicando que, esta busca adaptar la regulación del comercio ambulatorio a las nuevas realidades económicas y sociales, garantizando un desarrollo equitativo y sostenible de esta actividad;

Que, con Memorando N° 237-2024-MPC-GDELC de fecha 15 de febrero de 2024, la Gerencia de Desarrollo Económico Local y Comercialización remitió, entre otros, el Informe N° 10-2024/MPC-GDELC-SGRC a la Oficina General de Planeamiento y Modernización, Presupuesto e Inversiones;

Que, a través del Memorando N° 116-2024-MPC/OGPMPI de fecha 19 de febrero de 2024, la Oficina General de Planeamiento y Modernización, Presupuesto e Inversiones hizo suyo el Informe N° 075-2024-MPC/OGPMPI-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; el cual concluye que la propuesta de la Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento para el funcionamiento de Kioscos y/o Módulos en la vía pública para el expendio de diarios, revistas, loterías, golosinas complementarios y afines en el Cercado del Callao, se alinea al OEI. 03 de “Promover la competitividad económica de la Provincia Constitucional del Callao” del Plan Estratégico Institucional - PEI de la Municipalidad Provincial del Callao, con lo cual contribuye al objetivo de la entidad;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante Informe N° 081-2024-MPC/OGAJ de fecha 21 de febrero de 2024, emite opinión legal favorable con respecto a aprobar la propuesta de Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento para el funcionamiento de Kioscos y/o Módulos en la vía pública para el expendio de diarios, revistas, loterías, golosinas complementarios y afines en el Cercado del Callao;

Estando a lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 inciso 8), así como en los artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N°27972, el Concejo Municipal por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE KIOSCOS Y/O MÓDULOS EN LA VIA PÚBLICA PARA EL EXPENDIO DE DIARIOS, REVISTAS, LOTERÍAS, GOLOSINAS COMPLEMENTARIOS Y AFINES EN EL CERCADO DEL CALLAO

Artículo Primero.- DEROGAR la Ordenanza Municipal N° 010-2014, Ordenanza Municipal que regula el funcionamiento de kioscos y/o módulos en la vía pública para el expendio de diarios, revistas, loterías, golosinas, complementarios y afines en la jurisdicción de la Municipalidad Provincial del Callao.

Artículo Segundo.- APROBAR el Reglamento para el funcionamiento de Kioscos y/o Módulos en la vía pública para el expendio de diarios, revistas, loterías, golosinas complementarios y afines en el Cercado del Callao.

Artículo Tercero.- FACULTAR al Alcalde de la Municipalidad Provincial del Callao para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las normas complementarias para la implementación, ejecución y mejor aplicación de la presente Ordenanza.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Económico Local y Comercialización y sus unidades orgánicas competentes, el cumplimiento e implementación de la presente Ordenanza.

Artículo Quinto.- DEJAR SIN EFECTO todo acto administrativo que se oponga a la presente Ordenanza.

Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo Municipal la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Oficina General de Tecnologías de la Información y Telecomunicación, la publicación de la Ordenanza y el Reglamento en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial del Callao (www.municallao.gob.pe).

DISPOSICIONES

COMPLEMENTARIAS

Primera.- Los módulos que no estén considerados en el Padrón de la Municipalidad y no cuenten con autorización serán erradicados a partir de la fecha de vigencia de la presente Ordenanza.

Segunda.- Los conductores de kioscos y/o módulos y voceadores autorizados, instalados antes de la vigencia de la presente Ordenanza, deberán adecuarse a las disposiciones contenidas en dicho dispositivo municipal, para lo cual se concede un plazo de quince (15) días hábiles.

POR TANTO:

Mando se registre, comunique, publique y cumpla.

PEDRO SPADARO PHILIPPS

Alcalde

2278636-1