Decreto Supremo que autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 a favor de diversos Gobiernos Locales ganadores de los Concursos FIDT 2022 y 2023
DECRETO SUPREMO
Nº 049-2024-EF
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, conforme a los artículos 1 y 3 del Decreto Legislativo Nº 1435, Decreto Legislativo que establece la implementación y funcionamiento del Fondo Invierte para el Desarrollo Territorial - FIDT, se dispone la reestructuración del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local – FONIPREL como Fondo Invierte para el Desarrollo Territorial - FIDT, así como la liquidación del Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales – FONIE, estableciendo que toda referencia al FONIPREL y al FONIE debe entenderse hecha al FIDT y señalando que dicho fondo tiene por finalidad el financiamiento o cofinanciamiento de inversiones y estudios de preinversión, incluyendo los estudios de perfil y las fichas técnicas, de los gobiernos regionales y gobiernos locales, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, orientados a reducir las brechas en la provisión de servicios e infraestructura básicos, que tengan mayor impacto en la reducción de la pobreza y la pobreza extrema en el país y que generen un aumento de la productividad con un enfoque territorial, para lo cual la Secretaría Técnica del FIDT brindará asistencia técnica a las entidades beneficiarias en el marco de los concursos FIDT;
Que, en los numerales 8.1 y 8.2 del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1435, se establece que los recursos depositados en la cuenta del FIDT se incorporan en el presupuesto institucional de los gobiernos regionales y gobiernos locales que resulten ganadores del concurso respectivo, mediante modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, en la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados; las que se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, a solicitud de la Secretaría Técnica. Asimismo, la incorporación de dichos recursos se limita al monto de gasto que se ha previsto ejecutar durante el año fiscal correspondiente, conforme a los respectivos cronogramas. Los montos a ser ejecutados en los años fiscales subsiguientes de acuerdo al citado cronograma se incorporan en cada año fiscal conforme al procedimiento establecido;
Que, mediante Acuerdo Nº 02-13-2022 del Acta Nº 13 de la Sesión del Consejo Directivo del FIDT de fecha 14 de febrero de 2022, se aprueban las Bases del Concurso FIDT 2022 “Concurso para el financiamiento o cofinanciamiento de inversiones y estudios de preinversión a nivel de perfil y fichas técnicas” (Concurso FIDT 2022), por un monto de hasta por S/ 319 048 846,64 (TRESCIENTOS DIECINUEVE MILLONES CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS Y 64/100 SOLES);
Que, luego de la evaluación realizada por la Secretaría Técnica del Consejo Directivo del FIDT a las solicitudes presentadas por diversos gobiernos regionales y gobiernos locales, se cuenta con ciento noventa y cinco (195) propuestas seleccionadas, correspondientes a ciento sesenta y tres (163) gobiernos locales y cuatro (04) gobiernos regionales, por el monto ascendente a S/ 319 042 680,42 (TRESCIENTOS DIECINUEVE MILLONES CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y 42/100 SOLES), de las cuales ciento veintitrés (123) propuestas obtienen el 100% de financiamiento por el monto ascendente a S/ 230 190 353,03 (DOSCIENTOS TREINTA MILLONES CIENTO NOVENTA MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 03/100 SOLES); mientras que setenta y dos (72) propuestas, obtienen un cofinanciamiento entre el 80% y 95%, por el monto ascendente a S/ 88 852 327,39 (OCHENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS VEINTISIETE Y 39/100 SOLES);
Que, conforme a lo informado por la Secretaría Técnica del FIDT, de las ciento noventa y cinco (195) propuestas seleccionadas, se suscriben un total de ciento noventa y tres (193) convenios con ciento sesenta y dos (162) gobiernos locales y tres (03) gobiernos regionales por el monto total ascendente a S/ 312 814 471,41 (TRESCIENTOS DOCE MILLONES OCHOCIENTOS CATORCE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y UNO Y 41/100 SOLES), toda vez que el Gobierno Regional de Junín y el Gobierno Local de Chuquis, que corresponden a dos (02) propuestas seleccionadas, no cumplen con presentar, dentro del plazo establecido en el cronograma, la subsanación de la documentación obligatoria para la suscripción de sus convenios, conforme se establecía en el numeral 5.1.1 de las Bases del Concurso FIDT 2022, quedando de esta forma excluidas de la lista de propuestas seleccionadas;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 203-2022-EF, Decreto Supremo que autoriza Crédito Suplementario y Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 a favor de diversos gobiernos regionales y gobiernos locales ganadores del Concurso FIDT 2022, se autoriza la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 67 116 954,00 (SESENTA Y SIETE MILLONES CIENTO DIECISÉIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), a