Resolución Directoral que modifica la Directiva Nº 0005-2020-EF/50.01 “Directiva para el diseño de los Programas Presupuestales en el marco del Presupuesto por resultados”, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 0030-2020-EF/50.01
Resolución Directoral
Nº 0018-2024-EF/50.01
RESOLUCIÓN DIRECTORAL QUE
MODIFICA LA DIRECTIVA Nº 0005-2020-EF/50.01 “DIRECTIVA PARA EL DISEÑO DE LOS
PROGRAMAS PRESUPUESTALES EN EL
MARCO DEL PRESUPUESTO POR
RESULTADOS”, APROBADA MEDIANTE
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0030-2020-EF/50.01
Lima, 12 de abril de 2024
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que la Dirección General de Presupuesto Público es el ente rector y ejerce la máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y tiene las funciones de programar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, emitir las directivas y normas complementarias pertinentes, así como promover el perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria;
Que, el numeral 16.1 del artículo 16 del Decreto Legislativo Nº 1440, establece que el Programa Presupuestal es una unidad de programación de las acciones de los pliegos, las que integradas y articuladas se orientan a proveer productos para el logro de resultados u objetivos estratégicos institucionales y permite operacionalizar la estrategia de Presupuesto por Resultados en el Presupuesto del Sector Público; asimismo, señala que el Producto es el conjunto de bienes y servicios necesarios para el logro de los mencionados resultados u objetivos estratégicos institucionales;
Que, el numeral 16.2 del citado artículo dispone que los Programas Presupuestales pueden ser Programas Presupuestales Orientados a Resultados (PPoR), cuanto tienen como propósito el logro de resultados sobre la población y su entorno, y tienen carácter multisectorial e intergubernamental; y, Programas Presupuestales Institucionales (PPI) cuando tienen como propósito el logro de resultados sectoriales y objetivos estratégicos institucionales; asimismo, el numeral 16.3 establece que su diseño constituye un proceso técnico basado en la causalidad y evidencia, para la vinculación de productos con los resultados; y el numeral 16.6 señala que la Dirección General de Presupuesto Público establece los criterios y procedimientos generales del referido diseño;
Que, conforme a la Novena Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1440, el artículo 16 se implementa de manera progresiva, y conforme lo determine la Dirección General de Presupuesto Público mediante Resolución Directoral;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 030-2020-EF/50.01 se aprobó la Directiva Nº 005-2020-EF/50.01 “Directiva para el diseño de los Programas Presupuestales en el marco del Presupuesto por resultados”;
Que, de acuerdo con el análisis efectuado por la Dirección de Calidad de Gasto Público de la Dirección General de Presupuesto Público, se necesita realizar modificaciones a la Directiva Nº 005-2020-EF/50.01, en su Primera Disposición Complementaria Transitoria respecto a los Programas Presupuestales que no estén comprendidos en la Agenda de migración a las especificaciones metodológicas; en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria respecto a la actualización de Modelos Operacionales para los Programas Presupuestales que no hayan migrado a las especificaciones metodológicas de la mencionada Directiva, así como en el Anexo I: Glosario, con la inclusión de definiciones para la implementación de los productos de los Programas Presupuestales orientado a Resultados;
Que, en consecuencia, resulta necesaria la modificación de la Directiva Nº 005-2020-EF/50.01 “Directiva para el diseño de los Programas Presupuestales en el marco del Presupuesto por resultados” de la Resolución Directoral Nº 0030-2023-EF/50.01;
En uso de las facultades conferidas en los artículos 5 y 67 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Objeto
Aprobar la modificación de la Primera Disposición Complementaria Transitoria y Segunda Disposición Complementaria Transitoria, así como modificación del Anexo I: Glosario, de la Directiva Nº 0005-2020-EF/50.01, “Directiva para el diseño de los Programas Presupuestales en el marco del presupuesto por resultados”, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 0030-2020-EF/50.01, conforme lo siguiente:
“DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS
Primera. Migración Progresiva de Programas Presupuestales a las especificaciones metodológicas de la presente Directiva
Para efectos de la migración progresiva de los PP a las especificaciones metodológicas señaladas en la presente Directiva, el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la DGPP, publica anualmente la Agenda para la adecuación de los Programas Presupuestales vigentes que deberán migrar, de manera prioritaria, a las especificaciones metodológicas señaladas en la presente Directiva y los plazos establecidos para este fin. Los PP que no estén comprendidos en la referida Agenda mantienen su vigencia hasta su adecuación.
Segunda. Actualización de Modelos Operacionales para Programas Presupuestales
La DGPP podrá disponer de acciones para que los Programas Presupuestales que no hayan migrado a las especificaciones metodológicas de la presente Directiva, actualicen sus Modelos Operacionales, con el fin de actualizar sus documentos técnicos y/o estructuras funcionales programáticas. Dichas modificaciones serán previa comunicación de la DGPP y en los alcances que dicha dirección disponga sin alterar el diseño original sobre el cual se haya formulado. La información recibida se encuentra sujeta a revisión y opinión de la DGPP, tomando en consideración las fases del Proceso Presupuestario.
(...)”
“ANEXO I
GLOSARIO
“(...)
s. Responsable de producto de un PPoR. Entidad del Gobierno Nacional que lidera la gestión operativa en la implementación del producto y que determina roles a nivel de unidades orgánicas y otras entidades que participan en la entrega del producto, de corresponder. Asimismo, conforme a los roles asignados, gestiona la definición de los aspectos normativos de carácter procedimental del producto. El responsable del producto verifica la consistencia y coherencia de las metas presupuestarias y de las metas de indicadores de desempeño del producto en coordinación con el responsable del PPoR.
t. Entidad que participa en la entrega del producto. Entidad del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales que ejecutan acciones para la entrega total o parcial de los productos. La entrega del producto incluye la ejecución de los procesos de línea de producción, que incluyen entre otros la programación de metas físicas y financieras, la formulación presupuestal, los actos administrativos y de abastecimiento para asegurar los insumos necesarios, la provisión misma de los bienes y servicios. Comprende también la supervisión, monitoreo y/o control. Las entidades/pliegos que participan en la entrega del producto se definen en el documento de diseño del Programa Presupuestal.
u. Rectoría del Producto de un PPoR. La rectoría de un producto consiste en establecer los aspectos normativos o regulatorios para la implementación del producto. Dicha rectoría puede ejercerse de manera colegiada, para los PPoR, en los casos en los que se considera que, por su naturaleza, los servicios que lo conforman requieren de un abordaje regulatorio según diferentes especializaciones temáticas o sectoriales.
v. Modelo Operacional del Producto o Actividad. Descripción de la forma como se ejecutan los productos y actividades del Programa Presupuestal, y otros aspectos necesarios para la correcta programación de los recursos presupuestarios. El modelo operacional incluye la denominación del producto o actividad, grupo poblacional que recibe el producto o actividad, la definición operacional, la gobernanza, los criterios de programación, el listado de insumos y el flujo de procesos, de acuerdo a la tabla Nº 06 “Modelo Operacional del Producto” de la DIRECTIVA Nº 0005-2020-EF/50.01.”
Artículo 2. Publicación
Disponer que la presente Resolución Directoral, aprobado por el artículo 1 se publique en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MÓNICA PATRICIA SIME ISLA
Directora General (e)
Dirección General de Presupuesto Público
2279209-1