Autorizan viaje de alcalde a Ecuador, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 063-03-2024/MDCPS-AC
Canoas de Punta Sal, 26 de marzo del 2024
VISTOS:
En Sesión Extraordinaria de Concejo N° 09 de fecha 26 de marzo de 2024, Informe N° 220-2024-MDCPS-GM-MJQS de la Gerencia Municipal, Proveído S/N de fecha 22 de marzo de 2024 de Alcaldía, y;
CONSIDERANDOS:
Que, de conformidad con el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que los gobiernos locales gozan de autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, se indica que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, de conformidad con el numeral 11 artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades, el cual señala que es atribución del Concejo Municipal, como máximo órgano edil, autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el Alcalde, los regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario; y artículo 20 inciso es atribución del Alcalde ejecutar los acuerdos del Concejo Municipal, bajo responsabilidad; y artículo 41 del citado cuerpo legal señala que los acuerdos del concejo Municipal, son decisiones referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.
Que, de conformidad con el artículo 3 de la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de servidores y funcionarios políticos, establece que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje.
Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, se aprueban las “Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos”; se establece en el artículo 2 ”La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac”; y en el artículo 4 “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje. En aquellos casos en que se haya requerido una permanencia mayor a la autorizada, se deberá acreditar específicamente la circunstancia que la motiva, siendo necesaria, además, la publicación de la autorización de mayor permanencia. Salvo casos de fuerza mayor, la solicitud de autorización de viajes al exterior deberá ser formulada con una anticipación no menor a 72 horas ante la autoridad correspondiente”.
Que, mediante Informe N° 220-2024-MDCPS-GM-MJQS de fecha 22 de marzo de 2024, la Gerencia Municipal, remite al señor Alcalde, el expediente administrativo, respecto al documento Notarial de fecha 22 de febrero de 2024, Libro de Actas N° 02 correspondiente a la Asociación Binacional de Municipalidades del Sur del Ecuador y Norte del Perú, dando a conocer la elección y juramentación de la Junta Directiva de ABIMSENOP, siendo elegido como Presidente el Lic. Francisco Javier Pazo Eche, para el periodo fiscal 2024-2025, con el objeto de desarrollar trabajos de manera conjunta en programas de desarrollo fronterizo, además de incrementar el turismo en dichas zonas limítrofes (Perú-Ecuador). Por lo que remite los actuados para que autorice al Secretario General, agendar en SESIÓN DE CONCEJO, para el pleno de concejo, respecto a la autorización de viaje al exterior del señor Alcalde, Lic. Francisco Javier Pazo Eche, al vecino país de Ecuador, mientras dure su periodo como presidente de la ABIMSENOP, durante el ejercicio fiscal 2024-2025.
Que, mediante Proveído S/N de fecha 22 de marzo de 2024, el señor Alcalde remite el expediente para sesión de concejo.
Que, es facultad del Concejo Municipal, de ser el caso, por razones de celeridad y/o debate directo en el Pleno, aprobar la dispensa del dictamen de la Comisión.
Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por Ley N° 27972, y con el VOTO UNÁNIME de los señores Regidores, CON DISPENSA DE LA LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA, se adoptó el siguiente:
ACUERDO:
Artículo Primero.- APROBAR Y AUTORIZAR, el viaje al exterior del país del señor Alcalde Lic. FRANCISCO JAVIER PAZO ECHE, los días 12, 13, 14 y 15 de abril de 2024, con el objeto de compartir experiencias y viabilizar convenios que favorezcan a los territorios y estrechar lazos de hermandad, en el Catón Pasaje y Cantón Santa Rosa, provincia de El Oro del país de Ecuador, eventos a realizarse los días 12, 13 y 14 de abril el año en curso, siendo que el señor alcalde por el periodo 2024 – 2025, preside la Asociación Binacional de Municipalidades del Sur del Ecuador y Norte del Perú” – ABIMSENOP, por ello se estarán agendando reuniones de manera mensual en el periodo señalado.
Artículo Segundo.- ENCARGAR, el despacho de alcaldía a la señora ROXANA AMAYA PINGO, en calidad de primera regidora, en tanto dure la comisión de servicios del Alcalde, en los días 12, 13, 14 y 15 de abril de 2024.
Articulo Tercero.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente acuerdo a la Gerencia Municipal y las demás unidades orgánicas, a fin de que realicen las acciones necesarias para efectivizar el presente acuerdo de concejo.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Sub Gerencia de Secretaria General, la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial “El Peruano”, conforme a Ley; así como la notificación a los órganos administrativos de la Municipalidad Distrital de Canoas de Punta Sal.
Artículo Quinto.- DISPONER a la Oficina de Soporte Técnico e Imagen Institucional de esta comuna, la publicación de la presente acuerdo de concejo, en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Canoas de Punta Sal.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.
FRANCISCO JAVIER PAZO ECHE
Alcalde
2277688-1