Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Delegan facultades a los titulares de la Dirección de Intervenciones Multisectoriales y de Emergencia y de la Dirección de Estudios y Obras durante el Año Fiscal 2024

Delegan facultades a los titulares de la Dirección de Intervenciones Multisectoriales y de Emergencia y de la Dirección de Estudios y Obras, durante el Año Fiscal 2024

RESOLUCIÓN JEFATURAL

N° 053-2024-ANIN/JEF

Lima, 8 de abril de 2024

VISTOS:

El Proveído N° D00000116-2024-ANIN/GG de la Gerencia General; el Informe N° D00000103-2024-ANIN/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 31841, se crea la Autoridad Nacional de Infraestructura, con la finalidad de contribuir al cierre de brechas de infraestructura para garantizar la efectiva prestación de servicios públicos y dinamizar la economía, así como el desarrollo del país con enfoque territorial, de prevención y de sostenibilidad ambiental;

Que, el numeral 72.2 del artículo 72 del Texto Único Ordenado de la Ley
Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, indica que toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el eficiente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia;

Que, en los numerales 78.1 y 78.2 del artículo 78 de la norma antes citada, se establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; siendo indelegables las atribuciones esenciales del órgano que justifican su existencia, las atribuciones para emitir normas generales, para resolver recursos administrativos en los órganos que hayan dictado los actos objeto de recurso, y las atribuciones a su vez recibidas en delegación;

Que, el numeral 32.4 del artículo 32 de la Directiva N° 001-2019-EF-63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada mediante Resolución Directoral N° 001-2019-EF-63.01 y modificatorias, establece que la aprobación del expediente técnico o documento equivalente se realiza de acuerdo a la normativa de organización interna de la entidad o estatuto de la empresa pública a cargo de la ejecución de la inversión;

Que, en el artículo 8 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional de Infraestructura, aprobado con Resolución Jefatural N° 002-2023-ANIN-JEFATURA, se establece que la Jefatura es el órgano de la Alta Dirección, responsable del funcionamiento institucional, siendo el/la Jefe/a el titular del pliego presupuestal y quien ejerce la representación de la Entidad, por lo que, el Jefe de la ANIN es la máxima autoridad ejecutiva de la Entidad y, por ende, es el competente para aprobar los expedientes técnicos o documentos equivalentes que se enmarcan dentro de la normativa de inversión, así como de sus actualizaciones y modificaciones en fase de ejecución física;

Que, el literal v) del artículo 9 del mencionado Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones, señala dentro de las funciones de la Jefatura de la Autoridad Nacional de Infraestructura el delegar en el/la Gerente/a General de la ANIN o en otros/as funcionarios/as o servidores/as, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función, dentro de las competencias de la ANIN;

Que, teniendo presente la estructura orgánica de la Autoridad Nacional de Infraestructura, contenida en su Texto Integrado de Organización y Funciones y con el propósito de optimizar las aprobaciones de expedientes técnicos o documentos equivalentes de los proyectos de inversión pública que se encuentran a cargo de la Dirección de Intervenciones Multisectoriales y de Emergencia y en la Dirección de Estudios y Obras, así como de sus actualizaciones y modificaciones en fase de ejecución física; resulta necesario delegar la aprobación de los referidos expedientes o documentos equivalentes, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y su Reglamento;

Con el visado de la Oficina de Asesoría Jurídica, la Dirección de Intervenciones Multisectorial y de Emergencias y la Dirección de Estudios y Obras; y;

De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, la Ley Nº 31841, Ley que crea la Autoridad Nacional de Infraestructura y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 115-2023-PCM, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional de Infraestructura, aprobado con Resolución Jefatural N° 002-2023-ANIN-JEFATURA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Delegación de facultades al titular de la Dirección de Intervenciones Multisectoriales y de Emergencia

Delegar en el/la titular de la Dirección de Intervenciones Multisectoriales y de Emergencia, las siguientes facultades:

a) Aprobar los expedientes técnicos o documentos equivalentes de los proyectos de inversión pública que se encuentran a cargo de la Dirección de Intervenciones Multisectoriales y de Emergencia, y su actualización, de corresponder.

b) Aprobar los expedientes técnicos o documentos equivalentes de las modificaciones en fase de ejecución física, de los proyectos de inversión pública que se encuentran a cargo de la Dirección de Intervenciones Multisectoriales y de Emergencia.

Artículo 2.- Delegación de facultades al titular de la Dirección de Estudios y Obras

Delegar en el/la titular de la Dirección de Estudios y Obras, las siguientes facultades:

a) Aprobar los expedientes técnicos o documentos equivalentes de los proyectos de inversión pública que se encuentran a cargo de la Dirección de Estudios y Obras, y su actualización, de corresponder.

b) Aprobar los expedientes técnicos o documentos equivalentes de las modificaciones en fase de ejecución física, de los proyectos de inversión pública que se encuentran a cargo de la Dirección de Estudios y Obras.

Artículo 3.- Observancia de los requisitos legales

La delegación de facultades a que se refiere la presente Resolución Jefatural comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, sin eximir de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto.

Artículo 4.- Plazo de las delegaciones

Las delegaciones de facultades autorizadas mediante la presente Resolución Jefatural tienen vigencia durante el Año Fiscal 2024.

Artículo 5.- Notificación

Notificar la presente resolución a las unidades de organización delegadas, para los fines correspondientes.

Artículo 6.- Publicación

Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la sede digital de la Autoridad Nacional de Infraestructura (www.gob.pe/anin).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

HERNÁN YAIPÉN ARÉSTEGUI

Jefe

Autoridad Nacional de Infraestructura

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