Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Designan fiscales en los Despachos de la Primera Fiscalía Superior Penal del Callao y la Décima Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao

Designan fiscales en los Despachos de la Primera Fiscalía Superior Penal del Callao y la Décima Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao

resolución de la fiscalía de la nación

N° 915-2024-MP-FN

Lima, 8 de abril de 2024

VISTO:

El oficio N° 323-2024-SG/JNJ, suscrito por el abogado Juan Carlos Martin Vicente Cortés Carcelén, Secretario General de la Junta Nacional de Justicia, recepcionado por la Mesa Única de Partes Virtual de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, el 27 de marzo de 2024, por el cual remite copias certificadas de, entre otras, la Resolución de la Junta Nacional de Justicia N° 431-2024-JNJ, de fecha 25 de marzo de 2024.

CONSIDERANDO:

Mediante la Resolución de visto, emitida por la Junta Nacional de Justicia, en el marco del Registro de Candidatos en Reserva de la Convocatoria N° 004-2018-SN-REANUDACIÓN/JNJ, se nombró, entre otros, a Fiscales Superiores Penales del Callao del Distrito Fiscal del Callao.

Con fecha 26 de marzo de 2024, la Junta Nacional de Justicia, en ceremonia pública, proclamó, juramentó y entregó el título de nombramiento correspondiente, entre otros, a la abogada Rosario Elena Carpio Cortez.

El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modificado por Ley N° 31718, señala que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo o plaza específica sobre la base del desempeño, experiencia y otros.

Según el numeral 64.2 del artículo 64 de la ley N° 30483, también modificada mediante Ley N° 31718, establece que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fiscal de los fiscales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fiscales tiene naturaleza temporal.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que no existe una equiparación entre los magistrados nombrados por concurso y los provisionales, dado que la provisionalidad es limitada en el tiempo y siempre sujeta a condición resolutoria. Asimismo, dicho tribunal destacó la diferencia en el ordenamiento interno peruano entre fiscales provisionales y fiscales provisionales no titulares (Caso Casa Nina vs. Perú). Respecto a la provisionalidad la Corte ha señalado que esta “no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria”. Es aquí, en que se destaca la comprensión de la condición resolutoria, desarrollada por la Corte, que “sería la extinción de la causa que motivó la ausencia o separación temporal de la funcionaria o el funcionario titular, o el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público para proveer los reemplazos de carácter permanente”.

A través del oficio N° 2019-2024-MP-FN-GG-OGPOHU, la Oficina General de Potencial Humano, informa sobre las plazas de fiscales titulares, remitiendo los registros asignados para cada plaza, conforme al siguiente detalle:

APELLIDOS Y NOMBRES

CARGO

DISTRITO FISCAL

UNIDAD EJECUTORA

NÚMERO DE REGISTRO

AIRHSP

BELTRAN BAZALAR, NEIL GOERING

Fiscal Provincial Penal (Corporativo) de Abancay

Apurímac

Gerencia General

024078

CONCHA RAMOS, PAULINA GIOVANNA

Fiscal Adjunto Provincial Penal (Corporativo) del Callao

Callao

Gerencia General

020864

COCA CAYCHO, JOSE ERNESTO

Fiscal Adjunto Provincial de Prevención del Delito de

Huaura

Huaura

Gerencia General

020882

MAMANI MASCO, HIDALGO NEPTALI

Fiscal Adjunto Provincial Penal (Corporativo) de Puno

Puno

Gerencia General

020412

ESPINOZA LANDEO, FRITZ ELIAS

Fiscal Superior Penal de Ayacucho

Ayacucho

Gerencia General

024238

CARPIO CORTEZ, ROSARIO ELENA

Fiscal Superior Penal del Callao

Callao

Gerencia General

023578

ZEVALLOS HUAYHUA, ROCIO

Fiscal Superior Penal del Callao

Callao

Gerencia General

023631

CANAVAL FLORES, MARIA VIRGINIA

Fiscal Superior Penal del Callao

Callao

Gerencia General

023728

El Fiscal de la Nación (i) como titular de la Institución es el responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la finalidad de coadyuvar con la labor fiscal, se hace oportuno, en virtud al nombramiento efectuado por la Junta Nacional de Justicia mediante la resolución de visto, emitir el acto resolutivo correspondiente a efectos de designar a la fiscal titular nombrada, a quien se le asignará el código AIRHSP señalado en el cuadro precedente, en un Despacho Fiscal conforme a su título de nombramiento, para lo cual deberá darse por concluido el nombramiento y designación del fiscal que ocupa provisionalmente la plaza donde deberá de ser designada, así como los nombramientos y designaciones respectivos, para la incorporación de la misma, y la designación y destaque solicitado, toda vez que todas las plazas de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa en la que sería designada, se encuentran temporalmente destacadas a las Fiscalías Provinciales Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar del Callao, contando para ello, con el consentimiento respectivo de la magistrada titular, de acuerdo a la propuesta efectuada a través de los oficios N.os 651, 817 y 848-2024-MP-FN-PJFSCALLAO, cursados por la abogada Jesús María Elena Guerra Cerrón de Mullner, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Callao; y, del oficio N° 798-2024-MP-FN-PJFSCALLAO, remitido por el abogado Roberto Eduardo Lozada Ibáñez, encargado en ese entonces, de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Callao; asimismo, deberá darse también por concluido el nombramiento y designación de la abogada Patricia Micaela Bustillos Arias, Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Callao, designada en el Despacho de la Décima Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao, y destacada para que preste apoyo en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar del Callao, conforme a lo solicitado a través del oficio N° 246-2024-MP-FN-PJFSCALLAO, suscrito por la Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Callao, sustentando su pedido en que la conducta de la referida magistrada no se encuentra de acuerdo con los objetivos estratégicos de la política institucional y por no mantener un adecuado nivel resolutivo respecto de los casos a su cargo.

Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 158 y 159 de la Constitución Política del Perú; y de conformidad con lo establecido en el artículo 65 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modificado por la Ley N° 31718.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la abogada Rosario Elena Carpio Cortez, Fiscal Provincial Titular Penal del Callao, Distrito Fiscal del Callao, en el Despacho de la Décima Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 004-2019-MP-FN, de fecha 03 de enero de 2019.

Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Jacqueline Julissa Pérez Castañeda, como Fiscal Superior Provisional del Distrito Fiscal del Callao, y su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Penal del Callao, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N.os 176-2019-MP-FN y 3356-2019-MP-FN, de fechas 30 de enero y 28 de noviembre de 2019, respectivamente.

Artículo Tercero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Patricia Micaela Bustillos Arias, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Callao, y su designación en el Despacho de la Décima Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao, así como su destaque para que preste apoyo en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar del Callao, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N.os 1099-2020-MP-FN y 868-2024-MP-FN, de fechas 05 de octubre de 2020 y 27 de marzo de 2024, respectivamente, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite.

Artículo Cuarto.- Designar a la abogada Rosario Elena Carpio Cortez, Fiscal Superior Titular Penal del Callao, Distrito Fiscal del Callao, en el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Penal del Callao.

Artículo Quinto.- Designar a la abogada Jacqueline Julissa Pérez Castañeda, Fiscal Provincial Titular Penal del Callao, Distrito Fiscal del Callao, en el Despacho de la Décima Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao, y destacándola para que preste apoyo en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar del Callao, a partir de la fecha y hasta el 30 de septiembre de 2024, luego de lo cual deberá retornar a su respectivo Despacho.

Artículo Sexto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Callao, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano y a las fiscales mencionadas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA

Fiscal de la Nación (i)

2277329-9