Aprueban modificación de la “Ficha Unificada para la ejecución de las acciones de empadronamiento y verificación a cargo de COFOPRI” por la denominación de “FICHA UNIFICADA DE EMPADRONAMIENTO Y VERIFICACIÓN”, y dictan otras disposiciones
RESOLUCIÓN GERENCIA GENERAL
Nº D000023-2024-COFOPRI-GG
San Isidro, 5 de abril de 2024
VISTOS:
Los Proveídos Nos. D000338-2024-COFOPRI-GG, D000448-2024-COFOPRI-GG y D000468-2024-COFOPRI-GG del 09, 23 y 26 de febrero del 2024, respectivamente, emitidos por la Gerencia General; los Memorandos Nos D000199-2024-COFOPRI-DFIND, D000312-2024-COFOPRI-DFIND, D000354-2024-COFOPRI-DFIND y D000403-2024-DFIND del 08 y 28 de febrero, 12 y 26 de marzo del 2024, respectivamente, así como el Memorando Múltiple Nº D000009-2024-COFOPRI-DFIND del 23 de febrero del 2024, emitidos por la Dirección de Formalización Individual; los Memorandos Nos D000544-2024-COFOPRI-OPP, D000599-2024-COFOPRI-OPP, D000627-2024-COFOPRI-OPP, D000783-2024-COFOPRI-OPP y D000845-2024-COFOPRI-OPP del 22, 27 y 29 de febrero, 15 y 21 de marzo del 2024, respectivamente, emitidos por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe No D000220-2024-COFOPRI-OAJ del 04 de abril del 2024, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, complementada por la Ley Nº 27046, se crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal, ahora Organismo de Formalización de la Propiedad Informal COFOPRI, conforme a la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 28923, Ley que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos;
Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº D000075-2023-COFOPRI-GG del 20 de noviembre del 2023, se aprueba la denominada “Ficha Unificada para la ejecución de las acciones de empadronamiento y verificación a cargo de COFOPRI”; además de disponer entre otros, su implementación en un lapso de ciento veinte (120) días hábiles, con la finalidad de cumplir con el Plan de Reducción de Brechas y poder brindar recursos a la Oficina de Sistemas;
Que, a través de los documentos de Vistos, la Dirección de Formalización Individual solicita cambiar la denominación de “Ficha Unificada para la ejecución de las acciones de empadronamiento y verificación a cargo de COFOPRI”, por la denominación de “FICHA UNIFICADA DE EMPADRONAMIENTO Y VERIFICACIÓN” y se establezca un plazo de ciento veinte (120) días hábiles para su implementación, una vez aprobada su modificación;
Que, asimismo la Dirección de Formalización Individual en consideración a lo señalado por la Subdirección de Empadronamiento en el Informe Nº D0000005-2024-COFOPRI-SEMP del 07 de febrero del 2024, pide la modificación de la citada Ficha Unificada, a fin de:
i. Incorporar en el ítem 2 IDENTIFICACIÓN DEL PREDIO, “ABANDONADO” en el rubro de DESCRIPCIÓN FÍSICA DEL PREDIO; además de, “EQUIPAMIENTO URBANO” y “MERCADO en el rubro de USO ACTUAL, a efecto de simplificar y agilizar las labores de empadronamiento por parte de las Oficinas Zonales;
ii. Incorporar en el ítem 3 DATOS DE EL/LA TITULAR 1 y el ítem 4 DATOS DE EL/LA TITULAR 2, el campo SEXO (mujer y hombre), que permitirá implementar la medida del Plan de Acción 2024, señalado en la Matriz del Plan de Acción 2024 con el objetivo de avanzar en el acceso de las mujeres peruanas a los derechos económicos, en el marco de APEC (Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico).
