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Aprueban el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) del Ministerio de Relaciones Exteriores correspondiente al ejercicio presupuestal del año 2024

Aprueban el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) del Ministerio de Relaciones Exteriores, correspondiente al ejercicio presupuestal del año 2024

Resolución Ministerial

Nº 0304-2024-RE

Lima, 12 de abril de 2024

VISTOS:

El Memorándum NºORH00583/2024, de 29 de febrero de 2024, de la Oficina General de Recursos Humanos; el Memorándum Nº OPP00751/2024, de 4 de marzo de 2024, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 0286-2024-EF, de 27 de marzo de 2024, de la Dirección de Técnica y de Registro de Información de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas; el Oficio Nº 2218-2014 – EF/53.01, de 27 de marzo de 2024, de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas; y el Memorándum Nº LEG00800/2024, de 12 de abril de 2024, de la Oficina General de Asuntos Legales;

CONSIDERANDO:

Que, en concordancia con la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, dicho Ministerio es un organismo del Poder Ejecutivo, tiene personería jurídica de derecho público y constituye un Pliego Presupuestal. Asimismo, establece que su ámbito de competencia es la política exterior, las relaciones internacionales y la cooperación internacional;

Que, a través del Decreto Supremo Nº 135-2010-RE, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, documento normativo que establece la estructura orgánica y funciones de los órganos y unidades orgánicas de dicho Ministerio;

Que, el literal c) del artículo 44 del precitado Reglamento establece que es función de la Oficina General de Recursos Humanos, a través de la Oficina de Remuneraciones y Pensiones, formular el Presupuesto Analítico de Personal (PAP), en coordinación con las unidades orgánicas correspondientes;

Que, de conformidad con el numeral 2.4 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 044-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia de gestión fiscal de los recursos humanos del Sector Público, se establece que, “[l]a implementación de los instrumentos de la gestión fiscal de los recursos humanos del Sector Público se encuentra a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos, que comprende la aprobación del Catálogo Único de Conceptos de Ingresos correspondientes a los recursos humanos del Sector Público; la aprobación de los lineamientos para la formulación, aprobación y modificación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP); y, otros que contribuyan con la asignación y utilización eficiente de los fondos públicos, así como brindar opinión favorable sobre el PAP de cada entidad del Sector Público, previo a su aprobación”;

Que, los numerales 16.1 y 16.2 del artículo 16 de la Directiva Nº 0002-2024-EF/53.01 “Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y modificación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público”, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 0003-2024-EF/53.01, establecen que, una vez notificada la opinión favorable de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas - DGGFRH, la entidad del Sector Público tiene un plazo no mayor de diez (10) días hábiles para aprobar el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) mediante acto administrativo emitido por el Titular de la Entidad, o a quien éste delegue expresamente dicha función. La resolución que lo aprueba incluye como anexos los formatos correspondientes que fueron materia de opinión favorable por la DGGFRH;

Que, en atención a la citada normativa, mediante Informe Nº 0286-2024- EF/53.06, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, emite opinión favorable a la propuesta del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) del Ministerio de Relaciones Exteriores, correspondiente a Año Fiscal 2024;

Que, de conformidad con el numeral 1 de la Segunda Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, la Entidad, mediante Resolución de su Titular, aprueba las propuestas de modificaciones al Presupuesto Analítico de Personal (PAP), previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad, sobre su viabilidad presupuestal;

Que, mediante Memorándum Nº OPP00751/2024, de 4 de marzo de 2024, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable respecto de la aprobación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) del Ministerio de Relaciones Exteriores, correspondiente al ejercicio presupuestal del año 2024;

Que, mediante Memorándum Nº LEG00800/2024, de 12 de abril de 2024, la Oficina General de Asuntos Legales, concluye que resulta legalmente viable emitir el acto resolutivo que aprueba el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) del Ministerio de Relaciones Exteriores, correspondiente al ejercicio presupuestal del año 2024;

Que, en virtud de los argumentos expuesto, resulta necesario aprobar el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) del Ministerio de Relaciones Exteriores correspondiente al ejercicio presupuestal 2024, como instrumento indispensable de la gestión institucional, para la ubicación de las plazas y el presupuesto del personal de esta institución, a fin de que sea posible realizar las acciones necesarias relativas al personal, en el marco de las normas del respectivo ejercicio presupuestal;

Con los visados de la Secretaría General, de la Oficina General de Recursos Humanos, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asuntos Legales;

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el numeral 1 de la Segunda Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto de Urgencia Nº 044-2021, que establece medidas extraordinarias y urgentes en materia de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Sector Público; el Decreto Supremo Nº 135 2010-RE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y, la Resolución Directoral Nº 0003-2024-EF/53.01, que aprueba la Directiva Nº 0002-2024-EF/53.01 “Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y modificación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público”;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación

Se aprueba el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) del Ministerio de Relaciones Exteriores, correspondiente al ejercicio presupuestal del año 2024, documento que, en Anexo, forma parte de la presente resolución.

Artículo 2.- Remisión

Se remite copia de la presente Resolución Ministerial y de su Anexo a la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas.

Artículo 3.- Publicación

Se dispone la publicación de la presente Resolución y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Relaciones Exteriores en la Plataforma Digital Única del Estado peruano gob.pe (www.gob.pe/rree), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Javier González-Olaechea Franco

Ministro de Relaciones Exteriores

2279162-1