Aprueban la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la Creación e Implementación de los Servicios de Apoyo Educativo en la Educación Básica Regular”
Resolución Viceministerial
N° 041-2024-MINEDU
Lima, 5 de abril de 2024
VISTOS, el Expediente N° DES2024-INT-0249794, el Informe N° 00684-2024-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DES de la Dirección de Educación Inicial, de la Dirección de Educación Primaria, de la Dirección de Educación Secundaria, de la Dirección de Educación Física y Deporte, de la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe, de la Dirección de Servicios Educativos en el Ámbito Rural y de la Dirección de Educación Básica para Estudiantes con Desempeño Sobresaliente y Alto Rendimiento, el Informe N° 00548-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto, el Informe N° 00442-2024-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;
Que, en el literal c) del artículo 8 de la Ley N° 28044 se establece que la educación peruana se sustenta en el principio de la inclusión, que incorpora a las personas con discapacidad, grupos sociales excluidos, marginados y vulnerables, especialmente en el ámbito rural, sin distinción de etnia, religión, sexo u otra causa de discriminación, contribuyendo así a la eliminación de la pobreza, la exclusión y las desigualdades;
Que, el artículo 11E del Reglamento de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-ED, define al Servicio de Apoyo Educativo (SAE) como formas de organización flexibles que permiten a las diferentes instancias del sistema educativo articular los apoyos necesarios para brindar una atención pertinente y oportuna, eliminando las barreras que experimentan los estudiantes en torno al acceso, permanencia, participación y logros de aprendizaje a lo largo de la vida. Los SAE se implementan en todos los niveles, modalidades y etapas del sistema educativo. En la educación básica, la educación técnico-productiva y la educación superior tecnológica, pedagógica y artística existen dos niveles de servicios de apoyo educativo: interno y externo; los cuales funcionan de manera articulada y complementaria a nivel territorial, respondiendo a las necesidades de las instituciones y programas educativos, y a la complejidad de sus contextos;
Que, los artículos 11F y 11G del citado reglamento regulan la organización y funciones del SAE externo a nivel de UGEL, DRE o quien haga sus veces y del SAE interno que se organiza en cada institución, red y programa educativo, respectivamente;
Que, de acuerdo con la Décima Primera Disposición Complementaria y Final del Reglamento de la Ley N° 28044, el Ministerio de Educación emite las disposiciones necesarias para la implementación de los artículos 22, 34, 11E, 11F, 11G, 11H, 11I, 29A, 84; así como, cualquier otra disposición que considere pertinente para su implementación;
Que, a través de la Octogésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, se asignan recursos en los gobiernos regionales, Unidades Ejecutoras de Educación de Lima Metropolitana y el Ministerio de Educación hasta por la suma de S/ 5 821 094,00 (CINCO MILLONES OCHOCIENTOS VENTIÚN MIL NOVENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES) para financiar la intervención de Servicio de Apoyo Educativo (SAE);
Que, bajo el marco normativo antes expuesto, con Oficio N° 00375-2024-MINEDU/VMGP-DIGEBR, la Dirección General de Educación Básica Regular, la Dirección General de Servicios Educativos Especializados y la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios en el Ámbito Rural remiten al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 00684-2024-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DES elaborado conjuntamente por la Dirección de Educación Inicial, la Dirección de Educación Primaria, la Dirección de Educación Secundaria, la Dirección de Educación Física y Deporte, la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe, la Dirección de Servicios Educativos en el Ámbito Rural y la Dirección de Educación Básica para Estudiantes con Desempeño Sobresaliente y Alto Rendimiento, a través del cual se sustenta la necesidad de aprobar la norma técnica denominada “Disposiciones para la Creación e Implementación de los Servicios de Apoyo Educativo en la Educación Básica Regular”, con el objetivo de establecer disposiciones para la creación e implementación progresiva del Servicio de Apoyo Educativo (SAE) en sus dos niveles: (i) Servicio de Apoyo Educativo Interno (SAEI) y (ii) Servicio de Apoyo Educativo Externo (SAEE);
Que, la propuesta cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA), de la Dirección General de Desarrollo Docente (DIGEDD), de la Dirección General de Gestión Descentralizada (DIGEGED), de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados (DIGESE) y de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar (DIGC);
Que, mediante el Informe N° 0548-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, considera factible continuar con el trámite para la aprobación de la propuesta; por cuanto, en materia de planificación, se encuentra alineada con los objetivos y acciones estratégicas e institucionales del sector Educación y, en materia presupuestal, no irrogará gastos adicionales al Pliego 010: M. de Educación en el Año Fiscal 2024, y para los subsiguientes Años Fiscales estará sujeto a la disponibilidad presupuestal de las Unidades Orgánicas involucradas en el marco de la Asignación Presupuestaria Multianual y las disposiciones contempladas en las Leyes Anuales de Presupuesto, respectivas;
Que, a través del Informe N° 00442-2024-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que la aprobación de la propuesta resulta legalmente viable;
Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 004-2024-MINEDU, se delegó en la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; en la Ley N° 28044, Ley General de Educación, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU y en virtud de las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 004-2024-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la Creación e Implementación de los Servicios de Apoyo Educativo en la Educación Básica Regular”, la misma que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y de su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARÍA ESTHER CUADROS ESPINOZA
Viceministra de Gestión Pedagógica
2277523-1