favor de diversos gobiernos regionales y gobiernos locales, ganadores del Concurso FIDT 2022, para financiar los gastos que demanden la ejecución de inversiones y la elaboración de los estudios de preinversión a nivel de perfil y fichas técnicas, de sus propuestas ganadoras. Asimismo, dicha norma autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 119 998 322,00 (CIENTO DIECINUEVE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS VEINTIDÓS Y 00/100 SOLES), a favor de diversos gobiernos locales, ganadores del Concurso FIDT 2022, para financiar los gastos que demanden la ejecución de inversiones y la elaboración de los estudios de preinversión a nivel de perfil y fichas técnicas, de sus propuestas ganadoras;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 075-2023-EF, Decreto Supremo que autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor de diversos gobiernos locales ganadores del Concurso FIDT 2022, se autoriza la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 93 241 536,00 (NOVENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), a favor de diversos gobiernos locales, ganadores del Concurso FIDT 2022, para financiar los gastos que demanden la continuidad de la ejecución de proyectos de inversión y la elaboración de los estudios de preinversión a nivel de perfil y fichas técnicas, de sus propuestas ganadoras;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 208-2023-EF, Decreto Supremo que autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor de diversos gobiernos locales ganadores del Concurso FIDT 2022, se autoriza la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 26 531 867,00 (VEINTISÉIS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), a favor de diversos gobiernos locales, ganadores del Concurso FIDT 2022, para financiar y cofinanciar los gastos que demanden la continuidad de la ejecución de proyectos de inversión, de sus propuestas ganadoras;
Que, de acuerdo con los cronogramas de desembolsos y los montos solicitados por los beneficiarios del Concurso FIDT 2022, corresponde en el Año Fiscal 2024, efectuar la última incorporación de recursos para el financiamiento o cofinanciamiento de la ejecución de proyectos de inversión a favor de tres (03) gobiernos locales, correspondiente a tres (03) convenios suscritos con la Municipalidad Distrital de Santiago de Pupuja; la Municipalidad Distrital de Chirinos y la Municipalidad Provincial de Espinar, hasta por la suma de S/ 2 140 041,00 (DOS MILLONES CIENTO CUARENTA MIL CUARENTA Y UNO Y 00/100 SOLES);
Que, de otro lado, mediante Acuerdo Nº 02-18-2022 del Acta Nº 18 de la Sesión del Consejo Directivo del FIDT de fecha 23 de diciembre de 2022, se aprueba las Bases del Concurso FIDT 2023: Concurso para el financiamiento o cofinanciamiento de inversiones y estudios de preinversión a nivel de perfil y fichas técnicas, formatos y anexos (Concurso FIDT 2023), con un monto total ascendente a S/ 306 669 843,39 (TRESCIENTOS SEIS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES Y 39/100 SOLES);
Que, mediante el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 002-2023, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias para impulsar la reactivación económica en el ámbito sectorial, regional y familiar a través de la inversión pública y gasto corriente, se autoriza, excepcionalmente, al Ministerio de Economía y Finanzas, durante el Año Fiscal 2023, a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, hasta por la suma de S/ 191 059 400,00 (CIENTO NOVENTA Y UN MILLONES CINCUENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia a la que se refiere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar los fines del Fondo Invierte para el Desarrollo Territorial;
Que, mediante el Acuerdo Nº 01-19-2023 del Acta Nº 19 de la Sesión del Consejo Directivo del FIDT de fecha 10 de febrero de 2023, a propuesta de la Secretaría Técnica del FIDT, se aprueba la modificación de las Bases del Concurso FIDT 2023, en el extremo que amplían el monto de financiamiento o cofinanciamiento a ser otorgado en el concurso FIDT 2023 a S/ 500 000 000,00 (QUINIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES); monto que incluye los alcances para su distribución y la asistencia técnica a los gobiernos regionales y gobiernos locales con propuestas ganadoras del concurso, en el marco de lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 002-2023;
Que, luego de la evaluación realizada por la Secretaría Técnica del Consejo Directivo del FIDT a las solicitudes presentadas por diversos gobiernos regionales y gobiernos locales, se cuenta con trescientas diez (310) propuestas seleccionadas, correspondientes a doscientos setenta y ocho (278) gobiernos locales y seis (06) gobiernos regionales, por el monto ascendente a S/ 499 997 832,05 (CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS Y 05/100 SOLES);
