Designan Auxiliar Coactivo de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva de la Municipalidad Distrital de La Molina
RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL
Nº 188-2024-MDLM-GM
La Molina, 2 de abril de 2024
LA GERENTE MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA
VISTO: El Informe N° 1771-2023-MDLM-GAF/SGTH, de fecha 5 de diciembre de 2023, emitido por la Subgerencia de Gestión del Talento Humano, el Informe N° 05-2024-MDLM-OGAF, de fecha 05 de enero del 2024, emitido por la Oficina General de Administración y Finanzas, el Informe N° 222-2024-GAF-OGRH, de fecha 12 de febrero de 2024, emitido por la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, el Informe N° 035-2024-MDLM-OGAF de fecha 15 de febrero de 2024, emitido por la Oficina de General de Administración y Finanzas, el Informe N° 047-2024/MDLM-OGAJ de fecha 28 de febrero de 2024, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica, respecto a la designación de la Auxiliares Coactivos; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194°, modificado por la Ley N° 30305 - Ley de Reforma Constitucional, establece que, las Municipalidades son órganos de gobierno local que, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias; y que, dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979 – Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, dispone en su artículo 7º, numeral 7.1), que la designación del Ejecutor Coactivo, como del auxiliar coactivo, se efectuará mediante concurso público de méritos. Y el numeral 7.2) dispone que, tanto el ejecutor como el auxiliar coactivo ingresaran como funcionarios de la entidad a la cual representan y ejercerán su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva;
Que, conforme a lo establecido en el artículo 1º de la Ley Nº 27204, precisa que el Ejecutor Coactivo y Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la entidad a la cual representan; y su designación, en los términos señalados en el artículo 7º de la Ley Nº 26979 - “Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva”, no implicando que dichos cargos sean de confianza;
Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General en su artículo 17 señala: Eficacia anticipada del acto administrativo 17.1 La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción;
Que, mediante Informe N° 1771-2023-MDLM-GAF/SGTH, de fecha 05 de diciembre de 2023 la Subgerencia de Gestión del Talento Humano, informó que con fecha 10 de noviembre de 2023 se publicaron los resultados finales del concurso CAS 03-2023-MDLM para las plazas de Ejecutor Coactivo y Auxiliar Coactivo, bajo el supuesto de necesidad de servicio existente en la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva, resultando como ganadores los señores Daly Sharay Gabancho Waller con DNI N° 72285133 y Jhon Rony Aspajo Sinarahua con DNI N° 70758444, habiéndose suscrito los contratos administrativo de servicios N° 0151-2023-MDLM-GAF/SGTH y N° 0152-2023-MDLM-GAF/SGTH respectivamente, iniciando formalmente su vínculo laboral con esta Corporación Edil, recomendando formalizar la designación del auxiliar coactivo de la Municipalidad Distrital de La Molina bajo los alcances del Decreto Legislativo 1057-CAS, con eficacia anticipada al 13 de noviembre de 2023;
Que, mediante Informe N° 05-2024-MDLM-OGAF de fecha 05 de enero del 2024, la Oficina General de Administración y Finanzas, señala que, conforme a las recomendaciones efectuadas por la Subgerencia de Gestión del Talento Humano respecto a la designación de auxiliares coactivos, deriva el expediente con el proyecto de resolución solicitando continuar con el trámite correspondiente;
