Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban la Estrategia para el cierre de brechas de acceso y sostenibilidad de los servicios de saneamiento de la región Lima 2024 – 2026

Aprueban la Estrategia para el cierre de brechas de acceso y sostenibilidad de los servicios de saneamiento de la región Lima 2024 – 2026

ORDENANZA REGIONAL

N° 001-2024-CR/GRL

VISTO: El OFICIO Nº 053-2024-GRL/GOB, suscrito por la Abg. Rosa Gloria Vásquez Cuadrado - Gobernadora Regional de Lima, mediante el cual solicita la aprobación de la propuesta de Ordenanza Regional que aprueba: “LA ESTRATEGIA PARA EL CIERRE DE BRECHAS DE ACCESO Y SOSTENIBILIDAD DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO DE LA REGIÓN LIMA 2024 - 2026”.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 27680 – “Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV”, establece que “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política y administrativa en los asuntos de su competencia (…) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fiscalizador (…)”;

Que, el artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobierno Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un pliego presupuestal;

Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales modificada por la Ley N° 29053, establece que el Consejo Regional: “Es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas;

Que, el artículo 15º de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sostiene que es su atribución aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamento los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional, y el literal a) de su artículo 37°, indica que el Consejo Regional dicta Ordenanzas y Acuerdos de Consejo Regional. Las Ordenanzas Regionales tienen rango de ley acorde al inciso 4) del artículo 200° de nuestra Constitución Política; y conforme al artículo 38° de la Ley N° 27687, normas asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia;

Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; y, el literal a) del artículo 15° de la misma norma, dispone que son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 399-2021-VIVIENDA, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprueba el Plan Nacional de Saneamiento 2022 – 2026 (PNS 2022 – 2026);

Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 097-2023-GOB, de fecha 17 de febrero de 2023, el Gobierno Regional de Lima, aprobó su Plan Regional de Saneamiento – PRS 2022 – 2026, con el objetivo de contribuir al acceso universal, sostenible y de calidad de los Servicios de Saneamiento en la Región Lima mediante lineamientos sectoriales que permitan el cierre de brechas;

Que, mediante Oficio Múltiple N° 014-2023-GRL-GRDS-DRVCS, de fecha 17 de marzo de 2023, el Director Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, convoca a la Dirección Regional de Salud – DIRESA, Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento – SUNASS, Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, EPS, AGUAS DE LIMA NORTE, EMAPA HUARAL, SEMAPA BARRANCA, EMAPA CAÑETE, WALTER FOR PEOPLE Y CAC LIMA – MVCS, al primer taller para diseñar la “Estrategia Regional para la Cobertura Universal, Calidad y Sostenibilidad de los Servicios de Saneamiento en la Región Lima”;

Que, mediante Informe N° 0598-2023-GRL-GRDS-DRVCS, recibido en fecha 29 de diciembre de 2023, el Director Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento remite a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la propuesta de “ESTRATEGIA PARA EL CIERRE DE BRECHAS DE ACCESO Y SOSTENIBILIDAD DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO DE LA REGIÓN LIMA 2024 – 2026”, concluyendo que, “conforme a lo dispuesto en el numeral 2 del Plan Regional de Saneamiento 2022 – 2026, esta Dirección solicita la aprobación de la “Estrategia para el cierre de brechas de acceso y sostenibilidad de los servicios de saneamiento de la región Lima 2024 – 2026 (…)”. Asimismo, señala que la estrategia regional 2024-2026, es una herramienta que establece la ruta operativa de implementación del Plan Regional de Saneamiento, para alcanzar el objetivo de contribuir con el acceso universal, sostenible y de calidad, de los servicios de saneamiento de la región Lima, mediante lineamientos sectoriales que permitan el cierre de brechas, que tendrá un seguimiento para su cumplimiento por parte de su representada”;

Que, mediante Informe N° 002-2024-YFYV, de fecha 15 de enero de 2024, suscrito por el Profesional Junior de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, en donde concluye que la Estrategia Regional 2024 – 2026, es una herramienta que establece la ruta operativa de implementación del Plan Regional de Saneamiento del Gobierno Regional de Lima 2022 – 2026, solicitando aprobación e implementación del Plan Regional de Saneamiento del Gobierno Regional de Lima 2022 – 2026;

Que, medianrte Memorando N° 129-2023-GRL/GRDS, de fecha 17 de enero de 2024, la Gerencia Regional de Desarrollo Social remite a la Sub Gerencia Regional de Asesoría Jurídica el expediente referido a: “Estrategia para el cierre de brechas de acceso y sostenibilidad de los servicios de saneamiento de la región Lima 2024 – 2026”, para su opinión legal y de corresponder continuar con el trámite correspondiente para su aprobación mediante Ordenanza Regional;

Que, mediante Informe Legal N° 105-2024-GRL-SGRAJ, de fecha 19 de enero de 2024, la Sub Gerencia Regional de Asesoría Jurídica declara la fundabilidad de la propuesta: “Estrategia para el cierre de brechas de acceso, calidad y sostenibilidad de los servicios de saneamiento de la región Lima 2024 – 2026”, planteada por la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento;

En Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de Lima, realizada el día 30 de enero de 2024; desde la Sala de Sesiones “José Luis Romero Aguilar y Víctor Fernando Terrones Mayta, in memoriam” del Consejo Regional de Lima, en la ciudad de Huacho, con los consejeros regionales presentes y consejeros regionales conectados vía el software de video llamadas y reuniones virtuales Microsoft Teams, se dio cuenta del pedido del visto; del debate entre los miembros del Consejo Regional de Lima, y; con el voto por UNANIMIDAD de los consejeros regionales participantes de la sesión extraordinaria del consejo regional, y;

En uso de sus facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley Nº 27680, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modificatorias Leyes Nº 28968, Nº 29053 y Nº 31433;

HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL:

“ESTRATEGIA PARA EL CIERRE DE

BRECHAS DE ACCESO Y SOSTENIBILIDAD

DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO DE

LA REGIÓN LIMA 2024 - 2026”

Artículo Primero.- APROBAR la ESTRATEGIA PARA EL CIERRE DE BRECHAS DE ACCESO Y SOSTENIBILIDAD DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO DE LA REGIÓN LIMA 2024 – 2026, cuyo texto adjunto forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento e implementación de lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional al Gobernador Regional, Gerencia Regional de Desarrollo Social, Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y demás unidades orgánicas del Gobierno Regional de Lima.

Artículo Tercero.- DÉJESE sin efecto toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza Regional.

Artículo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura, pase a comisiones y aprobación de acta.

Artículo Quinto.- PUBLICAR, la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano” y en la página web del Estado Peruano (www.gob.pe/regionlima), para conocimiento y fines.

En Huacho, a los treinta días del mes de enero del año dos mil veinticuatro.

POR TANTO:

Comuníquese a la Señora Gobernadora del Gobierno Regional de Lima para su promulgación.

TOMAS EMILIANO CHAVARRIA HUNGARO

Presidente del Consejo Regional de Lima

Mando se comunique, publique y cumpla.

Dado en la ciudad de Huacho, sede central del Gobierno Regional de Lima, a los quince días del mes de febrero del año dos mil veinticuatro.

ROSA GLORIA VÁSQUEZ CUADRADO

Gobernadora Regional de Lima

2262699-1