Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje de oficiales de la Fuerza Aérea del Perú a Ecuador en comisión de servicios

Autorizan viaje de oficiales de la Fuerza Aérea del Perú a Ecuador, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

N° 00340-2024-DE

Lima, 11 de abril del 2024

VISTOS:

El Oficio Extra FAP N° 000817-2024-SECRE/FAP de la Secretaría de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el Oficio N° 00869-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00517-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante SITFAGRAMA NO. CONTROL: ECU-2024-055, el Oficial de Enlace del Sistema de Cooperación entre las Fuerzas Aéreas Americanas (SICOFAA) de la Fuerza Aérea Ecuatoriana, hace extensiva la invitación a los miembros y observadores integrantes del SICOFAA, para que participen en el Comité XLVII Apoyo Satelital / Desarrollo de Políticas Espaciales del SICOFFA, a realizarse en la ciudad de Quito, República de Ecuador, del 15 al 19 de abril de
2024;

Que, a través de la Resolución de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú Nº 0174-CGFA, se nombra al Coronel FAP Manuel Antonio GARCÍA RENDÓN, como Oficial de Enlace ante el Sistema de Cooperación entre las Fuerzas Aéreas Americanas (SICOFAA), y al Coronel FAP Milko Bronislao KLEPATZKY REYNA, como Oficial de Enlace (Observador) ante el Sistema de Cooperación de las Fuerzas Aéreas Americanas (SICOFAA);

Que, con Informe Legal SECRE Nº 006-2024, la Jefatura de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Secretaría General de la Fuerza Aérea del Perú considera viable la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del Coronel FAP Manuel Antonio GARCÍA RENDÓN y del Coronel FAP Milko Bronislao KLEPATZKY REYNA, para participar en el Comité XLVII Apoyo Satelital / Desarrollo de Políticas Espaciales del SICOFAA, a realizarse en el lugar y fechas programadas;

Que, conforme a lo señalado en la Exposición de Motivos, suscrita por el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Secretaría General de la Fuerza Aérea del Perú, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en comisión de servicio del Coronel FAP Manuel Antonio GARCÍA RENDÓN y del Coronel FAP Milko Bronislao KLEPATZKY REYNA, para que participen en el Comité XLVII Apoyo Satelital / Desarrollo de Políticas Especiales del SICOFFA, por cuanto, permitirá intercambiar experiencias y adquirir nuevos conocimientos, permitiendo la participación en las políticas en materia espacial, desarrollar investigación académica y científico-tecnológica de acuerdo a los intereses aeroespaciales, siendo las operaciones en el espacio actividades importantes para el desarrollo institucional, lo cual redundará en beneficio de la Institución y del Estado;

Que, conforme a lo indicado en el Informe Legal Secre N° 006-2024, emitido por el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos de alojamiento y alimentación serán cubiertos por la Fuerza Aérea Ecuatoriana, de acuerdo al SITFAGRAMA NO. CONTROL: ECU-2024-055, de fecha 15 de febrero de 2024, del Oficial de Enlace del Sistema de Cooperación entre las Fuerzas Aéreas Americanas (SICOFAA) de la Fuerza Aérea Ecuatoriana; por lo que, debe otorgarse pasajes aéreos (ida y vuelta) y viáticos hasta un veinte por ciento (20%) del que corresponde a la zona geográfica, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 696-2013-DE/SG, que aprueba los porcentajes máximos de viáticos en función de la escala prevista en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM;

Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 024 DGVC-ME/SIAF-RP, suscrita por el Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, se detallan los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos hasta un veinte por ciento (20%), que se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, concordante con lo establecido en el inciso b) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;

Que, asimismo, conforme a las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 000000003 y N° 000000014, emitidas por el Jefe del Departamento de Ejecución Presupuestal de la Fuerza Aérea del Perú, se garantiza el financiamiento del presente viaje al exterior;

Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal militar designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;

Que, mediante Oficio Extra FAP N° 000817-2024-SECRE/FAP, la Secretaría de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar FAP, que participará en el Comité XLVII Apoyo Satelital / Desarrollo de Políticas Especiales del SICOFFA, a realizarse en la ciudad de Quito, República de Ecuador, del 15 al 19 de abril de 2024, así como autorizar su salida del país el 14 de abril y su retorno el 20 de abril de 2024;

Que, a través del Oficio N° 00869-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 232-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior;

Que, mediante el Informe Legal N° 00517-2024-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar FAP, que participará en el Comité XLVII Apoyo Satelital / Desarrollo de Políticas Espaciales del SICOFFA, a realizarse en la ciudad de Quito, República de Ecuador, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Coronel FAP Manuel Antonio GARCÍA RENDÓN, identificado con NSA Nº 96074 y DNI Nº 44110383, y del Coronel FAP Milko Bronislao KLEPATZKY REYNA, identificado con NSA Nº 96000 y DNI Nº 07977297, para participar en el Comité XLIVII Apoyo Satelital / Desarrollo de Políticas Espaciales del SICOFAA, a realizarse en la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 15 al 19 de abril de 2024; así como, autorizar su salida del país el 14 de abril y su retorno el 20 de abril de 2024.

Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora 005: Fuerza Aérea del Perú, Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Pasajes aéreos: Lima – ciudad de Quito (República de Ecuador) – Lima

Clase económica

US$ 1,302.06 x 2 personas US$ 2,604.12

Viáticos

US$ 370.00 x 5 días x 20% x 2 personas US$ 740.00

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Total a pagar en dólares americanos: US$ 3,344.12

Artículo 3.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú, queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 4.- El Oficial Superior comisionado más antiguo debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y su modificatoria.

Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ

Ministro de Defensa

2279150-1