Autorizan viaje de oficial del Ejército del Perú a EE.UU., en misión de estudios
Resolución Ministerial
N° 00330-2024-DE
Lima, 9 de abril del 2024
VISTOS:
El Oficio N° 052 SCGE/N-04 de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; el Oficio N° 00873-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00507-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio N° 0426/MAAG/ARSEC-ENT, el Jefe Accidental del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América comunica al Comandante General del Ejército del Perú sobre la disponibilidad de diversos cursos de capacitación en diferentes escuelas militares de los Estados Unidos de América, entre los cuales se encuentra el “Curso de Alto Mando”, a desarrollarse en la Escuela de Guerra de los Estados Unidos de América (Army War College), ubicado en la ciudad de Carlisle, estado de Pensilvania, Estados Unidos de América, del 12 de abril de 2024 al 06 de junio de 2025, dirigido a Oficiales del grado de Coronel y/o Teniente Coronel;
Que, con Oficio N° 115 W-b.a, el Director de Relaciones Internacionales del Ejército del Perú remite al Director de Educación y Doctrina del Ejército del Perú, el resultado de la evaluación del idioma inglés realizado por el Grupo Consultivo y de Ayuda Militar (GRUCAM) al personal de Oficiales Superiores candidatos al Curso de Alto Mando, habiendo alcanzado la máxima calificación el Coronel EP David Esteban DÍAZ JANAMPA;
Que, a través de la Hoja de Recomendación N° 012/U-4.b.3/05.00, elaborada por la Jefatura de Educación del Ejército del Perú y aprobada por la Comandancia General del Ejército del Perú, se establece la designación del Coronel EP David Esteban DIAZ JANAMPA, para participar como alumno en el “Curso de Alto Mando”, a desarrollarse en la Escuela de Guerra de los Estados Unidos de América (Army War College), ubicado en la ciudad de Carlisle, estado de Pensilvania, Estados Unidos de América, del 12 de abril de 2024 al 06 de junio de 2025;
Que, con Informe Técnico Legal N° 012/JEDUCE/U-4.b.3/05.00, la Jefatura de Educación del Ejército del Perú considera viable la autorización de viaje al exterior, del Coronel EP David Esteban DÍAZ JANAMPA, para participar como alumno en el “Curso de Alto Mando”, a desarrollarse en la Escuela de Guerra de los Estados Unidos de América (Army War College), ubicado en la ciudad de Carlisle, estado de Pensilvania, Estados Unidos de América, del 12 de abril de 2024 al 06 de junio de 2025;
Que, conforme a lo señalado en la Exposición de Motivos, anexada al expediente, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Coronel EP David Esteban DÍAZ JANAMPA, para participar como alumno en el “Curso de Alto Mando”; por cuanto, le permitirá adquirir nuevos conocimientos y experiencias que contribuirán a elevar su nivel profesional con el fin que posteriormente, los conocimientos adquiridos sean vertidos en provecho de la Institución;
Que, la Hoja de Gastos s/n, de fecha 12 de marzo de 2024, suscrita por el Jefe de Educación del Ejército del Perú, señala que los gastos por concepto de pasajes aéreos (esposa e hijo), compensación extraordinaria por servicio en el extranjero y gastos de traslado correspondiente a la ida, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora Nº 003: Ejército del Perú, de conformidad con los artículos 7 y 8 del Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;
Que, las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 0000000204, N° 0000002779 y N° 0000002780, emitidas por el Sub Jefe de la Oficina de Presupuesto del Ejército del Perú, se garantiza el financiamiento durante el Año Fiscal 2024; asimismo, teniendo en cuenta que la duración de la misión de estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, para completar el período de duración de la misión de estudios, a partir del 1 de enero al 6 de junio de 2025, los pagos se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal respectivo;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de garantizar la participación oportuna del personal militar designado durante la totalidad del curso programado, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después del término de la misma, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al tesoro público;
Que, con Oficio Nº 052 SCGE/N-04, la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del Coronel EP David Esteban DÍAZ JANAMPA, para que participe como alumno en el “Curso de Alto Mando”, a desarrollarse en la Escuela de Guerra de los Estados Unidos de América (Army War College), ubicado en la ciudad de Carlisle, estado de Pensilvania, Estados Unidos de América, del 12 de abril de 2024 al 6 de junio de 2025; así como, autorizar su salida del país el 11 de abril de 2024 y su retorno el 7 de junio de 2025;
Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;
Que, conforme al artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia;
Que, con Oficio N° 00873-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 235- 2024-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior;
Que, mediante el Informe Legal N° 00507-2024-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en misión de estudios, del Coronel EP David Esteban DÍAZ JANAMPA, para los fines antes descritos, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modificado por Decreto Supremo N° 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Coronel EP David Esteban DÍAZ JANAMPA, identificado con DNI N° 10345628 y CIP N° 119578600, para participar como alumno en el “Curso de Alto Mando”, a desarrollarse en la Escuela de Guerra de los Estados Unidos de América (Army War College), ubicado en la ciudad de Carlisle, estado de Pensilvania, Estados Unidos de América, del 12 de abril de 2024 al 6 de junio de 2025; así como, autorizar su salida del país el 11 de abril de 2024 y su retorno el 7 de junio de 2025.
Artículo 2.- El Ejército del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Pasajes aéreos de ida (clase económica): Lima -Carlise - Pensilvania (Estados Unidos de América)
US$ 1,395.00 x 2 personas (esposa e hijo) US$ 2,790.00
Gastos de traslado (ida) equipaje, bagaje e instalación
US$ 6,416.28 x 2 x 1 persona US$ 12,832.56
Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero (20%):
US$ 1,283.26/30 x 19 x 1 persona (12 ABR- 30 ABR 2024) US$ 812.73
US$ 1,283.26 x 8 meses x 1 persona (MAY - DIC 2024) US$ 10,266.08
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Total a pagar: US$ 26,701.37
Artículo 3.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en misión de estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales de la Unidad Ejecutora 003: Ejército del Perú, del año fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente.
Artículo 4.- El Comandante General del Ejército del Perú queda facultado para variar la fecha de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de personal autorizado.
Artículo 5.- El monto de la compensación extraordinaria mensual será reducido por el Ejército del Perú, en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132 en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF.
Artículo 6.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se hace por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014- EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fiscal correspondiente.
Artículo 7.- El Oficial Superior autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 8.- El mencionado Oficial Superior revistará en la Oficina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú, durante el período de tiempo que dure la misión de estudios en el exterior.
Artículo 9.- El personal militar autorizado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia.
Artículo 10.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ
Ministro de Defensa
2277867-1