Que, mediante Informe N° 222-2024-MDLM-GAF/OGRH de fecha 12 de febrero de 2024, la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, respecto a la eficacia anticipada del acto administrativo y su implicancia en la Municipalidad de La Molina, informa que, La resolución es favorable, pues está formalizando la designación del auxiliar coactivo en la Municipalidad y no produce un efecto desfavorable en la función a desempeñar, por el contrario, brinda legalidad al contrato administrativo de servicio que mantiene el servidor actualmente, que no lesiona ningún derecho fundamental (entiéndase por derecho a la educación, intimidad y otros), pues brinda legalidad a la contratación efectuada por la Municipalidad y respecto a la fecha recomendada para la eficacia anticipada, es que hasta existe causa objetiva pues la servidora Daly Sharay Gabancho Waller aún mantiene vínculo laboral con la Entidad; asimismo, en el precitado Informe, la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, precisa que en la actualidad sólo mantiene vínculo laboral la señorita Daly Sharay Gabancho Waller, debido a la renuncia del otro auxiliar coactivo;
Que, mediante Informe N° 05-2024-MDLM-OGAF de fecha 05 de enero del 2024, la Oficina General de Administración y Finanzas, hace de conocimiento que la Oficina de Gestión de Recursos Humanos ha complementado el Informe N° 1771-2023-MDLM-GAF/SGTH, por lo que deriva el expediente solicitando continuar con el trámite correspondiente;
Que, mediante Informe N° 047-2024/MDLM-OGAJ de fecha 28 de febrero de 2024, la Oficina General de Asesoría Jurídica, emite su Opinión Legal respecto a la designación de Auxiliares Coactivos, concluyendo que resulta procedente la designación con eficacia anticipada del acto administrativo, al 13 de noviembre de 2023 de la señorita Daly Sharay Gabancho Waller en el cargo de Auxiliar Coactivo de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva de la Municipalidad Distrital de La Molina, resultado del concurso CAS N° 03-2023, mediante el cual se convocó las plazas de Ejecutor Coactivo y Auxiliar Coactivo bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 1057 y su Reglamento;
Que, mediante la Resolución de Alcaldía N° 007-2023/MDLM de fecha 01 de enero de 2023, se delega en el Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de La Molina todas las atribuciones administrativas de competencia de la Alcaldía, salvo aquellas señaladas expresamente como indelegables por Ley, así como las señaladas en forma expresa a las unidades de organización en el Reglamento de Organización y Funciones – ROF vigente;
Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 002-2023-MDLM, de fecha 01 de enero de 2023, se delegó a la Gerencia Municipal, la atribución de designar, designar provisionalmente, encargar, a los funcionarios, servidores civiles, personal de confianza y/o directivos públicos de libre designación y remoción de la Entidad, cumpliendo con los requisitos previamente establecidos en la normativa vigente; así como, cesar al personal designado, designado provisionalmente o encargado o aceptar la renuncia de los funcionarios, servidores civiles personal de confianza y/o directivos públicos de libre designación y remoción de la Entidad;
Que, estando a lo expuesto debe emitirse el acto administrativo que designa a la señorita DALY SHARAY GABANCHO WALLER como Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de La Molina, a partir del 13 de noviembre de 2023;
En atención a los considerandos precedentes, y en uso de las facultades delegadas a este Despacho a través de la Resolución de Alcaldía N° 002-2023/MDLM;
RESUELVE:
Artículo Primero.- DESIGNAR, con eficacia anticipada al 13 de noviembre de 2023, a la señorita DALY SHARAY GABANCHO WALLER, en el cargo de AUXILIAR COACTIVO DE LA SUBGERENCIA DE RECAUDACIÓN Y EJECUTORÍA COACTIVA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA, bajo los alcances del régimen del Decreto Legislativo N° 1057 y su Reglamento.
Artículo Segundo.– ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Oficina General de Administración y Finanzas, Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva y Oficina de Gestión de Recursos Humanos, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
Artículo Tercero.– ENCARGAR, a la Oficina General de Secretaria de Concejo la publicación de la presente Resolución de Gerencia Municipal en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Oficina de Tecnologías de Información y Estadística, la publicación de la presente Resolución en el Portal Web Institucional de la Municipalidad.
Regístrese, notifíquese, publíquese y cúmplase.
LILIANA ANTONIETA LOAYZA MANRIQUE DE ROMERO
Gerente Municipal
2278597-1