Disponen cese por fallecimiento de Jueza titular del Cuarto Juzgado Especializado Civil de Piura, Corte Superior de Justicia de Piura
Presidencia del Consejo Ejecutivo
RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA
N° 000046-2024-P-CE-PJ
Lima, 12 de abril del 2024
VISTO:
El Oficio Nº 001031-2024-P-CSJPI-PJ, cursado por la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Piura, por el cual solicita la emisión del acto administrativo correspondiente por el fallecimiento de la señora Lila Fuentes Bustamante, Jueza titular del Cuarto Juzgado Especializado Civil de Piura, de la citada Corte Superior.
CONSIDERANDO:
Primero. Que la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Piura remite la ficha del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, en la que se constata el fallecimiento de la señora Lila Fuentes Bustamante, acaecido el 9 de abril de 2024.
Segundo. Que, el cargo de juez termina, entre otras causales, por muerte, conforme lo establece el artículo 107°, numeral 1), de la Ley de la Carrera Judicial.
Tercero. Que, en tal sentido, y habiéndose determinado que la mencionada jueza falleció el 9 de abril de 2024, corresponde formalizar su cese de conformidad con la norma citada precedentemente.
En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolución Administrativa Nº 101-2011-CE-PJ, de fecha 16 de marzo de 2011.
RESUELVE:
Artículo Primero.- Disponer, en vía de regularización, el cese por fallecimiento de la señora Lila Fuentes Bustamante, Jueza titular del Cuarto Juzgado Especializado Civil de Piura, Corte Superior del mismo nombre, a partir del 9 de abril de 2024.
Artículo Segundo.- Expresar reconocimiento póstumo a la mencionada jueza por los servicios prestados a la Nación; así como las condolencias a nombre del Poder Judicial, a su digna familia.
Artículo Tercero.- Comunicar a la Junta Nacional de Justicia que se ha producido una plaza vacante de juez especializado civil en el Distrito Judicial de Piura, para las acciones respectivas.
Artículo Cuarto. Transcribir la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Junta Nacional de Justicia, Corte Superior de Justicia de Piura; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JAVIER ARÉVALO VELA
Presidente
2279133-1