Aceptan renuncia de Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro
resolución de la fiscalía de la nación
N° 946-2024-MP-FN
Lima, 11 de abril de 2024
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Los oficios N°s. 1510 y 1604-2024-MP-FN-CN-FEVCMYGF, remitidos por la abogada Bethy María Espinoza Rivas, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, mediante los cuales se elevan la carta de renuncia, así como la conformidad de la misma, del abogado Alan Eufemio Centeno Jimenez, al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y a su designación en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, presentada a la abogada Olga Antonia Espinoza Saavedra, Fiscal Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima Centro, designada en el Despacho antes citado, quién a su vez remite el oficio N° 032-2024-MP-FN-3D-3FPCTE-VCMIGF-LIMA, de fecha 19 de marzo del presente año, dirigido a la Coordinación Nacional antes citada, por motivos de viaje al extranjero por situaciones familiares estrictamente personales, informando que su último día de labores será el 25 de marzo de 2024.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Alan Eufemio Centeno Jimenez, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y su designación en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, así como su adecuación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N.os 453-2019-MP-FN, 971-2020-MP-FN y 304-2022-MP-FN, de fechas 05 de marzo de 2019, 04 de septiembre de 2020 y 10 de marzo de 2022, respectivamente; con efectividad al 26 de marzo de 2024; sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal y al abogado mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA
Fiscal de la Nación (i)
2278672-1