Que, conforme a lo informado por la Secretaría Técnica del Consejo Directivo del FIDT, de las trescientas diez (310) propuestas seleccionadas, a la fecha, se cuenta con un total de trecientos cuatro (304) propuestas ganadoras con convenios suscritos correspondientes a doscientos setenta y tres (273) gobiernos locales y cinco (05) gobiernos regionales;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 233-2023-EF, Decreto Supremo que autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor de diversos gobiernos regionales y gobiernos locales ganadores del Concurso FIDT 2023, se autoriza la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 283 692 282,00 (DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), a favor de diversos gobiernos regionales y gobiernos locales, ganadores del Concurso FIDT 2023, para financiar o cofinanciar los gastos que demanden la ejecución de inversiones y la elaboración de los estudios de preinversión, a nivel de perfil y fichas técnicas, de sus propuestas ganadoras;
Que, de acuerdo con los cronogramas de desembolsos y los montos solicitados por los beneficiarios del Concurso FIDT 2023, corresponde la transferencia de recursos en el Año Fiscal 2024, para el financiamiento o cofinanciamiento de inversiones y estudios de preinversión, incluyendo los estudios de perfil y fichas técnicas, a favor de sesenta y cinco (65) gobiernos locales, correspondiente a sesenta y seis (66) convenios suscritos, hasta por la suma de S/ 189 822 280,00 (CIENTO OCHENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIDÓS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES);
Que, mediante el Memorando Nº 0185-2024-EF/52.06 (Anexo Nº 10), de fecha 13 de febrero de 2024, la Dirección General del Tesoro Público del MEF informa que los recursos del FIDT depositados en moneda nacional y moneda extranjera en el Banco Central de Reserva del Perú, al 31 de enero de 2024 ascienden a S/ 443 845 391,94 (CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 94/100 SOLES) y US$ 35 652 573,18 (TREINTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SETENTA Y TRES Y 18/100 DÓLARES AMERICANOS);
Que, en consecuencia, según los cronogramas de desembolsos y el monto solicitado por las entidades ganadoras del Concurso FIDT 2022 y del Concurso FIDT 2023, corresponde autorizar la incorporación vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, con cargo a los recursos del FIDT, a favor de sesenta y ocho (68) gobiernos locales, correspondiente a sesenta y nueve (69) propuestas ganadoras de tales concursos, hasta por la suma de S/ 191 962 321,00 (CIENTO NOVENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, para financiar y cofinanciar los gastos que demanden la ejecución de inversiones y estudios de preinversión, a nivel de perfil y fichas técnicas;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1435, Decreto Legislativo que establece la implementación y funcionamiento del Fondo Invierte para el Desarrollo Territorial – FIDT, así como su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 001-2019-EF;
DECRETA:
Artículo 1. Autorización de Crédito Suplementario a favor de diversos gobiernos regionales y gobiernos locales
1.1 Autorizar la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 191 962 321,00 (CIENTO NOVENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 SOLES), a favor de diversos gobiernos locales, ganadores del Concurso FIDT 2022 y del Concurso FIDT 2023, para financiar y cofinanciar los gastos que demanden la ejecución de inversiones y la elaboración de los estudios de preinversión a nivel de perfil y fichas técnicas, de sus propuestas ganadoras, de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS En Soles
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados
1.4.2.3.1.5 De Fondos Públicos 191 962 321,00
(Recursos provenientes del Fondo Invierte para el Desarrollo
Territorial – FIDT)
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TOTAL INGRESOS 191 962 321,00
============
EGRESOS En Soles
SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas
PLIEGO : Gobiernos Locales
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 191 962 321,00
---------------------
Sub total Gobiernos Locales 191 962 321,00
---------------------
TOTAL EGRESOS 191 962 321,00
1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos a ser incorporados, se consignan en el Anexo: Lista de los convenios suscritos en el marco de los Concursos FIDT 2022 y 2023 (Financiamiento y Cofinanciamiento), que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2. Procedimiento para la autorización institucional
2.1 Los Titulares de los pliegos habilitados en el Crédito Suplementario, aprueban mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución es remitida dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieren como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, elabora las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3. Limitación al uso de los recursos
Los recursos del Crédito Suplementario a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados.
Artículo 4. Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de abril del año dos mil veinticuatro.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
JOSE BERLEY ARISTA ARBILDO
Ministro de Economía y Finanzas
2278016-2