Designan Fiscal en el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro, y destacándolo para que preste apoyo al Despacho de la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos
resolución de la fiscalía de la nación
Nº 991-2024-MP-FN
Lima, 11 de abril de 2024
VISTO Y CONSIDERANDO:
El oficio Nº 135-2024-MP-FN-FSTEDCFP, cursado por el doctor Franklin Jaime Tomy López, Fiscal Supremo Provisional Transitorio, designado en el Despacho de la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, mediante el cual solicita que se continúe con el destaque de un Fiscal Adjunto Provincial en calidad de apoyo al Despacho a su cargo, con la finalidad de brindar la atención oportuna a la carga procesal en trámite y que tenía asignada la magistrada que venía laborando en dicha Fiscalía Suprema, formulando para ello la propuesta respectiva.
El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modificado por Ley Nº 31718, señala que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo o plaza específica sobre la base del desempeño, experiencia y otros.
Según el numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, también modificada mediante Ley Nº 31718, establece que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fiscal de los fiscales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fiscales tiene naturaleza temporal.
El Fiscal de la Nación (i) como titular de la institución es el responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la finalidad de coadyuvar con la labor fiscal, se hace oportuno brindar el apoyo de un personal fiscal al Despacho de la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, en reemplazo del que ya venía desempeñando funciones en la misma y en mérito a lo requerido por el doctor Franklin Jaime Tomy López mediante el documento citado en el primer párrafo. En ese sentido, con la finalidad de viabilizar dicho pedido y en mérito al marco normativo señalado y previa verificación de los requisitos de ley, deberá designarse al abogado que ocupe temporalmente el cargo de Fiscal Adjunto Provincial, en una plaza fiscal que, a la fecha, se encuentre vacante, como la que actualmente existe en el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro, y destacarlo para que preste apoyo al Despacho Supremo antes señalado; designación y destaque que tendrán vigencia a partir de la fecha de su toma de posesión de cargo y hasta el 31 de diciembre de 2024, salvo que se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modificado por la Ley Nº 31718.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado Fred Willy Wilson Valdivia Torrico, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal (Corporativo) de Huaraz, Distrito Fiscal de Áncash, en el Despacho de la Sexta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaraz, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3467-2023-MP-FN, de fecha 14 de diciembre de 2023.
Artículo Segundo.- Designar al abogado Fred Willy Wilson Valdivia Torrico, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal (Corporativo) de Huaraz, Distrito Fiscal de Áncash, en el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro, y destacándolo para que preste apoyo al Despacho de la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos.
Artículo Tercero.- Disponer que la designación y destaque señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su toma de posesión de cargo y hasta el 31 de diciembre de 2024, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente.
Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Áncash y Lima Centro, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano y al fiscal mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA
Fiscal de la Nación (i)
2279046-11