Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a Argentina en comisión de servicios

Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a Argentina, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 0476-2024-IN

Lima, 11 de abril de 2024

VISTOS, los Oficios N°s. 401-2024-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI y 581-2024-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe N° 000689-IN-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Carta Reg. de salida: 304RS1622024 del 16 de febrero de 2024, el Secretario Permanente y del Consejo de Administración de la Escuela Iberoamericana de Policía - IBERPOL extiende invitación al Coronel de la Policía Nacional del Perú RAFAEL ANGEL SANCHEZ CHARCAPE, para que, en compañía de un (1) representante de la Policía Nacional del Perú participen en el “VIII Consejo de Administración de la Escuela Iberoamericana de Policía – Escuela IBERPOL”, a llevarse a cabo los días 17 y 18 de abril de 2024, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina;

Que, con Informe N° 06-2024-COMOPPOL/DIRASINT--DIVABI, la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú sustenta la importancia y viabilidad de la participación del Coronel de la Policía Nacional del Perú RAFAEL ANGEL SANCHEZ CHARCAPE y del Suboficial Superior de la Policía Nacional del Perú REGULO ELIAS VALLE TORREJON, en la comisión descrita precedentemente;

Que, a través de la Hoja de Estudio y Opinión N° 62-2024-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente proseguir con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Coronel de la Policía Nacional del Perú RAFAEL ANGEL SANCHEZ CHARCAPE y del Suboficial Superior de la Policía Nacional del Perú REGULO ELIAS VALLE TORREJON, del 16 al 19 de abril de 2024, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina, indicando que la participación en la reunión mencionada precedentemente, resulta importante para la Policía Nacional del Perú, por cuanto permitirá fortalecer la cooperación policial internacional y mejorar las capacidades operativas, para combatir de manera más efectiva en la lucha contra la criminalidad organizada transnacional;

Que, en ese sentido, la participación del personal policial antes mencionado en la comisión asignada, se encuentra en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y vuelta) y viáticos por 1 día (16 de abril de 2024), son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior; mientras que los gastos por concepto de alimentación y hospedaje para los días 17 y 18 de abril de 2024, son asumidos por la Policía Federal de Argentina, conforme se precisa en la Carta Reg. de salida: 304RS1622024 del 16 de febrero de 2024, en la Hoja de Estudio y Opinión N° 62-2024-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI y en el Oficio N° 581-2024-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI;

Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (…)”;

Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 señala “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (…)”;

Que, la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2024, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”;

Que, mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”;

Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento”;

Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (…)”;

Que, a través del Informe de Vistos, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Coronel de la Policía Nacional del Perú RAFAEL ANGEL SANCHEZ CHARCAPE y del Suboficial Superior de la Policía Nacional del Perú REGULO ELIAS VALLE TORREJON, del 16 al 19 de abril de 2024, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina;

Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior;

De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Coronel de la Policía Nacional del Perú RAFAEL ANGEL SANCHEZ CHARCAPE y del Suboficial Superior de la Policía Nacional del Perú REGULO ELIAS VALLE TORREJON, del 16 al 19 de abril de 2024, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos incluyendo la tarifa de uso de aeropuerto que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:

Importe

Días

Personas

Total

Viáticos (100%)

16 de abril

US$ 370,00

1

2

US$ 740,00

Pasajes Aéreos

US$ 649,00

2

US$ 1 298,00

Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza, presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALTER ORTIZ ACOSTA

Ministro del Interior

2278930-1