Que, por su parte la Oficina de Planeamiento y Presupuesto en los documentos de Vistos emite opinión favorable respecto a la propuesta de modificación de la “Ficha Unificada para la ejecución de las acciones de empadronamiento y verificación a cargo de COFOPRI”, por la denominada “FICHA UNIFICADA DE EMPADRONAMIENTO Y VERIFICACIÓN”, así como respecto del plazo para su implementación establecido por la Dirección de Formalización Individual, consistente en ciento veinte (120) días, el cual no afectará el desarrollo y el cumplimiento de las metas físicas de las actividades operativas de la actividad presupuestal 5006291 Empadronamiento y/o Verificación, del Programa Presupuestal 0058 Acceso de la Población a la Propiedad Predial Formalizada, las mismas que forman parte del Plan Operativo Institucional Anual Vigente;
Que, mediante el Informe Nº D000220-2024-COFOPRI-OAJ del 04 de abril del 2024, la Oficina de Asesoría Jurídica opinó que, resulta viable aprobar la modificación de la denominación de la “Ficha Unificada para la ejecución de las acciones de empadronamiento y verificación a cargo de COFOPRI”, aprobada por Resolución de Gerencia General Nº D000075-2023-COFOPRI-GG del 20 de noviembre del 2023, por la denominación de “FICHA UNIFICADA DE EMPADRONAMIENTO Y VERIFICACIÓN”; igualmente el incorporar en dicha Ficha Unificada, en el ítem 2 IDENTIFICACIÓN DEL PREDIO, “ABANDONADO” en el rubro de DESCRIPCIÓN FÍSICA DEL PREDIO, igual que “EQUIPAMIENTO URBANO” y “MERCADO en el rubro de USO ACTUAL; además en el ítem 3 DATOS DE EL/LA TITULAR 1 y el ítem 4 DATOS DE EL/LA TITULAR 2, el campo SEXO (mujer y hombre);
Que, así también la Oficina de Asesoría Jurídica, atendiendo lo manifestado por la Dirección de Formalización Individual, opinó favorablemente sobre el plazo de ciento veinte (120) días para la implementación de la “FICHA UNIFICADA DE EMPADRONAMIENTO Y VERIFICACIÓN”, una vez aprobada;
Que, asimismo, la Oficina de Asesoría Jurídica indica que la Dirección de Formalización Individual en su calidad de área usuaria, debe revisar y, de considerarlo necesario, formular y proponer la actualización de las directivas, lineamientos, MAPROS, instructivos, especificaciones técnicas, anexos, formatos, entre otros; vinculados con los procesos y procedimientos en materia de formalización;
Que, estando a lo señalado resulta necesario expedir el acto resolutivo mediante el cual se apruebe la modificación de la “Ficha Unificada para la ejecución de las acciones de empadronamiento y verificación a cargo de COFOPRI”, por “FICHA UNIFICADA DE EMPADRONAMIENTO Y VERIFICACIÓN”, además de incorporar en la misma, lo precisado en el cuarto considerando de la presente resolución; previa visación de los dueños del procedimiento y de corresponder de los órganos involucrados;
Que, el artículo 27 del Reglamento de Formalización de la Propiedad a cargo de COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-99-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 015-2008-VIVIENDA; y la Quinta Disposición Final del mencionado Reglamento, establecen que la entidad formalizadora establecerá las características, contenido y el formato de las fichas de empadronamiento, de verificación, declaraciones juradas, instrumentos de formalización y demás que se requieran;
Que, conforme a lo previsto en el artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA, la Secretaría General es la más alta autoridad administrativa de la entidad;
Que, mediante el literal j) del artículo 1 de la Resolución Directoral Nº 045-2015- COFOPRI/DE, se delega en el funcionario a cargo de la Secretaría General, entre otras, la función contemplada en el literal c) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones de COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA; relacionada a la facultad de aprobar directivas y las normas técnico-administrativa para mejorar los servicios públicos que brinda la Entidad;
Que, con Resolución Directoral Nº 065-2018-COFOPRI/DE del 22 de mayo de 2018, se dispuso la adecuación de la denominación Secretaría General por Gerencia General del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 803 y sus modificatorias, la Ley Nº 28923, los Decretos Supremos Nºs 013-99-MTC, 025-2007-VIVIENDA, 015-2008-VIVIENDA, y;
Con el visado de la Dirección de Formalización Individual, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, la Oficina de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la modificación de la “Ficha Unificada para la ejecución de las acciones de empadronamiento y verificación a cargo de COFOPRI”, aprobada por Resolución de Gerencia General Nº D000075-2023-COFOPRI-GG del 20 de noviembre del 2023, por la denominación de “FICHA UNIFICADA DE EMPADRONAMIENTO Y VERIFICACIÓN” que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Incorporar en la “FICHA UNIFICADA DE EMPADRONAMIENTO Y VERIFICACIÓN”, por los fundamentos señalados en la presente resolución, lo siguiente:
i. El campo SEXO (mujer y hombre) en el ítem 3 DATOS DE EL/LA TITULAR 1 y el ítem 4 DATOS DE EL/LA TITULAR 2.
ii. “ABANDONADO” en el rubro de DESCRIPCIÓN FÍSICA DEL PREDIO, además de, “EQUIPAMIENTO URBANO” y “MERCADO en el rubro de USO ACTUAL del ítem 2 IDENTIFICACIÓN DEL PREDIO.
Artículo 3.- Establecer la implementación de la “FICHA UNIFICADA DE EMPADRONAMIENTO Y VERIFICACIÓN”, en un lapso de ciento veinte (120) días hábiles.
Artículo 4.- Disponer a la Dirección de Formalización Individual el revisar y, de considerarlo necesario, formular y proponer la actualización de las directivas, lineamientos, MAPROS, instructivos, especificaciones técnicas, anexos, formatos, entre otros; vinculados con los procesos y procedimientos en materia de formalización.
Artículo 5.- Disponer que la Unidad de Trámite Documentario y Archivo, notifique la presente resolución a los órganos estructurados del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI.
Artículo 6.- Disponer que la Unidad de Trámite Documentario y Archivo realice las acciones correspondientes, a fin de publicar el texto de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo 7.- Disponer que la Oficina de Sistemas realice las acciones correspondientes, a fin de publicar el ANEXO “FICHA UNIFICADA DE EMPADRONAMIENTO Y VERIFICACIÓN”, en el Portal Institucional (www.gob.pe/cofopri), en la misma fecha de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VÍCTOR ÁNGEL CRISÓLOGO GALVÁN
Gerente General
2278293-1