Ordenanza Municipal que aprueba la constitución de la Mancomunidad Municipal del Callao
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 004-2024/MDV
Ventanilla, 21 de marzo de 2024
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE VENTANILLA
VISTO:
En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal presencial y virtual de fecha 21 de marzo de 2024, el Acta de Compromiso de constitución de la “Mancomunidad Municipal – Callao”, el Oficio Nº 037-2024-MPC-GM de la Gerencia Municipal de la Municipalidad Provincial del Callao, el Memorando Nº 555-2024/MDV-GPLP de la Gerencia de Planificación Local y Presupuesto, el Informe Nº 533-2024-MDV/GPLP-SGP de la Subgerencia de Presupuesto, el Informe Nº 079-2024/MDV-GPLP-SGPI de la Subgerencia de Planificación e Inversiones, el Memorando Nº 064-2024/MDV-GAJ y el Informe Legal Nº 088-2024/MDV-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 167-2024/MDV-GM, el Proveído Nº 2201-2024 de la Gerencia Municipal y el Dictamen Nº 002-2024-MDV-CAL-CAF de la Comisión de Asuntos Legales y la Comisión de Administración y Finanzas (comisión conjunta), respecto a la propuesta de la emisión de una nueva Ordenanza Municipal que apruebe la Constitución de la Mancomunidad Municipal Callao; así como, la emisión de un Acuerdo de Concejo que apruebe la transferencia financiera, por el monto de S/ 1,000.00 (Mil con 00/100 Soles), a la Mancomunidad Municipal Callao; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo establecido por el numeral 8) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el Dictamen favorable de la Comisión de Asuntos Legales y la Comisión de Administración y Finanzas (comisión conjunta), así como la dispensa del trámite de lectura y de aprobación del Acta, el Concejo Municipal con el VOTO POR MAYORÍA, emitió la siguiente norma:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA
LA CONSTITUCIÓN DE LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL DEL CALLAO
Artículo 1.- APROBAR la constitución de la Mancomunidad Municipal Callao, integrada por la Municipalidad Provincial del Callao, Municipalidad Distrital de Bellavista, Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso, Municipalidad Distrital de La Perla, Municipalidad Distrital de La Punta, Municipalidad Distrital de Ventanilla y la Municipalidad Distrital de Mi Perú.
Artículo 2.- RATIFICAR el Acta de Constitución de la Mancomunidad Municipal Callao, de fecha 27 de diciembre 2023, que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal, cuyo texto será publicado en la página web de la Municipalidad Distrital de Ventanilla (www.muniventanilla.gob.pe), de acuerdo a lo establecido en el artículo 9º del D.S Nº 001-2009-JUS.
Artículo 3.- ESTABLECER que la Mancomunidad Municipal Callao tiene como objeto:
a) Manejo integral de residuos sólidos.
b) Seguridad Ciudadana.
c) Mejoramiento y rehabilitación de infraestructura vial y peatonal.
Artículo 4.- DELEGAR las competencias y funciones a la Mancomunidad Municipal Callao, como se detallan a continuación:
Las municipalidades intervinientes acuerdan delegar a la Mancomunidad Municipal, las siguientes funciones exclusivas:
a) Proveer el servicio de limpieza pública determinando las áreas de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios.
b) Organizar el servicio de patrullaje municipal, como medio disuasivo para reducir la percepción de inseguridad.
c) Promover, apoyar o ejecutar proyectos de inversión y mantenimiento de infraestructura vial.
Las municipalidades intervinientes acuerdan delegar a la Mancomunidad Municipal, las siguientes funciones compartidas:
a) Ejecutar directamente el manejo integral de residuos sólidos.
b) Ejecutar articuladamente el patrullaje municipal de manera conjunta entre los distritos y la provincia.
c) Ejecutar directamente o proveer la ejecución de proyectos, de infraestructura o de servicios, para el cumplimiento del objeto de la mancomunidad municipal, en coordinación con organismos regionales y nacionales competentes.
Artículo 5.- ENCARGAR a todas las unidades orgánicas de la entidad, el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal, así como la toma de acciones correspondientes con arreglo a Ley.
Artículo 6.- ENCARGAR a la Secretaría General, disponga la publicación de la presente norma en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo 7.- DEROGAR la Ordenanza Municipal Nº 015-2023/MDV y toda norma o disposición que se oponga a la presente Ordenanza.
Regístrese, publíquese y comuníquese.
JHOVINSON HUGO VASQUEZ OSORIO
Alcalde
2277565-1